La urbanización Villa Olímpica, se podría catalogar como el sector más moderno del municipio de Galapa, fue construida hace 20 años por la constructora del empresario Julio Gerlein, con un primer propósito de albergar a los deportistas de los juegos Centroamericanos y del Caribe (2006).

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Como la urbanización se construyó fuera del perímetro urbano de Galapa, municipio con deficiencias en la prestación de los servicios básicos de salubridad,   los constructores tuvieron que implementar su propio acueducto y alcantarillado, que entregaron funcionando como un reloj suizo para los juegos en mención.

Después de los Juegos, la urbanización en manos de los Gerlein creció de tal manera que hoy sobrepasa las 10 viviendas. Y con el acelerado poblamiento llegaron los problemas del servicio de agua potable.

El acueducto de los Gerlein

Además de la venta de casas y de los subsidios que otorgaba el gobierno para la adquisición de viviendas en Villa Olímpica, el empresario Julio Gerlein, ya experimentado en el negocio del agua con la Triple A que, además, le dejó multimillonarias utilidades, decidió montar su propio acueducto y alcantarillado para proveer a la urbanización de este servicio.

El 2 de febrero de 1999, se inscribió en la Cámara de Comercio de Barranquilla, bajo el número 79254, la empresa Aguas del Atlántico S.A. E.S.P., con nit 802.008.956-1, cuya junta directiva estaba compuesta por:

PRINCIPALES SUPLENTES
Julio Gerlein Echeverría Liliana Amira Gerlein Villa
Margarita Eugenia Gerlein Villa Jaime Alfredo Massard  Ballestas
Julio Eduardo Gerlein Villa Margarita María Muñoz Palacio
Hugo Rafael Cervantes de la Hoz Ingrid Cecilia Caballero Hernández
Clemencia del Socorro Llinás de Massard Inés Antonia Tapias Martínez

En la escritura de constitución No.109 del 22 de enero de 1999, registrada en la notaría 6ta, se anota un capital social distribuido de la siguiente forma:

CAPITAL SOCIAL VALOR No. ACCIONES/valor nominal
Capital Autorizado $1.240.000.000 1.240.000 a $1.000 c/u
Capital suscrito $1.240.000.000 1.240.000 a $1.000 c/u
Capital pagado $124.000.000 124.000 a $1.000 c/u

Aparecen como socios de la empresa Aguas del Atlántico S.A.  E.S.P.:

SOCIOS NUMERO DE ACCIONES VALOR TOTAL DEL APORTE ACCIONES POR PAGAR
Gercón Ltda – RL:Jaime Alfredo Massard Ballesta 1.000.000 $100.000.000 $900.000.000
Margarita Eugenia Gerlein Villa 40.000 $4.000.000 $36.000.000
Liliana Amira Gerlein Villa 40.000 $4.000.000 $36.000.000
Julio Eduardo Gerlein Villa 40.000 $4.000.000 $36.000.000
Mauricio Antonio Gerlein Echeverría 40.000 $4.000.000 $36.000.000
Julio Gerlein Echeverría 40.000 $4.000.000 $36.000.000
Clemencia del Socorro Llinás de Massard 40.000 $4.000.000 $36.000.000
TOTAL ACUMULADO 1.240.000 $124.000.000 $1.116.000.000

En la actualidad, la Cámara de Comercio de esta empresa, con certificado No.AQ11DE7AFF, de fecha 5 de abril de 2018, certifica que tiene unos activos totales por $3.126.955.615 y un capital social así:

CAPITAL SOCIAL VALOR No. ACCIONES/valor nominal
Capital Autorizado $1.240.000.000 1.240.000 a $1.000 c/u
Capital suscrito $1.240.000.000 1.240.000 a $1.000 c/u
Capital pagado $1.240.000.000 1.240.000 a $1.000 c/u

De entrada vemos una serie de inconsistencias que violan el ordenamiento jurídico, en especial el Código de Comercio.  Veamos:

  1. El Código de Comercio establece en el Artículo 376 que el capital suscrito no puede estar por debajo del 50% del capital autorizado.  Y el capital pagado debe ser no menos de la tercera parte (33.3%) del capital suscrito.  Aquí los socios pagaron $124.000.000 que equivale a una décima parte del capital suscrito (10%), de cual se infiere dos cosas importantes:

a) Que no se ajustaron a lo reglamentado en el Código de Comercio pues si suscribieron un capital de $1.240.000.000 estaban en la obligación de cancelarlos en un 100% inmediatamente,

b) Violaron totalmente el orden constitucional al suscribir un capital pagado de $124.000.000, o sea que dejaron de pagar $1.116.000.000.

  • Que en el 2018 la empresa Aguas del Atlántico S.A.  E.S.P., al presentar unos activos totales por $3.126.955.615, se infiere lo siguiente:
  • Que a 31 de diciembre de 2017, en su balance la empresa declaró activos totales por $3.126.955.615.
  • Para esa misma fecha, según el documento referenciado de la Cámara Comercio, esta empresa contaba con capital suscrito y pagado de $1.240.000.000.
  • Si nos atenemos a la ecuación contable:

Activos Totales = Pasivo + Patrimonio,

entonces $3.126.955.615 =  Pasivo + $1.240.000.000.  Por lo tanto,

Pasivo total = $3.126.955.615 – $1.240.000.000 = $1.886.000.000.

  • Lo anterior demuestra que Aguas del Atlántico S.A.  E.S.P., al cierre del año 2017 presentaba un pasivo o deudas por el orden de los $1.886.000.000. Estaba endeudada, sin lugar a dudas.
  • Si lo anterior es cierto, quiere decir que esta empresa hasta el año 2018 no revalorizó ni su capital social ni su valor accionario.  Era una empresa estática, sin proyección en el mercado y sin ánimos de competencia. Lo contrario a su accionista Gercón Ltda, que a diciembre 31 de 2018, aparece con un capital social de $5.125.000.000, revalorizado en un 45,36%, pues su capital social inicial era de $2.325.0000.000.  
  • Para el año 2019 la empresa Aguas del Atlántico S.A.  E.S.P. en su certificado de Cámara de Comercio, presenta unos activos de $3.268.857.248, de lo cual inferimos lo siguiente:
  • Que tiene un  Pasivo = $3.268.857.248 – $1.240.00.000 = $2.028.857.248.
  • Se ve claramente que sus deuda aumentaron un 7.5% de 2017 a 2018.
  • Entre los socios de Aguas del Atlántico S.A.  E.S.P. encontramos a la empresa Gercon Ltda., identificada con el Nit 890.117.198-2 y creada por escritura pública No.2282 del 23 de septiembre de 1986 con el nombre de Julio Gerlein Echeverría y Cia Ltda., y su representante legal era Alfredo Massard Ballestas.  A su vez, la composición accionaria de Gercón Ltda. estaba integrada de la siguiente manera:
Socios Nro. de acciones Valor en $
Margarita Eugenia Gerlein Villa 232.500 $232.500.000
Liliana Amira Gerlein Villa 232.500 $232.500.000
Julio Eduardo Gerlein Echeverría 1.162.500 $1.162.500.000
Jaime Alfredo Massard Ballestas 232.500 $232.500.000
Mauricio Antonio Gerlein Echeverría 232.500 $232.500.000
Julio Eduardo Gerlein Villa 232.500 $232.500.000
TOTALES 2.325.000 $2.325.000.000

Esto muestra que Julio Gerlein Echeverría y sus hijos tenían mayoría y control absoluto sobre Aguas del Atlántico.  No obstante, vemos una participación accionaria mínima de Jaime Alfredo Massard Ballestas, quien años más tarde tendrá un protagonismo frente a las empresas de Julio Gerlein en el sonado caso de Cormagdalena-Navelena.

En año 2015 aparece la empresa Valorcón S.A. reemplazando a Gercón Ltda, lo cual indica el buen momento que estaba teniendo esta primera empresa a nivel de contratación estatal.

Protestas por el pésimo servicio de agua potable en la urbanización Villa Olímpica

Debido al crecimiento de la urbanización y la poca inversión para el mejoramiento y ampliación de los servicios de acueducto y alcantarillado por parte de la empresa Aguas del Atlántico S.A. E.S.P, estos servicios se fueron pauperizando y el malestar colectivo fue creciendo.

La protestas y el cierre de vías para reclamar un buen servicio de agua potable eran constantes en Villa Olímpica, al punto que sus moradores obstruían la vía La Cordialidad, quemando llantas e instalando barricadas, lo que producía un caos en la movilidad hacia todos los municipio del centro y suroccidente del departamento.

¿Es potable el agua en Villa Olímpica?

Estas protestas se agudizaron en el mes de abril de 2018, de tal manera que los enfrentamientos con las autoridades dejaron como saldo una persona muerta.

La empresa Aguas del Atlántico S.A. E.S.P. nunca dio razones sobre el pésimo servicio que estaba prestando, aunque las facturas seguían llegando con un incremento injustificado, el cual que no fue socializado.  La alcaldía de Galapa tampoco explicó en su momento qué estaba pasando con Aguas del Atlántico S.A. E.S.P, ni cómo se iba a solucionar el problema.

Sin embargo, con los documentos aquí anexados podemos deducir que la empresa Aguas del Atlántico S.A. E.S.P contaba con todo el músculo financiero para solventar los problemas surgidos con la mala prestación del servicio de agua potable y alcantarillado.  Simplemente no quisieron invertir un peso fuera de los subsidios que el gobierno les giraba periódicamente por medio de la Ley 1176 de 2007. 

El alcalde de Galapa, Carlos Silvera de la Hoz, siempre se hizo el ciego, sordo y mudo a esta situación.  Ni siquiera hizo el mínimo intento de investigar la situación financiera de Atlántico S.A. E.S.P. y su incapacidad técnica para prestar este servicio.

Entra una nueva empresa

En abril de 2019, de la noche a la mañana, la urbanización Villa Olímpica amaneció con una nueva empresa, prestando el servicio de acueducto y alcantarillado.   Se trata de la empresa Agua Caribe Colombia S.A.S. E.S.P., identificada con el Nit. 901.231.847-0, y su representante legal es Sandra Margarita de la Espriella Surmay.

¿Cómo fue el incremento en la tarifa con el nuevo operador?

Nadie supo qué tipo de negociación hubo para este “pasemano”.  No hubo cesión de derechos, no hubo invitación ni licitación por parte del municipio.  Simplemente aparecieron de la nada.

La empresa Agua Caribe Colombia S.A.S. E.S.P. tiene todo lo necesario para ser catolagada una empresa de papel. Miremos por qué:

  1. Esta empresa cuenta con un solo socio, llamado AS CONSULTING GRUP S.A.S
  2.  AS CONSULTING GRUP S.A.S. , su vez, tiene una sola socia: Sandra Margarita de la Espriella Surmay.
  3. Sandra Margarita de la Espriella Surmay constitutyó la sociedad AS CONSULTING GRUP S.A.S. con un capital suscrito y pagado de $5.000.000, divididos en 100 acciones ordinarias con valor nominal de $50.000 (Capítulo 2 de los estatutos).
  4. Sandra Margarita de la Espriella Surmay creó el 14 de noviembre de 2018, por documento privado, la empresa Agua Caribe Colombia S.A.S. E.S.P., con un capital autorizado de $400.000.000, equivalentes a 400.000 acciones a $1.000, pero con un capital suscrito y pagado de $50.000.000.

Vemos, entonces, una serie de inconsistencias que develan que realmente estamos ante una empresa de papel.

En primer lugar cómo es posible que  una empresa con $5.000.000 de capital  pueda crear otra empresa con un capital autorizado de $400.000.000.  Se notan que son cifras para engañar e inducir a la violación del ordenamiento jurídico.

En segundo lugar, Sandra Margarita de la Espriella violó el Código de Comercio, que establece en el Artículo 376 que el capital suscrito no puede estar por debajo del 50% del capital autorizado, en este caso si el capital autorizado fue de $400 millones de pesos, el capital suscrito debe ser no menos de $200 millones.  Pero Sandra Margarita de la Espriella solo pagó un 25%, es decir $50 millones.

Por otro lado, si nos atenemos a que la Ley exige que el capital pagado sea hasta un 1/3 del capital suscrito, y en este caso el capital suscrito debería haber sido de $200, ateniéndonos a la Ley, entonces al cancelar $50 millones como capital pagado, estarían faltando $16.666.667 para completar $66.666.667, que sería 1/3 de $200 millones.

O sea que esta empresa nació con vicios de nulidad al violar el artículo 899 del Código de Comercio.

Si Aguas del Atlántico S.A. E.S.P. no pudo con este encargo, teniendo un capital social de $1.240.000.000, y un respaldo del accionista Gercón Ltda, cuyo capital social asciende a $5.125.000.000, entonces la empresa Agua Caribe Colombia S.A.S. E.S.P., con un capital suscrito y pagado de $50.000.000, no tiene nada que hacer.  No tiene viabilidad jurídica ni capacidad financiera.

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