Seis contratos por bienestar social fueron publicados después de que venció la etapa de observaciones: un mecanismo diseñado para garantizar que el negocio ya tuviera dueño antes de que nadie pudiera preguntar nada
«La corrupción no solo se denuncia, se disecciona.»
EL DÍA QUE EL RELOJ LES ROBÓ LA VOZ A LOS ATLANTICENSES
Era lunes 9 de febrero de 2026. Usted estaba en casa pasando el guayabo de la Guacherna y el Santoto. El ritmo de la marimonda todavía le zumbaba en los oídos. Las calles de Barranquilla seguían oliendo a carnaval. Pero mientras usted descansaba, en la Gobernación del Atlántico se estaba ejecutando con frialdad quirúrgica una de las maniobras contractuales más cínicas que ha registrado el SECOP II en lo que va de este gobierno.
Seis procesos de contratación bajo Régimen Especial —identificados en el portal oficial como RE-0039 a RE-0044 de 2026— fueron publicados en el Sistema Electrónico de Contratación Pública entre las 4:57 y las 5:43 de la tarde. El detalle que lo convierte en escándalo: el plazo para que cualquier ciudadano o empresa presentara observaciones había vencido a las 4:00 de la tarde. Entre 57 minutos y una hora con 43 minutos después de que la puerta de la participación ciudadana fue cerrada, la Gobernación del Atlántico publicó los documentos. $6.000 millones de pesos en seis contratos. Y al día siguiente, $571 millones más en el mismo formato. Todo mientras el Atlántico dormía el sueño de la fiesta.
Esto no es un descuido administrativo. Esto es arquitectura de la impunidad. Bienvenidos a la Trampa del Reloj, el mecanismo favorito del gobierno de Eduardo Verano de la Rosa para garantizar que los contratos lleguen con el dueño ya asignado.
EL MECANISMO EXPUESTO: CUANDO PUBLICAR ES ENGAÑAR
Verificación en fuente oficial — SECOP II (Portal Colombia Licita / Datos.Gov.Co)
Los seis procesos no son una ficción de la denuncia de la lideresa María Bolívar. Son contratos verificables, consultables ahora mismo en el portal oficial. Lo que la investigación confirmó:
| Proceso | Objeto | Valor | Hora de publicación (SECOP II) | Minutos de retraso |
|---|---|---|---|---|
| RE-0039-2026 | Acciones para adolescentes y jóvenes — enfoque étnico | $410.000.000 | 4:58 PM | 58 minutos |
| RE-0040-2026 | Promoción de buenos hábitos alimenticios | $1.090.000.000 | 4:57 PM | 57 minutos |
| RE-0041-2026 | Acompañamiento social a hogares vulnerables | $800.000.000 | 4:59 PM | 59 minutos |
| RE-0042-2026 | Inclusión social — personas con discapacidad | $800.000.000 | 5:00 PM | 60 minutos |
| RE-0043-2026 | Bienestar de personas mayores | $1.500.000.000 | 5:01 PM | 61 minutos |
| RE-0044-2026 | Derechos niños, niñas y asistencia nutricional | $1.400.000.000 | 5:43 PM | 103 minutos |
| TOTAL | $6.000.000.000 | Promedio: 79 min tarde |
Fuente directa: SECOP II — Departamento del Atlántico, registros colombialicita.com, confirmados en datos.gov.co. Documentos internos de cada proceso identificados como: INVITACION RE-003X-2026.pdf, EP RE-003X-2026.pdf
El resultado es matemáticamente incontrovertible. No fue uno. No fue dos. Fueron seis procesos consecutivos, todos con el mismo patrón: la etapa de observaciones se abre formalmente en el cronograma, pero los documentos que le permiten al ciudadano ejercer ese derecho se publican cuando la etapa ya había muerto. La forma existe. El contenido, no. Es la simulación de la legalidad elevada a política institucional.
Y como si la trampa del reloj no bastara, la Gobernación agregó otro torniquete: solo 24 horas para presentar propuestas técnicas, financieras y jurídicas completas. ¿Alguien cree que una entidad legítima, que no conocía de antemano el pliego de condiciones, puede armar en un día un plan de gestión de calidad, una propuesta técnica rigurosa y la documentación jurídica exigida? La respuesta es no. Ese plazo no está diseñado para recibir propuestas: está diseñado para blindar la propuesta que ya existe.
Porque claro, «transparencia y selección objetiva» suena mucho mejor que «ya sabemos quién va a ganar«.

LOS ACTORES Y SUS ROLES: EL PATRÓN QUE NO ES ACCIDENTE
Esto no ocurre en el vacío. Ocurre dentro de un sistema que lleva construyéndose décadas. Eduardo Verano de la Rosa no es un gobernador imprudente que descuida los horarios de publicación de contratos. Es un operador político experimentado, en su tercer mandato como gobernador del Atlántico (2008-2011, 2016-2019, 2024-2027), con décadas de oficio en la maquinaria del Estado.
El patrón de los contratos en horarios de asueto o celebración no es nuevo. El 31 de diciembre de 2019, último día de su segundo mandato, Verano firmó la Resolución 000168, que entregó $14.180 millones de regalías agroindustriales a la fundación Funcesi, cuyos beneficiarios fueron ópticas, clínicas neurológicas y agencias de publicidad —79 de las 82 empresas no tenían relación con la agroindustria, según la Contraloría General de la República. El hallazgo fiscal: $14.180 millones con presunta incidencia disciplinaria. Verano dijo que iba a «recopilar información». Cinco años después, sigue recopilando.
En su tercer mandato, el patrón se repite. Los contratos RE-0039 a RE-0044 no son los primeros con sabor a reparto acordado. En enero de 2026, la Fiscalía General de la Nación ya había imputado a dos exfuncionarios de la Gobernación del Atlántico —Jorge Luis Sampayo Herrera y Gertrudis María Peralta Vásquez— por irregularidades en la adjudicación de un contrato para suministrar 200 cascos para lanchas pesqueras, donde una fundación sin capacidad técnica ganó gracias a un RUP con información falsa ante la Cámara de Comercio de Barranquilla. Delitos imputados: contrato sin cumplimiento de requisitos legales y falsedad ideológica en documento público. Fuente: Infobae Colombia, febrero 2026.
¿Quién respalda este sistema? La respuesta no sorprende a nadie que conozca la política del Caribe colombiano: el Clan Char, la dinastía política que controla Barranquilla y el Atlántico desde hace más de dos décadas. Fuad Char, su hijo Alejandro —tres veces alcalde de Barranquilla— y la red de operadores que incluye a secretarios de despacho, rectores universitarios impuestos con documentos cuestionados, y supervisores de contratos que no supervisan. Verano cedió a Char $78.000 millones por un convenio de seguridad. La relación no es política: es simbiosis extractiva.
La calificación independiente de corrupcionaldia.com sobre los primeros dos años de gestión de Verano lo ubica en 3.7 sobre 10: gestión MEDIOCRE-CRIMINAL. Sistema de salud colapsado, aumento del 128% en homicidios en el primer trimestre de 2025, rector de la Universidad del Atlántico elegido con certificaciones presuntamente falsas y con aval del propio gobernador. Un Secretario de Educación imputado por irregularidades en el PAE —al que Verano volvió a nombrar. Todo documentado. Todo verificable.
EL IMPACTO REAL: LOS QUE PAGAN EL PRECIO DE LA TRAMPA
Lea los objetos de los seis contratos y luego dígame que esto no duele:
- RE-0039: Acciones para adolescentes en situación de vulnerabilidad.
- RE-0040: Educación nutricional en poblaciones vulnerables.
- RE-0041: Acompañamiento a hogares en condición de pobreza.
- RE-0042: Inclusión social para personas con discapacidad y sus cuidadores.
- RE-0043: Bienestar de personas mayores —salud mental, apoyo psicosocial.
- RE-0044: Protección de derechos de niños, niñas y asistencia nutricional.
Ahí están. Los seis contratos utilizan como escudo a los grupos más vulnerables del Atlántico: los niños con hambre, los adultos mayores solos, los jóvenes sin oportunidades, las personas con discapacidad. El argumento es noble. El procedimiento, una burla.
Mientras la Gobernación alega en sus discursos ser «consciente de los problemas» de saneamiento, nutrición y bienestar, los barrios como La Pradera siguen sin agua potable confiable, con déficit de saneamiento básico que el propio Plan de Desarrollo departamental reconoce. El saneamiento sigue siendo una promesa. Los niños siguen con hambre. Y los contratos para atender esa realidad se adjudican en secreto, en horario de guayabo, a quien ya los tenía bajo el brazo.
No hay seis problemas sociales distintos aquí. Hay un solo libreto, contado con seis títulos distintos, para atomizar los recursos en montos que eviten los umbrales de los controles más rigurosos y garantizar que el dinero fluya hacia los operadores de siempre —esas entidades del «régimen especial» que no necesitan licitación y que rara vez rinden cuentas con la precisión que exigiría una selección competitiva real.
El Programa de Alimentación Escolar (PAE) del Atlántico ya tiene un prontuario documentado: el exsecretario de Educación Dagoberto Barraza fue imputado por irregularidades en ese programa durante el mandato anterior de Verano (2016-2019) y recibió casa por cárcel. Verano lo volvió a nombrar en el mismo cargo. El mensaje institucional es cristalino: robarle la comida a los niños no tiene consecuencias en el Atlántico.
Entonces, ¿qué garantiza que estos seis contratos —diseñados para niños, ancianos y personas con discapacidad— no terminen siendo otro ciclo secreto donde los recursos se convierten en botín, en votos y luego en más contratos?
La respuesta honesta es: nada, si los entes de control siguen mirando hacia otro lado.
ANÁLISIS JURÍDICO: LO QUE DICE LA LEY Y LO QUE DICE EL SECOP
Los principios constitucionales violados
La Ley 80 de 1993 —Estatuto General de Contratación de la Administración Pública— establece en su Artículo 23 los principios que deben regir toda actuación contractual: transparencia, economía, responsabilidad, selección objetiva y planeación. La Ley 1150 de 2007 los refuerza con disposiciones específicas sobre publicidad y participación.
El principio de transparencia no es solo que los documentos aparezcan en algún momento en el SECOP. Exige que los documentos sean publicados con suficiente anticipación para que los interesados puedan ejercer realmente su derecho a conocer, observar y participar. Publicar los documentos de un proceso después de vencida la etapa de observaciones convierte la transparencia en teatro. Formalmente, la etapa existió en el cronograma. En la práctica, fue anulada.
El principio de selección objetiva (Art. 5, Ley 1150/07) exige que la selección del contratista obedezca a los factores de evaluación establecidos previamente. ¿Cómo puede haber selección objetiva cuando el plazo de propuestas es de 24 horas y los documentos llegan al sistema cuando ya nadie puede objetarlos? No puede. Por definición, cuando el tiempo es insuficiente para preparar una oferta competitiva, la competencia es ficticia.
El principio de planeación —reconocido por el Consejo de Estado en múltiples providencias— exige que los procesos contractuales sean el resultado de estudios previos rigurosos y cronogramas razonables. Publicar seis contratos el mismo día festivo, con cronogramas de observaciones vencidos antes de la publicación de los documentos, es la antítesis de la planeación.
El principio de igualdad (Art. 13 CP) garantiza que todos los proponentes tengan las mismas oportunidades. Cuando solo quien tiene el contrato «bajo el brazo» puede presentar una propuesta técnica completa en 24 horas, la igualdad es una ficción constitucional.
El Régimen Especial: un escudo que no es carta blanca
Los seis contratos se tramitaron bajo «Régimen Especial», una modalidad que permite flexibilidad en los procedimientos de selección. Pero esa flexibilidad tiene límites precisos: el Artículo 13 de la Ley 80 de 1993 establece que incluso en los regímenes especiales se deben respetar los principios de la función administrativa del Artículo 209 de la Constitución Política —igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.
La Agencia Nacional de Contratación Pública (Colombia Compra Eficiente) ha señalado en múltiples conceptos (ver Concepto C-359 de 2024 y C-1581 de 2025) que los plazos para presentar y resolver observaciones deben ser razonables y suficientes para garantizar participación real. El régimen especial no es una patente de corso para cerrar procesos, ni una licencia para convertir la contratación pública en un reparto privado.
Los delitos que podrían configurarse
Artículo 410 del Código Penal — Contrato sin cumplimiento de requisitos legales:
«El servidor público que por razón del ejercicio de sus funciones tramite contrato sin observancia de los requisitos legales esenciales o lo celebre o liquide sin verificar el cumplimiento de los mismos, incurrirá en prisión de cuatro (4) a doce (12) años…»
Los funcionarios que diseñaron los cronogramas con la «trampa del reloj» —publicando documentos después de vencida la etapa de observaciones— están tramitando contratos sin observar los requisitos legales esenciales de publicidad y participación que exige el sistema de compras públicas colombiano. La conducta es activa: no es un descuido, es un diseño.
Artículo 413 del Código Penal — Prevaricato por acción:
«El servidor público que profiera resolución, dictamen o concepto manifiestamente contrario a la ley, incurrirá en prisión de cuarenta (40) a noventa (90) meses…»
Si los funcionarios firmaron los actos administrativos que abrieron y cerraron los procesos sabiendo que los cronogramas eran manifiestamente contrarios a los principios de la Ley 80/93 y la Constitución, la conducta podría configurar prevaricato por acción. La palabra clave es «manifiestamente»: no hay interpretación jurídica posible que valide publicar documentos de un proceso contractual después de vencida la etapa de observaciones.
Artículo 414 del Código Penal — Prevaricato por omisión:
«El servidor público que omita, retarde, rehúse o deniegue un acto propio de sus funciones, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a noventa (90) meses…»
El gobernador Verano, como máxima autoridad administrativa del Departamento del Atlántico, tiene el deber funcional de garantizar que la contratación de su despacho se ajuste a la ley. Si conocía —o debía conocer— estos cronogramas irregulares y no actuó para corregirlos, su omisión podría configurar el tipo penal del Artículo 414.
¿Dónde están los entes de control?
La pregunta que nadie en el Atlántico se atreve a responder en voz alta. La Contraloría Departamental del Atlántico ya tiene en su haber el plan de adquisiciones 2026 en SECOP. La Procuraduría General de la Nación tiene competencia disciplinaria sobre todos los funcionarios involucrados. La Fiscalía ya imputó en febrero de 2026 a exfuncionarios de la misma Gobernación por contratos irregulares de lanchas pesqueras.
¿Cuántos miles de millones más necesitan para intervenir con decisión en los contratos RE-0039 a RE-0044? ¿Cuántos cronogramas con horas amañadas hacen falta para que alguien en Bogotá decida que el Atlántico ya superó su cuota de impunidad?
La lideresa María Bolívar lo preguntó desde sus redes sociales con una claridad que los medios tradicionales del Caribe no se han atrevido a replicar: «¿Dónde están los diputados de este departamento? ¿Dónde están la Contraloría y la Procuraduría Nacional?»
La respuesta, por ahora, es el silencio. Y en la política colombiana, el silencio de los que deben vigilar es la coartada perfecta de los que roban.
EL SISTEMA QUE LO PERMITE: LA IMPUNIDAD COMO ECOSISTEMA
Lo más perturbador de los contratos RE-0039 a RE-0044 no es el monto. No son $6.000 millones, que en el Atlántico de Verano son casi calderilla comparados con los $14.180 millones del caso Funcesi o los $108.000 millones de pasivos en salud. Lo más perturbador es la normalidad con que opera el mecanismo.
Porque esto ya pasó antes. El 31 de diciembre, en los días festivos, en las horas muertas del carnaval. La Gobernación del Atlántico ha convertido los calendarios culturales del departamento en su mejor aliado logístico. Mientras la ciudadanía celebra, baila o descansa, los contratos se cocinan. La Guacherna se volvió coartada. El Año Nuevo, pretexto. El guayabo, la hora perfecta para el negocio.
El politólogo Alejandro Nieto, en su obra El desgobierno de lo público, describe con precisión quirúrgica este fenómeno: los Estados capturados por élites políticas no fracasan por ineficiencia accidental. Fracasan por diseño deliberado. El aparato público se convierte en «obstáculo para la justicia, la eficacia y la equidad» no porque los funcionarios sean incapaces, sino porque son demasiado capaces —en el arte de la corrupción institucionalizada.
Eduardo Verano fue reelegido en 2023 con 535.000 votos. Medio millón de atlanticenses. El sesgo cognitivo del statu quo —esa tendencia a preferir lo conocido, a no cambiar porque el esfuerzo parece demasiado arriesgado— es el combustible del sistema. Saber que el gobernador ya estuvo investigado, que sus colaboradores tienen prontuarios, que los contratos huelen a reparto, y votar igual. No por convicción: por resignación. O, peor, por dependencia.
Pero la resignación, como bien señala el análisis de Corrupción Estructural, no es neutralidad: es complicidad pasiva. Cada voto que premia la impunidad es una factura que paga el niño sin nutrición, el adulto mayor sin apoyo psicosocial, el joven vulnerable sin oportunidades. Los mismos que aparecen en los objetos de los contratos RE-0039 a RE-0044 como justificación del gasto.
LA PREGUNTA QUE EL ATLÁNTICO DEBE HACERSE
El lunes 9 de febrero de 2026, entre las 4:57 y las 5:43 de la tarde, seis contratos por $6.000 millones fueron publicados en el SECOP II cuando nadie podía ya objetarlos. Al día siguiente, $571 millones más en el mismo formato. Los datos están en el portal. Los documentos tienen nombres: RE-0039, RE-0040, RE-0041, RE-0042, RE-0043, RE-0044. Las horas están registradas. Los objetos contractuales invocan a los niños, a los ancianos, a los discapacitados.
Y Eduardo Verano de la Rosa tiene dos opciones: salir a dar la cara y explicar por qué seis procesos fueron publicados después de vencida la etapa de observaciones, o confirmar en silencio lo que los documentos ya gritan: que la contratación en el Atlántico tiene dueño, tiene horario y tiene nombre.
La Contraloría, la Procuraduría y la Fiscalía tienen ahora sobre la mesa un caso documentado, verificable en fuente oficial, con evidencia cronológica incontrovertible. La pregunta ya no es si hubo irregularidades. La pregunta es si alguien va a hacer algo al respecto.
Y a ustedes, atlanticenses, les pregunto lo mismo que les pregunta este análisis cada semana: ¿Hasta cuándo el guayabo va a ser la hora perfecta para que les roben? ¿Hasta cuándo la fiesta de unos va a ser el negocio de otros?
La corrupción no se detiene sola. Y el silencio, en este departamento, ya demostrado que es un lujo que no podemos seguir permitiéndonos.
Este artículo es parte de la serie «Anatomía del Poder» de corrupcionaldia.com. Si tiene información adicional sobre los contratos RE-0039 a RE-0044 de 2026 de la Gobernación del Atlántico, puede contactar a la redacción a través de los canales seguros del portal.



