El caso por el manejo de la Universidad Metropolitana y de la Fundación Hospital Metropolitano de Barranquilla, parece que no llega a su final.

Desde la muerte del fundador de estas entidades, Gabriel Acosta, solo se conocen de enfrentamiento entre los miembros de su familia por la sed de poder y deseos del manejo de estas que generan muchos millones de pesos.

En lo corrido del proceso de los herederos del ex-senador Gabriel Acosta Bendek se ha conocido de amenazas, sindicaciones, imputaciones, recusaciones, tutelas, denuncias, demandas y suspensiones de cargos de magistrados.

Pero las cosas no paran ahí, este medio de comunicación conoció que al parecer existe una verdad real la cual no se había hecho pública y estaría relacionada con una supuesta imputación al fiscal qué conoce del caso.

Según se ha podido conocer la tal citación a imputación al Fiscal 56 Seccional, Gustavo Orozco Pertúz, de la Unidad de Patrimonio Económico, en el caso de la Universidad Metropolitana, al parecer no es más que un falso positivo de los acostumbrados, y la convocatoria a tan serio acto de comunicación, es referente a un supuesto incumplimiento de una resolución de variación de asignación de carpetas, que efectivamente se le dio cumplimiento posterior a la expedición de una resolución que subsanó un error por parte del nivel central.

Presuntamente estaría implicado Luis Fernando Acosta Ossio, y su hermano Juan José Acosta Ossio, actual rector de la universidad metropolitana, y su primo Alberto Acosta Pérez, hijo extramatrimonial del exsenador Gabriel Acosta Bendek (Q.E.P.D).

Después de seis recusaciones sin que les prosperaran, contra el fiscal 56 seccional, por parte de los investigados y judicializados en el caso de la Universidad Metropolitana, no les quedó otra que formularle imputación, a pesar, que dicho actuar resulta ser atípico.

Al fiscal 56 se le obligaría a declararse impedido, fin que están buscando, y así separarlo de seguir conociendo del proceso contra Juan José Acosta Ossio, Alberto Acosta Pérez, Gina Eugenia Díaz Buelvas y María Cecilia Acosta Moreno.

Se habla de seis recusaciones que no prosperaron, y una séptima, siendo idéntica a la penúltima (sexta) que fue resuelta favorablemente al fiscal 56 seccional, desde el mismo nivel central de la Fiscalía General de la Nación, proveniente del Despacho del Dr. Luis González León, Delegado para la Seguridad Ciudadana (Jefe Directo del Director Seccional Atlántico), la declara fundada (séptima) la Dirección Seccional Atlántico, a cargo del fiscal Rodrigo Restrepo Reyes.

De esta manera es separado el fiscal 56 seccional, de la carpeta matriz 080016001257201701150, en la que el ente investigador logró imputar cargos a María Cecilia Acosta Moreno, y a Gina Eugenia Díaz Buelvas, quedando a cargo solamente, de la carpeta 080016000000201800231, producto de la ruptura de la unidad procesal, por imputación que le hiciera a Juan José Acosta Ossio, y Alberto Acosta Pérez.

Esta última carpeta (080016000000201800231) es la que anula ilegalmente el Tribunal Superior Barranquilla, mediante fallo de tutela radicado con el numero interno 2018-00417, con ponencia del Magistrado Demóstenes Camargo de Ávila, quien hizo sala con el Magistrado Jorge Eliecer Mola Capera, recién suspendido por presunta corrupción, y el Magistrado Luis Felipe Colmenares, a quienes el mismo Consejo Superior de la Judicatura les compulsó copia, para que se le abriera investigación ante el mismo organismo.

Este fallo de tutela, fue objeto de impugnación ante la Honorable Corte Suprema de Justicia, esto quiere decir que dicho fallo, no se encuentra debidamente ejecutoriado.

He aquí, donde continua la presunta corrupción de la Dirección Seccional Atlántico y los nueve y tantos fiscales, que integraron el comité técnico jurídico, ordenando el archivo del caso de Juan José Acosta Ossio, y a Alberto Acosta Pérez, el cual, sin conocer el caso, y mucho menos la fiscal convocante, como lo demuestran los oficios dirigidos a los jueces, fue convocado por la fiscal encargada (asistente) Betzaida Guerra Martínez, y comienza la actuación presuntamente delictiva de la Fiscal 58, Dra. Danys De La Cruz, quien al igual que su asistente, no alcanzaron a conocer el caso para asistir a las audiencias convocadas, pero, si para proceder al archivo del caso de Juan José Acosta Ossio, y Alberto Acosta Pérez, sin estar ejecutoriada la sentencia de tutela No. 2018-00417, situación que era de su conocimiento, como de su asistente Betzaida Guerra Martínez, los miembros del comité, y del Director Seccional De Fiscalías.

Archivo ilegal que ha generado la controversia y publicaciones de la última semana, que han utilizado para inculpar vía periodística, a las victimas Carlos Jaller Raad, como al Fiscal 56 Seccional Dr. Gustavo Orozco Pertúz.

Se concluye, con la trazabilidad de la presunta corrupción, iniciándose con una Resolución Espuria de traslado del Fiscal 56 Seccional, y en vista que no lo logran, declaran fundada la séptima recusación, como se explicó en párrafos anteriores, y una vez llegó la carpeta a la Fiscalía 58 Seccional, presuntamente se inició el ITER CRIMINIS, como lo establecen los grandes juristas para archivar a Juan José Acosta Ossio, y Alberto Acosta Pérez, y precluir a María Cecilia Acosta Moreno, y a Gina Eugenia Díaz Buelvas, ya que el escrito de acusación de estas últimas se encuentra radicado ante un Juez de Conocimiento.

Tal parece que las presentes irregularidades, ya tiene conocimiento, el Director Nacional contra la Corrupción, y se estaría a la espera de su pronunciamiento. Prontamente, estaremos haciendo otra entrega, de la realidad procesal, del caso de la Universidad Metropolitana.

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