No obstante lo dicho recientemente por el magistrado del Consejo Nacional Electoral, magistrado Hernán Penagos, en el sentido de que solo hasta el 2021 se haría “efectiva la autonomía presupuestal” del CNE, que le otorgó el Decreto 2086 del 19 de noviembre de 2019, en el Presupuesto General de gastos y rentas de la Nación, fue incluido un gasto adicional por $50 mil millones de pesos con destinación específica para el CNE.
Así quedó estipulado en el Decreto 3411 del 30 de diciembre de 2019, (http://www.urf.gov.co/
El CNE hace parte de la Organización Electoral junto a la Registraduría Nacional del Estado Civil, está compuesto por (9) magistrados electos por el Congreso de la República por un periodo de (4) años mediante el sistema de cifra repartidora Artículo 264 Constitución Política Colombiana y uno más delegado de las Farc, de acuerdo con el acto legislativo 03 del 23 de mayo del 2017 y el Auto N° 499/17 de la Corte Constitucional.
Entre sus funciones están las de “Ejercer la suprema inspección, vigilancia y control de la organización electoral. Dar posesión a su cargo al Registrador Nacional del Estado Civil. Conocer y decidir definitivamente los recursos que se interpongan contra las decisiones de sus delegados sobre escrutinios generales y en tales casos hacer la declaratoria de elección y expedir las credenciales correspondientes. Revisar, de oficio, o por solicitud, los escrutinios y los documentos electorales concernientes a cualquiera de las etapas del proceso administrativo de elección con el objeto de que se garantice la verdad de resultados. Servir de cuerpo consultivo del Gobierno en materias de su competencia. Presentar proyectos de acto legislativo y de ley, y recomendar proyectos de decreto. Velar por el cumplimiento de las normas sobre partidos y movimientos políticos y de las disposiciones de publicidad y de opinión política; por los derechos de la oposición y de minorías, y por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías y distribuir los aportes que para financiamiento de las campañas electorales y para asegurar el derecho de participación política”. |
Específicamente –contrario a lo dicho por Penagos– para su funcionamiento se estipuló un rubro de $35.093.830.496 pesos y para gastos de inversión, que antes eran destinados al ítem de la Registraduría, se establecieron $57.952.521.024 pesos, para un total de $93.164.521.024 pesos, lo que equivale un aumento de más de $50 mil millones de pesos para la Organización Electoral.
El aumento en el presupuesto general de ambas entidades se explica de la siguiente manera:
En el 2017, año en que no hubo elecciones, y sin haberse desligado el Consejo Nacional Electoral, el presupuesto total de la Registraduría fue de $579.061.771.997 pesos, incluido el rubro para inversiones que estuvo por el orden de los $50 mil millones de pesos.
Para el año 2020, el presupuesto total de la Registraduría, sin incluir el gasto de inversión fue estipulado en $547.545.521.024 pesos, es decir $31.516.250.976 pesos menos que en el 2017.
De estas cifras es que se deriva el aumento de más de $50 mil millones de pesos para el sector Electoral.
Con estos recursos, se entrará a pagar una planta total de 196 personas más los 10 magistrados que integran el CNE.
Según el magistrado Penagos “ya se hizo la autonomía administrativa y funciona en materia de estructura orgánica y falta la presupuestal que sería a partir de 2021”. En otras palabras, se podría pensar que los recursos que se asignan el próximo año a esta entidad, serán superiores, o sencillamente Penagos se equivocó en las fechas pues según dijo al periódico Nuevo Siglo el 29 de diciembre, que esta situación se habría presentado porque el decreto había sido firmado en noviembre y no alcanzó a ser incluido en el presupuesto, cosa que no es cierta porque el Presupuesto General de la Nación fue sancionado el 30 de diciembre.
El decreto 2086
Este acto administrativo que lleva las firmas del ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla y del director del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Fernando Grillo Rubiano, establece la planta de personal del CNE.
Determina que queda en cabeza del Presidente el nombramiento de los servidores públicos de acuerdo con la estructura y organización dispuesta para el efecto, así como la creación de grupos internos de trabajo y la definición de todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones.
Establece una planta global de 101 personas entre auxiliares, técnicos, asesores, profesionales universitarios, secretarios, conductores y de servicios generales, y otros 95 cargos, correspondientes a cada Unidad Investigativa Electoral para los diez magistrados que integran el CNE, que incluye asesores, profesionales especializados y universitarios, técnicos, auxiliares y conductores.
En el año 2009, mandato de Álvaro Uribe, la Reforma Política le reconoció al CNE autonomía administrativa y presupuestal, pero diez años después no se había materializado por la falta de una ley que lo reglamentara, existiendo el precedente que varias iniciativas en ese sentido habían sido archivadas por el Congreso de la República.
De ahí que, haciendo uso de las facultades extraordinarias que le otorgó el Congreso de la República, en la Ley 1955 de 2019 del 25 de mayo por la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”, el presidente Iván Duque pasó a reglamentar el funcionamiento de este organismo.
Los magistrados de este cuerpo electoral quedaron completos el pasado mes de noviembre cuando fue elegido por el Comgreso el abogado Virgilio Almanza, quien había sido postulado por los liberales, ‘la U’ y Cambio Radical, y que entró a reemplazar al conservador Heriberto Sanabria quien falleció meses atrás.
Se puede observar, enseguida, que no hay nada de democracia en la elección de estos magistrados, todo depende del manejo político de los partidos mayoritarios.