Justo cuando el país enfrenta una de sus peores crisis institucionales, donde se ha cuestionado duramente el estéril desempeño del fiscal general (Francisco Barbosa), de la procuradora nacional (Margarita Cabello), del contralor general (Felipe Córdoba) y del Defensor del Pueblo (Carlos Camargo), en medio de los reclamos de justicia y de defensa de los derechos humanos, se adelanta en el Congreso de la República el trámite del proyecto de ley impulsado por el Gobierno nacional, que en el entendido de muchos, lo que hace es debilitar aún más la rama judicial, en vez de fortalecerla.

La primera en dar una voz de alerta sobre lo que se cocina de manera callada en el recinto legislativo, fue la presidenta del Consejo Superior de la Judicatura, Gloria Stella López, quien denunció modificaciones que se hicieron al proyecto, durante los debates que tuvo la iniciativa en la Cámara de Representantes.
López calificó dichos cambios en ocho artículos de ‘politiqueros’ y que “desdibujan el espíritu original del texto” presentado por el Consejo Superior, pues ponen en riesgo la administración de justicia, porque otorgan facultades electorales y administrativas a los magistrados de la Comisión Interinstitucional.
La magistrada le dijo al senador Miguel Ángel Pinto, ponente del proyecto, que detrás de esas modificaciones “hay intereses particulares y políticos”.
Uno de los puntos que más reparos ha recibido es el que propone que para ejercer el cargo, “los abogados que cuenten con títulos adicionales en programas de educación superior, podrán acreditar como experiencia profesional aquella adquirida en ejercicio de profesiones tales como ciencia política, gobierno, finanzas, economía, administración de empresas y administración pública”.
Ante la gravedad del asunto, pues no solo sería un “mico” en el proyecto, sino porque sería un cambio en la carta política que no se puede tramitar de la forma en la que se está haciendo (se necesita un acto legislativo para hacerlo y no una ley estatutaria), Antonio Barboza, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad EAFIT, no ocultó su sorpresa a lo que está sucediendo. “¿Cómo puede ser esto? Con estas reglas pareciera que no se está buscando que a esos cargos tan importantes llegue una persona idónea. Leyendo el artículo 232 de la Constitución, la aplicación de un requisito de tiempo de experiencia diferente a uno relacionado con el Derecho es evidentemente inconstitucional”, explicó el catedrático.
Freddy Machado, presidente de uno de los sindicatos de la Rama Judicial (Asonal Judicial), cuestionó que el articulado elimine requisitos para llegar a una magistratura.
“Para acceder a los cargos de magistrados de altas cortes, procurador, fiscal y otros, lo requisitos se relajan y este cambio favorecería a particulares”, dijo.
Advirtió que esas modificaciones “afectan los derechos de carrera, impactándolos negativamente y en vez de nombrar más jueces se invierte en mayor burocracia”.
Esta reforma para muchos en vez de resolver la necesidad de que quien ocupe por ejemplo el cargo de Fiscal sea un abogado especializado en derecho penal, lo que hace es obviar del todo este imperativo.

Actualmente los requisitos para ser fiscal general son los mismos que para ser magistrado y están establecidos en el artículo 249 de la Constitución. En concreto, para ser magistrado de la Corte Constitucional, Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado son: ser colombiano de nacimiento, abogado, no haber sido condenado por sentencia judicial a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos y culposos.
En cuanto a la experiencia el numeral cuarto de dicho artículo establece una experiencia de 15 años en cargos de la Rama Judicial o el Ministerio Público, o haber ejercido, con buen crédito, por el mismo tiempo, la profesión de abogado o la cátedra universitaria en disciplinas jurídicas en establecimientos reconocidos oficialmente.
Y agrega que: “Para el cargo de magistrado de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, la cátedra universitaria deberá haber sido ejercida en disciplinas jurídicas relacionadas con el área de la magistratura a ejercer”.
No obstante, el proyecto de ley, en uno de los parágrafos establece los nuevos requisitos para los principales cargos de la justicia los cuales se flexibilizan.
“Para la experiencia de que trata el presente artículo, así como para ejercer el cargo de magistrado de alta corte, fiscal general de la nación, procurador general de la nación, defensor del pueblo y registrador nacional, los abogados que cuenten con títulos adicionales en programas de educación superior podrán acreditar como experiencia profesional aquella adquirida en el ejercicio de profesiones en ciencia política, gobierno, finanzas, economía, administración de empresas y administración pública”.
Mientras que el penalista Santiago Trespalacios calificó de preocupantes estas modificaciones justo en momentos en que las altas dignidades de la justicia requieren juristas formados en las áreas específicas de sus funciones.
En concepto de Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas, “otra reforma a la justicia que considera que el problema de nuestra justicia son los años de experiencia o de vida de los servidores. No se entiende, como el que una persona que tenga experiencia en diferentes profesiones puede aportarle a un cargo de magistrado, o fiscal general que necesita una experticia específica, en administrar justicia”.
Mientras que el abogado penalista y docente Juan Manuel Valcárcel considera que, “un bajo nivel de exigencia en la experiencia específica, se traduce en baja exigencia en la calidad del perfil del candidato. El país ya ha sufrido la presencia de fiscales generales sin conocimiento y experiencia en el sistema penal acusatorio, se esperaría que una reforma a la justicia corrija antes de agravar esta realidad”.
Edgardo Maya, excontralor, considera que “Por esa vía tendríamos en el futuro un procurador general, fiscal general con una gran trayectoria en asuntos económicos o empresariales antes que jurídica, por ejemplo, que son totalmente diferentes al ejercicio propio de la profesión del derecho y desde luego a las atribuciones constitucionales y legales conferidas a esos despachos. Pero lo inadmisible a todas luces es extenderlos para ser magistrado de alta corte donde no solo se necesita la experiencia en la práctica del derecho sino también con la especialidad del cargo al cual se va a vincular el abogado”, puntualizó.
Esta modificación ha causado tanto revuelo que incluso algunos le han endilgado hasta autoría.
En los pasillos del recinto y en voz cada vez más alta, se comenta que detrás del artículo 67, el que introduce esas modificaciones y que fue aprobado en la Cámara de Representantes, está el actual contralor de la nación, Carlos Felipe Córdoba.
Córdoba estudió Relaciones Internacionales y Gobierno en la Universidad Externado de Colombia, precisamente una de las áreas que ahora podrían servir como experiencia para aspirar a uno de estos importantes cargos y hace poco acabó sus materias de Derecho en el Politécnico Grancolombiano y que solo le falta graduarse para obtener el título de abogado. Dicha carrera la cursó con su esposa, Marcela Yepes, quien fue directora ejecutiva de la Fiscalía hasta julio del año pasado.
Esta coincidencia y el interés que ha mostrado en el trámite del proyecto, ha llevado a muchos congresistas y otros funcionarios de la Rama judicial, a pensar que el artículo 67 lleva sus nombres y apellidos; lo cual sin embargo ha desmentido y calificó dichos comentarios de malintencionados.
“No tengo ese interés y por eso lo digo con sinceridad. Ese artículo no lo conocía y tampoco ha sido de mi interés. Pregunten a quienes han desarrollado la reforma para qué lo metieron así”, explicó el contralor al diario El Espectador.
Más burocracia
Otro de los puntos controversiales de esta reforma a la ley 270 de 1996, Estatutaria de la Administración de Justicia tienen que ver con la creación de 14 despachos de magistrados de altas cortes.
No se entiende cómo un Gobierno que ha cacareado la necesidad de austeridad en el gasto público, que presentó una fallida reforma tributaria, aduciendo la falta de recursos para inversión social, salga ahora a proponer una aumento en cargos en el Consejo de Estado, es decir, ni siquiera en los despachos judiciales.
En efecto, a través de un artículo se crea la sala transitoria de descongestión del Consejo de Estado integrada por 12 magistrados y el máximo tribunal de lo contencioso administrativo pasaría de 31 a 33 magistrados.
También se amplían las funciones de la Comisión Insterinstirucional de la Rama Judicial y además se aumenta su planta de colaboradores creando un comité técnico con asesores.
En cuanto a recursos, se aumenta el presupuesto de la Rama Judicial pero no es claro de donde saldrán los dineros que la nueva reforma a la justicia necesitaría para aplicarse, en el contexto de una pandemia y Paro Nacional que puso las finanzas estatales entre algodones.
En defensa de la iniciativa el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, ha asegurado que el proyecto se socializó con la con la Rama Judicial recibiendo ajustes y comentarios. Indicó que “busca declarar la administración de justicia como un servicio público esencial haciendo efectivo el Estado de Derecho y el principio de separación de poderes, otorgando mayor autonomía presupuestal a la Rama Judicial”.
En las próximas semanas en último debate el Senado decidirá la suerte del proyecto que adportas de su aprobación genera más sombras que luces en momentos de cuestionamientos a la administración de justicia en el país.