Por: Adlai Stevenson Samper
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Historia del hotel y sus propietarios
Decía Gregorio Obregón Arjona, accionista y creador del hotel El Prado, en tono de irónico reproche, que esa maravilla de edificio, un icono patrimonial de Barranquilla, nunca había sido un buen negocio. Las razones plenas las sustentaba en que siendo prestigioso industrial propietario de la primera gran industrial de su género en Colombia, Textiles Obregón y accionista de la empresa de electricidad —en compañía con Electric Bond & Share Co.— hubiese aterrizado en el precario sector hotelero de entonces bajo la égida de una propuesta en tal sentido de la Compañía Urbanizadora del Prado para consolidar su proyecto barrial en ciernes.
No escatimaron gastos en la magnitud de la obra. Para efectos de su diseño contrataron en el exterior a un especialista en hoteles tropicales, el arquitecto Burdette Higgins que presto, manos a la obra en el lote concedido, se dedicó durante varias semanas a plantar banderitas que flameaban ante las brisas en la búsqueda de una forma de diseño que permitiese una amplia ventilación ante los rigores del clima tropical. Lo resolvió en similar esquema de una especie de muro de contención, un “abrazo”, que recogiera los vientos y los distribuyera generosamente en su interior refrescando las diversas estancias.
Allí, en los salones del hotel pintó Alejandro Obregón –uno de los hijos de los fundadores— por lo menos dos murales, destruidos por el mismo pintor con una salvadora capa de pintura blanca ante críticas desafortunadas sobre la factura estética de su obra.
El hotel se inauguró el 15 de febrero de 1930.
Hoteles Intercontinental, Panamerican Airways y Avianca
En esta parte de la historia del Hotel El Prado hay que incluir a la aerolínea SCDTA (Sociedad Colombo Alemana de Transportes Aéreos) fundada en Barranquilla en 1919 por socios alemanes y colombianos, manejada por el austriaco Peter Von Bauer. Desde 1931, casi en forma subrepticia, hizo un acuerdo con Juan Terry Trippe fundador y presidente de la aerolínea norteamericana Pan American Airways, quedando con el 84% de las acciones de Scadta que después, desde el 20 de julio de 1939 tras un anuncio del presidente Eduardo Santos, fusionaría el Servicio Aéreo Colombiano (SACO) con SCADTA, naciendo de tales proposiciones la actual Avianca.
En un desayuno informal de negocios en 1945 entre el presidente de USA Franklin Delano Roosevelt y Juan Trippe, presidente de Panamerican Airways, llegaron a la conclusión de una activación del turismo como actividad generadora de economías en América latina promoviendo hoteles de lujo en ciudades claves y Barranquilla, en ese momento histórico, era una de ellas.
La familia Obregón tenía acciones y relaciones sociales con algunos de los socios locales de Avianca, controlada en un 84%, como señalamos, por Panamerican, la empresa de Trippe, así que cuando éste funda el 3 de abril de 1946 la cadena Intercontinental, el Hotel El Prado quedaba servido para que desde 1950 fuese operado por dicha empresa. Allí se alojaban pilotos, tripulación, turistas y empresarios transportados por sus empresas aéreas Avianca y Panamerican.
De esa época de concesión de operaciones del hotel El Prado se recuerdan la rotación de sus gerentes extranjeros, la presencia de artistas internacionales para los negocios de valor agregado de la cadena hotelera como bares, restaurantes y salones de fiestas que en el caso local fueron actuaban en el bar Pivijay, el patio Andaluz, Noches de Cumbia en los jardines tropicales, el salón Magdalena, Empanadas Bailables y los domingos de playa en la sede marina de Pradomar amenizados por la orquesta de Pacho Galán.
Panamerican Airways, antes de declararse en quiebra y desaparecer, había vendido el 19 de agosto de 1981 sus hoteles Intercontinental a Grand Metropolitan. Para esa misma temporada, el hotel El Prado se había desafiliado a esa cadena.
Los nuevos dueños
Los lotes de terreno donde se encuentra edificado el hotel El Prado fueron adquiridos por las sociedades Compañía Hotel El Prado S.A., en liquidación a Urbanizadora del Prado mediante la escritura pública No. 1581 del 13 de agosto de 1927 otorgada en la Notaria Primera de Barranquilla.
En la década de finales de los setenta, en el auge del comercio internacional de marihuana, algunos grupos que controlaban estos negocios intentaron sin éxito, la compra del hotel. Ante el aparente fracaso de la operación, construyeron a mínima escala de El Prado en una réplica de arquitectura de arcadas españolizantes y estuco blanco, el Apartotel El Golf.
Fue en ese tiempo que fracasó la construcción de una torre comercial sobre la calle 72 cuando cayendo aparatosamente y sepultando a los trabajadores que allí laboraban. El hotel tenía problemas económicos por su ocupación y era evidente el deterioro de sus instalaciones hasta que fue vendido a Promociones y Construcciones del Caribe Limitada mediante la escritura pública No. 3604 del 21 de agosto de 1987 otorgada en la Notaria 21 de Bogotá.

Esta empresa, de Sheila Nasser de Arana, quien terminó procesada y extraditada por narcotráfico y lavado de activos, compró el hotel en 7 millones de dólares (El Tiempo, 20 julio 1998). Para la Fiscalía el costo del hotel en 1998 estaba por encima de los $16.000 millones de pesos. Durante la gestión de «doña» Sheila, como era llamada por los trabajadores y conocidos, el hotel recuperó su antiguo esplendor adecuándose los jardines, mueblería, habitaciones, espacios sociales, se construyó la torre ejecutiva, el proyecto de un parqueadero sin construir en el lote de la calle 70 con carrera 55 y los exteriores, que incluyeron siembra de césped en los bulevares cercanos y palmeras.
Sobre los activos de la empresa propietaria del hotel se inició una acción de extinción de dominio que culminó cuando el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Descongestión de Bogotá, mediante Sentencia de 19 de abril de 2005, declaró la extinción del derecho de dominio en un 100% a la Compañía Hotel del Prado S.A. en Liquidación y su establecimiento de comercio Hotel El Prado. La sentencia fue confirmada en la alzada en segunda instancia por la Sala Pena de descongestión judicial del Tribunal Superior de Bogotá el 9 de enero de 2007.
Tanto la Compañía Hotel del Prado S.A. en liquidación, así como los activos del hotel pasaron al Fondo para la rehabilitación, inversión social y lucha contra el crimen organizado (FRISCO), cuyo administrador es la Sociedad de Activos Especiales SAE, de conformidad con la Ley 785 de 2002.
La Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 22 de la Ley 1558 de 2012 y del artículo 4 del Decreto 2503 de 2012, mediante Resolución No. 653 del 8 de octubre de 2013, modificada parcialmente por la Resolución No.688 del 25 de octubre de 2013, ordenó la entrega del Establecimiento de Comercio denominado Hotel El Prado, en Barranquilla, con matrícula mercantil Nº 8168, ubicado entre las Calles 70 y 72 y las Carreras 54 y 56, que incluye los inmuebles con matrícula inmobiliaria Nº 040—194906, 040—194905, 040—55909, 040— 55910 y 040—55911, así como del inventario de los bienes muebles y enseres de dotación del hotel y la marca registrada, al Fondo Nacional de Turismo (FONTUR) para su administración.
El hotel se salvó de cualquier especie de venta o intervención sobre sus instalaciones por una providencial declaratoria del Ministerio de Cultura (Resoluciones No 1640 de 2004 y No 0087 de 2005) como Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 10 de la Ley 397 de 1997 y el artículo 6 de la Ley 1185 de 2008. Por ello, reiteramos, no sucedió su posible enajenación o venta, razón por la cual FONTUR, por intermedio de la Dirección Nacional de Estupefacientes en Liquidación, solicitó autorización al Ministerio de Cultura para la entrega en concesión del Hotel El Prado, la que fue otorgada mediante Resolución No. 122 del 17 de enero de 2014.
El Fontur
El Fondo de Promoción Turística (FONTUR) fue creado por el artículo 42 de la Ley 300 de 1996. En el 2011 la Ley 1450, en su artículo 40 se estableció al Fondo de Promoción Turística como instrumento para el manejo de los recursos provenientes de la contribución parafiscal para la promoción del turismo, el cual se ceñiría a los lineamientos de la política turística definidos por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Allí se estableció que su carácter es privado, rigiéndose en sus contratos por el Código Civil y el Código de Comercio.
Con la vigencia de la Ley 1558 de 2012, se cambió el nombre Fondo de Promoción Turística por el actual de Fondo Nacional de Turismo (FONTUR). Se ordenó su constitución como patrimonio autónomo asumiendo su administración y vocería por la sociedad Fiduciaria Colombiana de Comercio Exterior S.A. – FIDUCOLDEX S.A., para lo cual se suscribió el Contrato de Fiducia Mercantil No. 137 de 2013, entre el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la fiduciaria a partir del 1 de septiembre de 2013.
En la Ley 1558, llamada también ley de turismo, dispuso en su artículo 22 que los bienes inmuebles incautados o que les fuere extinguido el derecho de dominio debido a su vinculación con procesos por delitos de narcotráfico, enriquecimiento ilícito, testaferrato y conexos, y los que fueron de propiedad de la antigua Corporación Nacional de Turismo, hoy del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, serán administrados o enajenados por el Fondo Nacional de Turismo.
Los bienes administrados por Fontur, entre ellos el Hotel El Prado, se realizan sus intervenciones legales a través de una Gerencia de Bienes, que según información depositada en su página web es un “grupo interdisciplinario conformado por profesionales de distintas carreras afines a la gestión de activos inmobiliarios y la actividad hotelera”.
El portafolio de bienes hoteleros de Fontur lo conforman el Hotel El Prado (Barranquilla), Hostal Doña Manuela (Mompox), Hotel Campestre Las Heliconias (Quimbaya), Hotel Hacaritama (Ocaña), Cotton Tree SPA Providencia, Hotel Sunrise Beach, Hotel Los Delfines, Hotel Maryland, Hotel Marazul (San Andrés y Providencia).
Las disposiciones que le otorga la Ley a Fontur, y su vez a su gerencia de bienes, las presenta el artículo 1° del Decreto 2125 de 2012. Puede; en ejercicio de la administración de estos bienes, celebrar contratos de concesión, arrendamiento, comodato, administración hotelera o cualquier otra modalidad contractual que sirva a los fines de aprovechamiento turístico.
Los primeros operadores que tuvo el hotel tras estos cambios jurídicos no hicieron inversiones. Se dedicaron solo a explotar comercialmente el bien que lenta, silenciosa y perceptiblemente fue cayendo en un deterioro general de sus instalaciones interiores y exteriores, cerrando áreas como el bar Caribe, el restaurante Príncipe Eduardo y el Patio Andaluz.
Estaba lista y servida la perfecta decadencia augurando un pronto final para esta joya emblemática de la hotelería nacional ante la natural alarma de la ciudadanía que se expresaba en redes sociales y medios de comunicación sobre este inminente hecho, movilizando a los jerarcas del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y a Fontur a la toma de decisiones de fondo: buscar unos concesionarios que pudiesen inyectarle inversiones a las instalaciones del hotel, con una suficiente experticia internacional para promoverlo y recuperará sus épocas de esplendor.
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