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Por: Jan Slodvak

El 23 de agosto presentó la Contraloría General de la República un informe de auditoría sobre el cumplimiento de las autoridades ambientales en el proceso del proyecto hidroeléctrico Ituango, entre las que incluye el MAAS, ANLA, CorAntioquia y Corpourabá. Se trataba en la mencionada auditoría comprobar si los pasos ambientales con sus procedimientos técnicos se habían cumplido por parte de la Empresas Publicas Municipales de Medellín y las citadas autoridades ambientales.

El informe tiene la nomenclatura CGR-CDMA No (021) y tiene la bicoca, por lo denso e investigado, de 442 páginas. Lo presentado al interior del análisis es demoledor y confirma todas las suspicacias que se habían presentado a causa de la emergencia del proyecto, todavía en ciernes, dejando muy mal paradas no solo a la cúpula de la EPM sino de los directivos de las diversas entidades ambientales a quienes por competencia nacional o territorial, tienen injerencia en el cuestionado proyecto.

Sea lo primero señalar —y es una evidente anormalidad por los conflictos éticos y jurídicos que de allí se desprenden— de la doble condición de propietaria de un 50% del accionariado y de empresa constructora. Veamos: EPM es socia de Hidroituango como señalamos con el 50%, sociedad que suscribió un contrato tipo BOOMT (build, operate, own, mantain and transfer) que significa que la EPM se obliga hacer inversiones para financiar, construir, operar, mantener y entrar en operación.

El informe muestra que en realidad no hubo estudios ni diseños claros y suficientes al Ministerio del Medio Ambiente y al de Vivienda y Desarrollo Territorial, por lo que el proyecto se inició sin gran parte de esta sustentación legal aprobatoría que se fue incorporando a medias mientras avanzaban las obras. Toda una irresponsabilidad técnica y un abierto desafío a la legislación.

Pasaron por alto, y eso lo dice el informe de auditoría de la Contraloría, que el territorio en donde se ubicó la presa tiene 11 fallas geológicas, por lo que durante el desarrollo de las obras –allí se puede evaluar su nivel de improvisación- tuvo 12 modificaciones a la licencia ambiental, concluyendo el ente de control que el 90% de las obras fueron construidas sin la debida autorización del ANLA (Autoridad Nacional de Licencias Ambientales).

Es un proyecto, desde esta perspectiva, con ilegalidad ambiental en donde se pueden desglosar una serie de precisas variables:

  1. No se hicieron los impactos ambientales de contaminación de las corrientes subterráneas de agua.
  2. No se previeron los cambios en la dinámica fluvial del río Cauca.
  3. No se tuvieron en cuenta las incidencias de la muerte y desplazamiento de las especies faunísticas.
  4. Ignoraron los sistemas culturales de la población afectada.
  5. Desconocieron los procesos en donde podría verse afectada por eventualidades del proyecto la infraestructura.

Frente a todas las irregularidades anteriores, decidieron calificar en los estudios pertinentes presentados por EPM como poco o medianamente significativo, lo que en plata blanca quiere decir que desdeñaron riesgos, fauna, población, geología y tratamiento del agua. Casi nada.

Además dice también el informe que no hubo auditoría del proyecto y un seguimiento integral en las diversas etapas de su desarrollo, lo cual equivale a decir que actuaron libres como el viento y con absoluta y desenfadada ceguera. No es casual por ello que la Contraloría General de la Republica diga que “la empresa Hidroituango perdió el control hidráulico del proyecto” lo que se puede apreciar en varios hechos del Informe de Diligencia Debida:

  1. Probabilidad de falla estructural de la presa ante la generación de onda por derrumbes en el vaso. Aumento de volumen de agua, aumento de presión.
  2. No se evaluaron la probable magnitud y extensión del daño.
  3. No se tuvo en cuenta la integridad y estabilidad actual del macizo de margen derecha.
  4. No tuvo operatividad el funcionamiento hidráulico del vertedero

Hallazgos

En total la Contraloría General de la Republica encuentra 35 hallazgos, algunos con carácter sancionatorio disciplinario y otros penales. Todos ampliamente documentados con informes, visitas de campo, fotografías, evaluaciones y análisis, en donde además también se encuentran los correspondientes descargos de los implicados.

En general, para no parecer dispendiosos en la enunciación de cada uno de los hallazgos, estos tienen relaciones con licencias no cumplidas o no otorgadas; falta de rigor técnico en la viabilidad del proyecto, inicio de obras sin permiso ambiental, falta de cumplimiento de requisitos para solicitar o modificar las licencias ambientales, otorgamiento o modificación de las licencias sin los estudios de detalle o soportes, tramites de sustracción de las licencias ambientales, falta de seguimiento a las modificaciones y aprovechamiento de los recursos naturales, plan de compensaciones seguimientos y avance, oportunidad a la compensación forestal, diagnostico ambiental de alternativas, diseño y construcción de túneles de desvío con implicaciones penales, ejercicio nulo de control a los derechos de petición, modificaciones al plan de inversiones, implementación del plan de manejo ambiental, acumulación de material vegetal en el río Cauca con carácter penal, un programa ictico valorando las especies en riesgo, acumulación de material de excavación sobre quebradas y vías, degradación del suelo, solicitud de audiencia pública de seguimiento, seguimiento a las afectaciones en materia de salud, verificación de las eficacia de las medidas del componente social, cumplimiento del derecho fundamental a la consulta previa, control y seguimiento de los informes de cumplimiento ambiental y un plan de contingencia –con implicaciones penales- pues no se tuvo en cuenta que en circunstancias de siniestro el caudal máximo del río Cauca sería de 25.000 metros cúbicos por segundo en un área de influencia de 182 kilómetros que llega hasta La Mojana, en el departamento de Sucre.

Desmienten estos hallazgos el mito de empresa eficiente y de juego limpio de la multinacional EPM, sus socios y en general de la alta dirigencia antioqueña implicada en el proceso de desarrollo del proyecto Hidroituango que es un verdadero modelo de cómo no se deben diseñar ni construir este tipo de presas y que confirma; el informe auditor lo muestra con profunda claridad conceptual, que no les interesaron las poblaciones afectadas, ni las voces disidentes sobre la perdurabilidad y utilidad del proyecto, desdeñando su inconformidad e incluso reprimiéndola con la fuerza a través del ESMAD y el asesinato selectivo por parte de grupos de la delincuencia organizada.

A estas alturas nadie sabe si finalmente la represa Hidroituango entrará en funcionamiento, si las obras son solo para mitigar lo que parecía un inminente colapso y como se reparará, después de este devastador informe auditor de la Contraloría General de la Republica, el irreversible daño hecho al caudal del río Cauca, a la fauna y a las poblaciones en el área de influencia del proyecto que continúan todavía en estado de alerta.

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