Ayer la Corte Suprema de Justicia, fungiendo como el máximo tribunal que investiga y condena a altos funcionarios públicos por sus delitos, le impuso una pena de cinco años de cárcel al destituido gobernador del Cesar, Alberto Monsalve Gnecco por corrupción al sufragante, después de un largo proceso que se le aperturó en el 2012 cuando se desempeñó como gobernador del mismo departamento. 

Es decir, después de haber pasado poco más de 7 años desde que se le abrió la investigación, de terminar su período en el 2015 y de haberse lanzado como candidato al mismo cargo, la Corte sentenció a Gnecco por la irrisoria pena de cinco años y no en centro carcelario, sino en su casa.

Ya se ha vuelto costumbre, que los imputados y luego condenados por casos de corrupción en el país, terminen siendo favorecidos con la figura de la casa por cárcel, lo que sin lugar a dudas termina siendo un mensaje alentador para quienes piensan o se atreven a esquilmar el erario público, pues a la larga, lo que se colige es que el castigo nunca compensará el daño económico y mucho menos será una pena ejemplarizante. 

Otro que por estos días también recibió el beneficio de casa por cárcel, fue el exalcalde de Cúcuta, Ramiro Suárez Corzo, quien abandonó la cárcel La Picota de Bogotá después de otorgársele este beneficio, muy a pesar de haber sido condenado a 27 años de prisión en el 2011, por el asesinato de Alfredo Enrique Flórez (exasesor jurídico de la Alcaldía de Cúcuta). 

La justicia emitió el dictamen el pasado viernes, por lo que el exmandatario (2004-2007) fue trasladado a una vivienda en la capital del país. 

Aún no se ha podido establecer el motivo por el que se le concedió la detención domiciliaria, si fue por el sometimiento a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) o por haber cumplido las tres cuartas partes de la pena.  Pero también se ha dicho que el beneficio de arresto domiciliario es para evitar la propagación del nuevo coronavirus. 

El asesinato de Flores fue perpetrado el 6 de octubre de 2003 por sicarios de las estructuras paramilitares que sembraron el terror en Norte de Santander.  

Esta no es la única investigación que pesa en contra de Suárez. También tiene un proceso que lo vincula por su aparente participación en el asesinato del veedor Pedro Durán Franco (12 de agosto de 2003). 

Uno más que también recibió el beneficio de casa por cárcel, fue el suspendido gobernador de Antioquia, Aníbal Gaviria, detenido por orden de la Fiscalía General de la Nación. Sin embargo, cabe recordar que sobre él aún no pesa condena alguna. 

Pero, el caso por el que se le sigue investigación sucedió hace 14 años por la firma del contrato para la construcción de la Troncal de la Paz, por lo cual el ente acusador lo señala de haber incurrido en posibles delitos de contratación sin cumplimiento de requisitos legales. La Corte Suprema de Justicia confirmó la detención domiciliaria, y Gaviria aseguró que podría acudir a instancias internacionales para demostrar su inocencia. 

Y ni hablar del más comentado caso de corrupción de los últimos tiempos que involucró no solo a Colombia, sino a varios países de América Latina, en el que la multinacional Odebrecht ofreció cuantiosos sobornos para quedarse con millonarios contratos de infraestructura. 

El primer detenido por este caso en el país fue el exviceministro de Transporte del gobierno de Álvaro Uribe Vélez, Gabriel García Morales, quien en marzo también fue beneficiado con la casa por cárcel, tras permanecer recluido en centro penitenciario desde el 2017. 

El exfuncionario, quien permanecía recluido en la cárcel de Corozal (Sucre), fue trasladado por orden de un juez de ejecución de penas a su residencia ubicada en la ciudad de Cartagena (Bolívar). 

Desde allí deberá cumplir su irrisoria condena de cinco años y dos meses de prisión que le impuso un juez tras firmar un preacuerdo con la Fiscalía General. García admitió que recibió un soborno de 6,5 millones de dólares por parte de la multinacional brasilera para favorecerla en la adjudicación del segundo tramo de la Ruta del Sol. 

Finalmente recordar el caso del ex rector de la Universidad Autónoma de Barranquilla, Ramsés Vargas Lamadrid, quien está investigado por un presunto desfalco en esa institución educativa. 

A Vargas, en junio del año pasado, luego de permanecer casi seis meses recluido en la cárcel El Bosque, el juez Sexto Penal del Circuito de Barranquilla decidió concederle la detención domiciliaria y a otros cuatro exfuncionarios, también presuntamente involucrados en el desfalco a esta institución. 

Vargas Lamadrid había solicitado el beneficio de casa por cárcel desde abril de ese año, argumentando que es padre cabeza de familia, pues tiene la custodia de sus tres hijos menores a quienes trajo desde los Estados Unidos cuando se vino a vivir a Colombia. 

El exrector quedó en libertad en mayo de este año por vencimiento de términos, pero sigue vinculado al proceso por concierto para delinquir agravado, falsedad en documento público, enriquecimiento ilícito y corrupción privada. 

Una Ley sin diente para acabar con la casa por cárcel

Y como para afianzar la poca seriedad y contundencia con que en Colombia se asumen los delitos de corrupción, en diciembre del año pasado el presidente Iván Duque anunció con bombos y platillos la sanción de la Ley 2014 en la en sus 10 artículos impone medidas supuestamente más drásticas a quienes cometan delitos contra la administración pública, la administración de justicia y que afecten el patrimonio del Estado. 

Sin embargo, aunque supuestamente elimina la figura de la casa por cárcel a quienes caigan en dichos comportamientos, la ley contempla que la detención preventiva se llevará a cabo en establecimientos especiales o en instalaciones proporcionadas por el Estado, cuando “el hecho punible haya sido cometido por personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, funcionarios y empleados de la Justicia Penal, Cuerpo de Policía Judicial y del Ministerio Público, servidores públicos de elección popular, por funcionarios que gocen de fuero legal o constitucional, ancianos o indígenas”. 

Al respecto, se afirma que la autoridad judicial competente o el Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, según el caso, podrá disponer la reclusión en lugares especiales, tanto para la detención preventiva como para la condena, en atención a la gravedad de la imputación, condiciones de seguridad, personalidad del individuo, sus antecedentes y conducta. 

Es decir, la casa será reemplazada por sitios especiales de confinamiento, lo que deja la posibilidad de que los abogados defensores, ante la falta de esos lugares y de no permitirse el traslado a uno de los centros penitenciarios con que cuenta el país, sencillamente la residencia del indiciado o condenado seguirá siendo una opción, como evidentemente se sigue dando. 

En síntesis, la promulgación de dicha ley tuvo más un sentido de contentillo para quienes promovieron la Consulta Anticorrupción que se hundió en el Congreso que un interés real de imponer sanciones ejemplarizantes a quienes se atreven a robar el erario público.

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