El pasado 4 de marzo el coordinador de la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, Gabriel Ramón Jaimes Durán, tomó la decisión de radicar ante el Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Bogotá, solicitud de audiencia de preclusión de la investigación que se sigue contra el exsenador Álvaro Uribe Vélez.
Encontramos un abismo irreconciliable entre lo que había adelantado la Corte Suprema de Justicia y el criterio ahora aplicado por el fiscal Jaimes en el caso Uribe.
Según el Fiscal, tras valorar los elementos materiales probatorios, la evidencia física y la información legalmente obtenida durante el curso del proceso, estableció que varias de las conductas por las cuales se vinculó jurídicamente al excongresista no tienen la característica de delito, y otras que sí lo son, no se le pueden atribuir como autor o participe.

Y agregó que la investigación adelantada por la Fiscalía se realizó en el marco del ordenamiento jurídico. “De igual manera, se actuó en cumplimiento del deber que le asiste y que está consagrado en el artículo 250 de la Constitución Política de Colombia: “Solicitar ante el juez de conocimiento la preclusión de las investigaciones cuando según lo dispuesto en la ley no hubiere mérito para acusar”.
Sin embargo, otra decisión había tomado apenas meses atrás la Corte Suprema de Justicia que incluso ordenó la captura del ex senador Uribe Vélez al encontrarlo como presunto determinador del delito de soborno a testigo en actuación penal, en concurso homogéneo y sucesivo, además heterogéneo con el delito de fraude procesal, de conformidad con las argumentaciones consignadas en la parte motiva de la providencia.

Una vez la Corte emitió su fallo, el entonces senador Álvaro Uribe renunció a su curul en el Congreso, con lo que el proceso pasó a la Fiscalía, y le trasladó la totalidad del proceso, documentos, investigaciones, interceptaciones telefónicas y demás material probatorio al ente investigador y acusador.
Mientras la Corte y sus magistrados, que no 1 ni 2 sino varios, concluyen que el ex senador en efecto habría incurrido en los delitos de sobornos a testigos, la Fiscalía termina concluyendo que “varias de las conductas por las cuales se vinculó jurídicamente al excongresista no tienen la característica de delito, y otras que sí lo son, no se le pueden atribuir como autor o partícipe”.
No se explica entonces como en seis meses, tiempo que transcurrió entre el traslado del proceso a la Fiscalía y la decisión de solicitar la preclusión del caso, un solo fiscal hace tal petición, con un cúmulo de pruebas de una investigación que adelantó la Corte Suprema por espacio de más de dos años.
No se explica cómo la Fiscalía toma una determinación judicial en un proceso donde ni siquiera fue la encargada de la investigación, dejando bajo sospecha su actuación, tomando fuerza aquello que tanto temían las víctimas del proceso entre ellos el senador Iván Cepeda, de que Uribe renunció a su curul solo para conseguir la preclusión del caso.
Otra de las razones que parecieran dar la razón a Cepeda, es que el proceso contra los otros dos implicados, es decir el abogado Diego Cadena y el representante a la Cámara Álvaro Prada.
Al primero, la misma Fiscalía lo llamó a juicio por los mismos hechos, que fue acusado Uribe y a Prada la Corte Suprema le mantiene una investigación abierta también por el mismo caso de presunto soborno a testigos.
De ahí que el interrogante que muchos se hacen es ¿en qué quedan estos procesos paralelos que nacieron de los hallazgos de la Corte?
La decisión de la Fiscalía en el caso de Uribe, es totalmente contraria a la que el mismo organismo tomó con respecto al abogado Cadena y su socio, Juan José Salazar, en la que los acusó de fraude procesal y soborno y de haber entregado más de $40 millones al ex paramilitar Carlos Enrique Vélez, alias Víctor, y que Cadena presionó a Monsalve para que se desdijera de lo que ha dicho sobre Uribe.
Y en el caso del congresista Prada, se investigan sus contactos con Carlos Eduardo López Callejas, conocido como Caliche, un hombre que también intentó convencer a Monsalve de que se retractara. En concreto, Caliche le pidió al testigo contra Uribe que hiciera un video retractándose y además diciendo que Cepeda fue quien le ofreció dádivas. Según las pesquisas de la Corte, Prada pidió a Caliche que hiciera esas gestiones. El representante a la Cámara ha dicho que, por el contrario, fue este hombre quien lo buscó e hizo públicos varios chats con los que busca demostrarlo, pero que para el alto tribunal no son claros.
Entonces cabe la pregunta: ¿bajo qué argumentos un fiscal pide que se precluya un proceso donde otras dos personas, prácticamente con el mismo material probatorio están siendo enjuiciadas?
En consecuencia, la decisión que la semana pasada tomó la Fiscalía, deja en evidencia su probable tinte político por tratarse de quien se trata, lo que sienta un muy mal precedente en materia de aplicación de la justicia en el país, con evidentes vicios de impunidad y concomitantemente de corrupción judicial.