La Universidad del Atlántico es uno de los estamentos oficiales de esta ciudad y del departamento que más señales claras de corrupción ha dado en la última década. Por donde se la mire, se descubren heridas profundas que han dejado la rapiña, la ilegalidad y la falsedad, tanto en lo económico como en lo político, en lo moral así como en lo material. Pero, ¿dónde se origina toda esta estructura corrupta que hoy está llevando a la debacle a uno de los centros educativos oficiales más importantes del caribe colombiano?

Hemos venido insistiendo en cómo el fenómeno de la corrupción lo podemos asociar a la idea de un fractal, partiendo del hecho que un gran acto de corrupción está soportado por actos de corrupción menores, que a la vez se apoyan en actos corruptos cada vez menores, pero de igual importancia que el más grande. Este concepto nos ha llevado a investigar cuál es el “acto” de corrupción “menor” que soporta todas la ramificaciones, igual que un brócoli (https://corrupcionaldia.com/2018/07/16/la-corrupcion-como-fractal/), de la falta de transparencia y el reinado del comportamiento ilícito y dañino de los dirigentes de la Universidad del Atlántico.

Hemos descubierto que la cepa de este mal está en el Estatuto General de la Universidad del Atlántico, en especial en el Artículo 24 de estos estatutos. Veamos por qué:

El Artículo 24 dice: REPRESENTACIÓN LEGAL: El Rector de la Universidad es la primera autoridad ejecutiva de la institución y su representante legal: será designado por el Consejo Superior. El Rector es de libre nombramiento y remoción, y será evaluado anualmente por el Consejo Superior para establecer su continuidad o no en el cargo.

El cargo de Rector es incompatible con el ejercicio profesional y con el desempeño de cualquier otro cargo público o privado.

 

Este es un artículo, al igual que otros del Estatuto Docente y del Estatuto Estudiantil de esta universidad que detallaremos más adelante, que va en contravía del panorama nacional de la educación superior si analizamos todos los Estatutos Generales de la universidades públicas de Colombia. Desde la más grande y prestigiosa como lo es la Universidad Nacional, hasta la más pobre y pequeña como la Universidad del Amazonas, tienen un estatuto que regula el tiempo de permanencia del rector en el Ama Mater, en años determinados.

Artículo 13 del Estatuto General de la Universidad Nacional de Colombia. Establece un período de tres años.

La Universidad de la Amazonía fijó un período de 3 años para el Rector elegido.

En este Artículo 24 del Estatuto General de Universidad del Atlántico, que es la norma de normas del Alma Mater, encontramos el origen de la enfermedad que padece esta institución. El Rector no tiene tiempo estipulado o reglamentado de permanencia en el cargo, no sabe cuánto va a durar: puede ser una semana, un mes, seis meses, un año, dos años, tres años o más. Todo depende de lo que la coalición mayoritaria del Consejo Superior decida.

Lo anterior conlleva a que la coalición mayoritaria del Consejo Superior tenga en sus manos un arma para mantener amenazado al Rector si no se supedita a sus caprichos y exigencias. Es decir, el Rector termina negociando su permanencia a cambio de lo que este grupo le pida: manejo del presupuesto, contratos, cargos directivos, nombramientos, etc.

La figura del Rector siempre estará secuestrada por la mayoría del Consejo Superior, generando un modelo de gobierno universitario interino, y una estructura fractal de corrupción que se multiplica en cada una de las instancias relacionadas con el presupuesto, los contratos y los nombramientos.

En febrero de 2007, cuando la rectoría de la Universidad del Atlántico estaba a cargo de Ana Sofía Mesa impuesta por el gobierno nacional para sortear la gran crisis que llevó a esta institución al borde del cierre, se dio la coyuntura para cambiar todos los estatutos y ponerse a tono con el concierto nacional universitario. Pero no, la rectora Mesa cambió los viejos estatutos, mas dejó el Artículo 24 igual, tal y como aparece hoy.

Ana Sofía Mesa, ex rectora de la Universidad del Atlántico.

Algunos miembros del Consejo Superior de la Uniatlántico han venido insistiendo en la necesidad de cambiar este artículo y reglamentar el tiempo de permanencia de cada Rector elegido, pero la coalición mayoritaria siempre lo impide. Además, es lamentable que el Consejo Nacional de Acreditación, CNA, entidad que acredita los programas y las instituciones universitarias en Colombia, no haya recomendado a la Universidad del Atlántico modificar o reformar este artículo 24 que tanto daño le hace a la academia, a las finanzas de la institución y al gobierno universitario.

Como ejemplo claro del daño que este Artículo 24 del Estatuto General de la Universidad del Atlántico, le hace a la institución analicemos lo sucedido en las pasadas elecciones de Rector, en donde después de muchos meses de ires y venires resultó ganador Carlos Prasca Muñoz, pieza clave de la casa Char para tomarse la universidad.

EL CONSEJO SUPERIOR

El Consejo Superior está conformado por nueve miembros, así:

  1. El gobernador del departamento del Atlántico, en este caso Eduardo Verano de la Rosa, quien llegó de nuevo a ese cargo con el respaldo de Alejandro Char, entonces candidato a la alcaldía de Barranquilla por Cambio Radical.
  2. El (La) ministro (a) de educación o su delegado. En este momento estuvo la ministra barranquillera de Cambio Radical Yaneth Giha Tovar.
  3. Un representante del Presidente de la República, que en este caso estuvo a cargo de la vice ministra de educación Natalia Ruíz.
  4. Un representante de las directivas académicas de la universidad, El decano de arquitectura Wilson Anichiarico.
  5. Un representante de los docentes, el profesor Roberto Figueroa Molina.
  6. Un representante de los estudiantes, Jonathan Camargo.
  7. Un representante de los egresados, Leyton Barrios, capitán político de las toldas del senador Arturo Char.
  8. Un representante del sector productivo, César Lorduy, hoy representante a la Cámara, fórmula del senador Arturo Char.
  9. Un representante de los exrectores, Antonio Vallejo Morales.

El representante de los egresados, Leyton Barrios fue quien presentó el nombre de Carlos Prasca Muñoz, un desconocido en el mundo de la educación superior y nulo en materia de investigación académica y producción de ideas (libros y artículos especializados), pero bastante curtido en la administración de planteles técnicos y conocedor de los avatares de la secretaría de educación del departamento, y afecto al entorno del alcalde distrital de Barranquilla Alejandro Char.

Con estas claves el lector puede de inmediato ordenar la coalición mayoritaria que se encargó de nombrar el nuevo rector de la universidad del Atlántico. Veamos si coincidimos:

  1. El gobernador Verano de la Rosa
  2. La ministra de educación Yaneth Giha
  3. La viceministra Natalia Ruiz
  4. El representante de los egresados, Leyton Barrios
  5. El representante del sector productivo, César Lorduy

Históricamente la universidad viene padeciendo este tipo de juegos politiquero para elegir Rector, quien de facto cae en las garras de la coalición mayoritaria para reproducir el mismo esquema de corrupción que la mantiene estancada en comparación con el desarrollo que han alcanzado instituciones parecidas en otros departamentos.

Esta coalición mayoritaria va detrás del gran botín que significa el presupuesto de la universidad que en estos momentos sobrepasa los $300 mil millones de pesos, detrás de los recursos de la estampilla pro-ciudadela que hoy tiene un acumulado mayor de $60 mil millones de pesos, y detrás de los giros de la CREE del valor agregado recogido anualmente y destinados a la educación superior que llegan a $14 mil millones de pesos.

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