El Tribunal Superior de Cundinamarca finalmente terminó dándoles la razón a quienes advirtieron que Álvaro Moisés Ninco Daza, no reunía los requisitos de ley para ser embajador de Colombia en México.

Este viernes el Tribunal revocó su nombramiento, tras revisar las demandas promovidas por Adriana Marcela Sánchez y Paloma Valencia. 

«Se declarará la nulidad del Decreto No. 0190 del diez (10) de febrero de 2023 “Por el cual se autoriza la compensación de requisitos y se hace un nombramiento en la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores», se lee en el fallo.  

Según este despacho, en el nombramiento Ninco Daza no se cumplieron los términos de publicación de las hojas de vida de los aspirantes y la administración no respondió a las observaciones que realizó la ciudadanía sobre su hoja de vida. 

«La administración desconoció el término de publicación de las hojas de vida de los aspirantes a ocupar un cargo de libre nombramiento y remoción de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.13.2.3 del Decreto 1083 de 2015, incurriendo en expedición irregular del acto administrativo demandado», se lee en las conclusiones del fallo. 

Respecto a los requisitos necesarios, el alto tribunal recordó que para ser embajador, se debe acreditar como mínimo: 

  • Título profesional
  • Título de posgrado en la modalidad de maestría
  • Setenta y dos (72) meses de experiencia profesional relacionada o título de posgrado en la modalidad de especialización   
  • Ochenta y cuatro (84) meses de experiencia profesional relacionada 

Sin embargo, de acuerdo con las denuncias, Ninco Daza no forma parte de la carrera diplomática y consular, no acreditó un título de posgrado en cualquier modalidad y tampoco demostró experiencia profesional relacionada. Incluso ni siquiera tiene título de pregrado. 

A pesar de la falta de preparación del embajador, en febrero, la Comisión Evaluadora de Méritos de Función Pública apoyándose en la Ley 770 de 2005, que dice que para cargos de libre nombramiento en casos excepcionales se puede compensar los requisitos con «experiencia sobresaliente»– destacó los siguientes méritos: 

La asistencia a un simposio de política y relaciones internacionales organizado por la Sergio Arboleda en 2014. 

La participación en un modelo de Naciones Unidas en la Universidad de la Sabana en 2015, en el cual Ninco fue destacado como «representante sobresaliente». 

Es decir que la sola participación en un par de eventos, le bastó a dos de tres miembros de la comisión para recomendar a la Presidencia de la República que autorizara la compensación de los requisitos establecidos en el Decreto 1083 de 2015. 

La única integrante de esa Comisión que no estuvo de acuerdo con este concepto fue la rectora de la Universidad Nacional de Colombia, Dolly Montoya quien argumento: “No se recomienda avalar la hoja de vida del señor Ninco para que el gobierno colombiano lo nombre como embajador…”, agregando que “el Grupo Efi SAS, la única sociedad que le certificó experiencia laboral de seis meses, por fuera de su labor de asistente en el Congreso, “es una empresa privada de la cual no figura página web”. 

El portal web de periodismo investigativo Cuestión Pública reveló en febrero de este año que se trata de una empresa que fue constituida hace cuatro años, el 29 de enero de 2019, con el nombre de Eficahs SAS, una agencia publicitaria. Según aparece en su hoja de vida, el nuevo embajador de México trabajó allí del 1 de septiembre del 2019 al 31 de marzo del 2020. 

Por eso, hoy el Tribunal termina dándole la razón a la recotra de la Unal. El Tribunal indica que: «Al señor Álvaro Moisés Ninco Daza le era procedente la compensación excepcional de requisitos establecido en los artículos 2.2.2.7.4 del Decreto 1083 de 2015 y 11 del Decreto Ley 770 del 17 de marzo de 2005, al haberse autorizado por la mayoría de la Comisión de Evaluación de los Méritos conformada por quienes eran los competentes». 

Y es que desde noviembre del año pasado, varios fueron quienes advirtieron la falta de experiencia y corta edad (29) del personaje para ocupar tan exigente cargo. 

Según información recolectada por W Radio en esa época, Ninco Daza cursó una carrera en Política y Relaciones Internacionales en la Universidad Sergio Arboleda. Sin embargo, suspendió los estudios en el noveno semestre, justo cuando los estudiantes se enfrentan a la tesis, por lo que nunca obtuvo el título profesional. 

Al cargo de embajador llegó entonces con experiencias laborales trabajando en medios y se hizo conocido en el mundo político tras trabajar en la campaña para revocar al entonces alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa, donde trabajó como community manager y se encargó, entre otras cosas, de dirigir los mensajes importantes de esa campaña de revocatoria. Pero el Gobierno lo mantuvo en el cargo.  

Y más recientemente la Procuraduría General de la República le abrió una investigación disciplinaria por presuntamente incurrir en casos de maltrato laboral contra los funcionarios de esa sede diplomática. 

Una serie de denuncias que se conocieron públicamente coinciden con que Ninco Daza «habría tenido un trato y comportamiento displicente con sus subalternos en diferentes reuniones o conversaciones sostenidas».   

El funcionario anunció que apelará el fallo del Tribunal. 

#EmbajadorRevocado, #TribunalCundinamarca, #IrregularidadesNombramiento, #RequisitosLegales, #ÁlvaroMoisésNincoDaza, #EmbajadaColombiaMéxico, #ProcesoJudicial, #CuestionPublica, #DiplomaciaColombiana, #MaltratoLaboral,

Publicidad ver mapa

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.