Por: Jan Slodvak

En dos reportajes del presente año indicamos la segura posibilidad de la postergación indefinida de la entrega de obras del nuevo puente sobre el río Magdalena bautizado, sin consenso social, como es prosaica costumbre, con el nombre de Alberto Pumarejo, un político fallecido hace más de cuatro décadas. La fecha oficial de finalización de obras –no hay ningún documento que sostenga o certifique sobre prorrogas o adiciones presupuestales- es el 19 de mayo de 2018 habida cuenta que las obras se iniciaron el 19 de mayo de 2015 con un plazo de ejecución de 36 meses.

En el sistema SECOP de contratación pública no hay un otrosí al contrato respecto de una posible prórroga cuando es un hecho ampliamente publicitado a nivel nacional que el puente refleja unos inexplicables retrasos en su cronograma de ejecución. Tampoco en la web de Invías, la entidad contratante, lo cual contribuye al aumento de la percepción de incertidumbre que rodea esta obra cuyo costo inicial era de $614.935.542.209, aumentada en por lo menos $100.000 millones de pesos por el ex Vicepresidente Germán Vargas Lleras en públicas declaraciones (el debe saber exactamente por qué razón o causa), cifra que a la luz del estado actual de la obra y de los probables tiempos restantes de ejecución, luce desconsoladamente mínima. Digamos que la cuestionada constructora española Sacyr, que de benévola y seria no tiene un pelo de tonta, en alguna etapa de la obra –creemos cuando se coloquen los sistemas de tirantes- va a pedir un reajuste de precios con la amenaza de parálisis de la obra.

Ese fue el método utilizado en la construcción del Canal de Panamá. Así lo viene haciendo en la cuestionada vía Palmar-Cruz del Viso que pasa por los Montes de María, saliendo del departamento del Atlántico la cual, basados en una causa geológica que conocían –un tramo de arcillas expansivas–, cuando firmaron el contrato, decidieron, pese a multas y requerimientos al respecto, convertirse en administrador de los peajes con obras de sostenibilidad de la actual carretera. Nada de la ampliación de carriles para convertirla en autopista, en una obra que con argucias jurídicas permanece sin ningún progreso. Al igual que gran parte de la infraestructura vial de la región Caribe que desmienten todos los cartelitos colocados a tutiplén a la vera de las carreteras anunciando las buenas nuevas de las 4 G.

Los presupuestos de la obra

Un contrato de las características del puente sobre wl río Magdalena es complejo y convenientemente hilvanado en todos sus aspectos: técnicos, ambientales, legales, constructivos y financieros. No hay piezas al azar pues una de ellas, desajustada, repercute en efecto dominó sobre las otras. Por su alto costo exige una serie de requisitos de índole presupuestal soportadas en el Conpes y documentos Confis, que es el Consejo superior de política fiscal del estado colombiano.

El Secretario Ejecutivo del Confis autorizó vigencias futuras excepcionales para el puente sobre el Magdalena mediante oficio 5.2.1 con radicación 2-2014-041045 del 31 de octubre de 2014, ratificado mediante oficio 5.2.0.1 bajo radicado 2-2015-013078 de abril 14 de 2015. En el memorando DO-27498 y DO-27646 se hacen las correspondientes reservas. Allí se autoriza el cupo para las vigencias futuras ordinarias, del presupuesto de gastos de inversión del Instituto Nacional de Vías (INVÍAS) para los años 2015, 2016, 2017 y 2018 en los siguientes montos:

2015- $51.345.159.000

2016- $259.489.824.165

2017- $264.885.582.555

2018- $ 49.279.434.280

¿Qué significan estas cantidades y qué relación causal pueden tener con el atraso y parálisis del puente sobre el Magdalena? Al estar concatenadas a unos plazos específicos de ejecución de la obra –36 meses– con un cronograma de ejecución en sus diversos elementos constructivos, responden en su monto en el periodo de sus respectivas vigencias presupuestales para lo cual, si se encuentran con retraso las obra, implicaría mayores costos de lo pactado –es decir, un otrosí al contrato– en donde se incluya una prorroga.

Ello genera mayor flujo financiero del originalmente planteado –los $100.000 millones, o más, mencionados por Vargas Lleras- pero para poder desembolsarse, la empresa española Sacyr debe soportar las causas del inexplicable retraso, justificadas ante los interventores y contratantes y esa imprescindible circunstancia jurídica no ha sucedido.

Atrasos y clausulas penales

Según la clausula séptima del contrato 0642 de 2015 suscrito entre Ana María Aljure –actual Secretaria general en la Alcaldía de Barranquilla– con CC 30.897.355, en calidad de directora de contratación del Invías y José Miguel Novillos Almendro con CE 419763 en calidad de representante legal del Consorcio SES Puente sobre el río Magdalena, en “cualquier hecho constitutivo de incumplimiento el contratista se compromete a constituir a favor del Instituto Nacional de Vías una garantía que ampare lo siguiente a) el cumplimiento general del contrato y el pago de las multas y la cláusula penal pecuniaria por una cuantía equivalente al 10% del contrato”.

El Invías ha tenido un comportamiento ambiguo en el manejo de este contrato con la constructora española Sacyr. Un hecho relevante a nivel contractual fue cuando decidieron trasladar una partida destinada al puente del río Magdalena a otro similar en Girardot. En este caso la empresa Sacyr, a través de sus socios, aprobó el canje a sabiendas –tanto el Invías como el contratista- que esa era una perfecta causal para señalar cualquier retraso o inconveniente en el normal desarrollo de la ejecución del proyecto. En efecto, propone la modificación 6 al contrato 642 del 2015 en el sentido de sacar $30.000.000 millones del presupuesto con destino al proyecto del nuevo puente de Honda sobre el río Magdalena, aceptado sin replicar por el contratista, y para lo cual, debería replantearse un nuevo programa de trabajo e inversiones. Por supuesto que la suma pedida retornaría posteriormente al proyecto del puente sobre el Magdalena, pero causando inconvenientes en programación.

En un oficio con el número 041842 de 8 noviembre del 2016 suscrito por el secretario del Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS) se reprogramaron cupos para la asunción de obligaciones para las vigencias futuras correspondientes al programa 2401, Subprograma 0600, Proyecto 001 relativos a la construcción del puente red vial. Mediante oficio INV16-1-1280-Bquilla de noviembre 3 del 2016, la empresa contratista Sacyr solicitó la rectificación del contrato de construcción del puente en el sentido de sustituir la vigencia 2016 en la suma de $40.000.000 para adicionar la vigencia del 2018. Días después, el 9 de noviembre del 2016, en sospechosa coincidencia, la prensa anuncia que las obras del puente han sufrido una parálisis. Es allí cuando se anuncia que el presupuesto no se encuentra fluyendo tal lo pactado en el contrato con la entrega de $13.000.000 millones para el pago de contratistas involucrados a la obra.

En la matriz de riesgos elaborada para esta obra encuentran las causas que pueden afectar la “buena marcha” de la construcción del puente. En este momento es preciso indicar que se trata de “irregular marcha” de construcción debido a los ostensibles atrasos, habida cuenta que debería entregarse terminado, según los términos contractuales, el próximo 19 de mayo.

Resulta que después de varias audiencias sobre el estado general de la obra en que han participado los contratistas, contratantes e interventores, el Invías decide colocar una publicitada sanción por incumplimiento al consorcio Sacyr por la suma de $1.854 millones. No se conocen los criterios utilizados por el Invías para señalar este monto, pero a estas horas, cuando ya se encuentra absolutamente claro que existió incumplimiento en el cronograma con la postergación incierta en la entrega de la obra, la suma de la multa no corresponde a lo pactado contractualmente que es el 10% de la obra: nada menos que la módica suma de $61.000 millones de pesos!

Por supuesto que Sacyr apeló la “multica” colocada por el Invías aduciendo sus planteamientos en un comunicado:

“Sacyr se permite informar y aclarar lo siguiente:

– Actualmente no existe ninguna sanción en firme y las multas anunciadas hacen parte del debido proceso. El contratista tendrá la oportunidad de recurrir dicha decisión y objetar lo que en su defensa estime conveniente y conforme a derecho.

– Sacyr reafirma su voluntad de llegar a un entendimiento con el INVÍAS para prorrogar el plazo del contrato en el tiempo que resulte necesario para terminar con éxito el nuevo puente; voluntad que entendemos, también existe en la entidad tras las diferentes declaraciones en ese sentido por parte de su Director. Todo ello con independencia de las discrepancias existentes entre las partes con relación a las causas y/o responsabilidades que han dado lugar a la necesidad de prorrogar la vigencia del contrato, las cuales, deberán ser dirimidas en otras instancias”.

Dilucidemos lo que hay detrás de la retorica de buenas intenciones del comunicado de Sacyr. 1. Pide prorrogar el plazo del contrato. 2. Sugiere que hay voluntad de entendimiento (?) en tal sentido con Invías. 3. Dice que hay discrepancias con el Invías (?) con las causas y responsabilidades del atraso de las obras 4. La posición más importante de la comunicación es un pitazo de alerta: dice que todas estas discrepancias serán dirimidas en otras instancias, que, traducido al lenguaje de los hechos, significa el escenario jurídico o de un tribunal de arbitramento.

Agreguen otra perla a este collar curioso de imprevisiones contractuales. Sacyr Colombia, con otros contratos de obras en problemas de diverso tipo (vías) podría verse, en una hipótesis jurídica, obligada a retirarse de todos sus contratos con una decisión judicial administrativa. De hecho, una curiosidad de este proceso es que una parte del contrato como tal fue cedido…a ellos mismos!

El 22 de diciembre de 2017 es la fecha de cesión del contrato de uno de los accionistas del Consorcio Ses Puente sobre el río Magdalena con nit 900.836.278-3, a un nuevo interviniente accionario. Veamos cómo se encontraba compuesta la estructura accionaria original de este consorcio:

Esgamo Ingenieros Constructores SAS nit. 800.019.652.2: 30%
Sacyr Chile SA suc. Colombia nit. 900.526.959.0 30%
Sacyr Construcción Colombia nit. 910.657.570.1 40%

 

Carlos José Escobar Quintero, con cedula de ciudadanía No. 17.135.225, representante legal de Esgamo Ingenieros le cede la participación accionaria a Pedro Jiménez Carro, con cedula de extranjería 626.901, representante legal de la sociedad Cavosa Obras y Proyectos sucursal Colombia SA. Invías, después de un estudio jurídico conceptuó que era viable la cesión pese a unos requerimientos puntuales de orden legal en el sentido que Esgamo incumplió una serie de contratos de obras (por ejemplo, en calidad de consocio en la Unión Temporal Puerto Caicedo). En el documento cesionario no aparecen cifras ni tampoco datos o informaciones sobre la extraña salida de Esgamo Ingenieros del contrato del Consorcio Ses Puente sobre el río Magdalena, que en la práctica era la única empresa colombiana dentro de este consorcio constructor.

De esta manera ingresa un nuevo consocio, Cavosa Obras y Proyectos con los 30% del capital, sumados al 30% de Sacyr Chile y 40% de Sacyr Construcción Colombia. Cavosa es una empresa española dedicada a la minería, túneles y su propietario; adivinen adivinadores, es la misma Sacyr. En resumidas cuentas, Sacyr es la que controla integralmente el contrato de construcción Ses puente sobre el río Magdalena.

Los informes técnicos de la obra a corte septiembre 2017

Un largo informe técnico es entregado al Invías por parte del contratista Luis Fernando Guerra Cortes CC 6014317, uno de los gestores técnicos del proyecto. Va dirigido específicamente a ingeniero Juan José Oyuela de la Unidad Ejecutora del Instituto Nacional de Vías.

  1. Finanzas

El estado presupuestal del contrato muestra 3 registros. El 400015, rubro C-111-601-95 por un valor de $46.345.159. El registro 7206 con rubro C-111-601-95 por un valor de $214.425.366.374 y un tercero con registro 38517 bajo el rubro C-2401-0660-1 por el valor de $234.885.582.555. Aproximadamente $490.000 millones de $614.000 millones.

  1. Procesos de sanción

Aparecen descritos dos causales. Una se refiere al incumplimiento del cronograma de inversiones. Es decir, el flujo de caja llegaba y se debía mostrar en obras precisas pero ello no ocurrió. Se envió el memorando SRN 88361 diciembre 19, 2016 a la sección jurídica. Se escuchó al contratista, más sin embargo persistieron las causas. La audiencia se suspendió.

Otro, y este parece de mayor gravedad que el incumplimiento del plan financiero y de obras es la “presunta deficiencia en los pilotes”. El memorando enviado a la sección jurídica es el SRN 126167 de 12 mayo –hace exactamente un año- de 2017. El interventor declara en la audiencia que se subsanaron las aparentes irregularidades.

  1. Estado de avance de la obra a septiembre de 2017. Prosiguiendo con los conceptos generales sobre la obra del puente sobre el río Magdalena hay un dato importante respecto del estado de avance de la obra. Cuando solo faltan 8 meses para cumplirse el plazo de 36 con entrega de obra el 19 de mayo de 2018 se colocan las siguientes reveladoras cifras:

AVANCE FÍSICO DEL CONTRATO

% Básico programado acumulado 53.79%

% Básico ejecutado acumulado     42.73%

En otras palabras, la obra del puente sobre el río Magdalena, de manera inexplicable y vulnerando cronogramas, flujos financieros y matriz de riesgos apenas si iba por la mitad! No se conoce, hasta este momento, una solicitud oficial de prorroga al contrato ni tampoco una adición presupuestal dado que en un horizonte optimista la construcción tarda por lo menos hasta junio o julio de 2019 con los sobre costos que ello presupone.

Una operación especulativa sencilla. Si hasta este momento a los contratistas le han entregado aproximadamente el 80% del presupuesto de $614.000 mil millones y le falta por ejecutar el 50% de la obra, de donde saldrá el resto de los recursos si ni siquiera hay prorroga, adición ni respaldo presupuestal del Confis?

En ese escenario hay que situar la “multica” colocada por Invías y las amenazas latentes planteadas en la comunicación pública enviada por Consorcio Ses puente sobre el río Magdalena, o sea Sacyr Construcciones y sus filiales colombianas y chilenas en el sentido que las demoras en la construcción tienen su correspondiente explicación –aunque se abstienen de señalar cuales- y sobre todo, cuando se pida la prorroga y adicciones, la latencia de llevar las controversias a tribunales de arbitramento o la justicia con la consiguiente parálisis –por falta de recursos- de la obra.

En este terreno la constructora española tiene vasta experiencia. Si lo dudan, pregunten a la entidad que maneja el canal de Panamá respecto de Sacyr: reclaman, se retrasan, piden mayores recursos y cuando no se los otorgan, instauran acciones jurídicas y paralizan las obras.

Se encuentra en este hipotético escenario, en plena incertidumbre, la puesta en marcha del nuevo puente sobre el río Magdalena.

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