En repetidas ocaciones hemos venido denunciando este hecho que poco a poco ha venido socavando las finanzas de programas sociales tan importantes como la atención a la población de la tercera edad, la cultura, los deportes y la universidad de Barranquilla.

En el caso que vamos a tratar hoy, por ejemplo, la firma contratista con el distrito de Barranquilla, desde 2014, dejó de pagar la sumas equivalente a $1.002.976.811 en impuestos distritales. Algo insólito desde todo punto de vista.

Como este caso que vamos a analizar, hay muchos en el Distrito, por lo que nos proponemos denunciar lo que más podamos hasta que respondan los culpables, tanto los funcionarios públicos involucrados en esta cadena de corrupción como los contratistas ahora incursos en los delitos de evasión de impuestos.

Un gaseoso contrato por $17.000 millones

El 30 de diciembre de 2014, en vísperas de la fiesta de San Silvestre el fin de año, el secretario de educación del distrito de Barranquilla de ese entonces, Dagoberto Barraza Sanjuán, firmó el contrato de obras No.0105-2014, por $17.292.703.634.

El contratista encargado y seleccionado por licitación pública, proceso que por el momento no vamos a analizar, fue la Unión Temporal Edes, representada legalmente por Sigifredo Raad García.

El contrato tenía por objeto la revisión de diseño, construcción, ampliación y mejoramiento de instituciones educativas en el Distrito de Barranquilla. Y con esto vamos al grano, a partir de las siguientes consideraciones que hacen parte de las Leyes aplicables a la contratación estatal:

  1. Si el comité evaluador de las licitación pública No.006 de 2014, seleccionó a la Unión Temporal Edes, fue porque contaba con la experiencia y el músculo financiero para emprender esta obra pública.
  2. Una vez firmado el contrato, el contratista tenía 10 días hábiles para cancelar todos los tributos que obliga la ley. Ver cláusula 3 del contrato No.0105-2014.
  3. Es una condición sine qua non, un requisito esencial, que el contratista haya pagado todos los impuestos para que tanto la empresa interventora como el supervisor generen el Acta de Inicio del contrato. Sin esa Acta de Inicio, el contratista no puede mover ni una pala para comenzar la obra.

En concordancia con el punto 2, vemos que el contratista apenas pudo cumplir con el pago de los impuestos en la Gobernación del Atlántico, el 22 de enero de 2015, pues se tomó 14 días hábiles para hacerlo.

La oficina recaudadora de estos impuestos se equivoca al tomar la base gravable el total del valor del contrato, pues a este valor hay que descontarle el 19% del IVA.

La copia del pago nos muestra que el monto total de estos impuestos fue $608.256.931. Pero aquí no terminan las cosas pues la Unión Temporal Edes, hasta el día de hoy no ha pagado los impuestos distritales.

La Unión Temporal Edes está integrada con un 50% por la Compañía de Ingeniería, Negocios y Servicios S.A., Nit. 900.047.321-7, representada legalmente por Gary Alberto Espitia Camargo, y con el otro 50%, SRG Civil Eléctrico-Telecomunicaciones e Inversiones S.A.S., Nit.802.009.797-1, representada legalmente por Sigifredo Raad Garcés.

Estas empresas deben responder por el delito de evasión de impuestos que vamos a explicar.

Impuestos Distritales

El contratista Unión Temporal Edes también tenía 10 días hábiles a partir de la firma del contrato para pagar los impuestos distritales a que está obligado, de acuerdo al Estatuto Tributario Distrital. Estos impuestos son los siguientes:

Estampilla Pro-% del contratoValor a pagar
Dotación Tercera Edad2.5%$432.317.591
Cultura2.0%$345.854.073
Bono del Deporte1.0%$172.927.032
ITSA0.3%$51.878.111
TOTAL$1.002.976.811
Impuestos Distritales

También dejó de pagar la Contribución a la Seguridad Ciudadana, que es un 5% del valor del contrato, o sea $864.685.188.

El lector ya se puede imaginar cuánto le debe al distrito de Barranquilla esta Unión Temporal Edes si proyectamos estos valores hasta el día de hoy sumándole la mora trimestral que autoriza la Superintendencia Financiera.

La empresa interventora tampoco pagó los impuestos

Uno de los roles de las interventorías de obras públicas es exigirle al contratista toda la documentación necesaria para darle inicio al contrato; es decir, contrastar y verificar pólizas, paz y salvo con las secretarías de hacienda departamental y distrital por concepto de impuestos y estampillas.

Pero, ¿cómo iba a exigirle la interventoría al contratista Unión Temporal Edes que pagara los impuestos distritales si ella tampoco los pagó?

Mediante contrato interadministrativo No.0105-2014-000897, el secretario de Educación distrital (E) Dagoberto Barraza Sanjuan, le entregó a Edubar (Empresa de Desarrollo Urbano de Barranquilla y del Caribe) la interventoría del contrato No.0105-2014, por un valor de $950.225.600.

Para mayor información sobre Edubar, empresa de economía mixta del distrito de Barranquilla, le recomendamos este enlace: EDUBAR, el invento macabro del Distrito de Barranquilla para violar todas las normas de contratación estatal…

Hasta el día de hoy Edubar no ha pagado ninguno de los impuestos correspondientes al contrato interadministrativo No.0105-2014-000897. Veamos.

Estampilla Pro-% del contratoValor a pagar
Dotación Tercera Edad2.5%$23.755.640
Cultura2.0%$19.004.512
ITSA0.3%$2.850.677
TOTAL$45.610.829
Impuestos Distritales

Estampilla Pro-% del contratoValor a pagar
Desarrollo2.0%$19.004.512
Ciudadela1.5%$14.253.384
TOTAL$33.257.896
Impuestos Distritales

Con ambos contratos, tanto funcionarios públicos como contratistas violaron el ordenamiento jurídico colombiano, por lo que se hacen acreedores a las sanciones previstas en el Artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, y el Artículo 86 de la Ley 1474 de 2011.

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