Logotipo de Carnaval SA

El gran logro de esta comparsa es mantener confundida a la comunidad, porque en realidad el público poco sabe quién realmente maneja el carnaval, pues han montado una danza de brincos y jaleos con cuatro empresas  que enredan a cualquiera: Carnaval S.A, Fundación Carnaval, Carnaval de Barranquilla S.A. y Carnaval de Barranquilla S.A.S (empresa de economía mixta).

El portal oficial del carnaval de Barranquilla (carnavaldebarranquilla.org) es de Carnaval SA, y en la presentación de esta página web, Carla Celia Martínez-Aparicio de Gutierrez, se presenta como la directora de la organización del Carnaval, pero no aclara dónde trabaja, simplemente dice “A esta experiencia se une su anterior participación en las Juntas Directivas de Carnaval de Barranquilla S.A.S y Fundación”. También confunde una frase del penúltimo párrafo : “En el 2010 llegó a la Fundación Carnaval de Barranquilla proponiendo un liderazgo participativo…” y deja abierta cualquier conclusión, por lo que se puede llegar a suponer que trabaja para la Fundación Carnaval de Barranquilla.  La confusión es total, no se deja sentado a quien le rinde cuentas la directora de la organización del Carnaval, ni quién la nombró en ese cargo.

En la portada del portal carnavaldebarranquilla.org se le da una gran importancia a la Fundación Carnaval y muestra a su mando una serie de proyectos para promover y salvaguardar las tradiciones.  En el enlace de Relación con proveedores, se encuentran dos textos, uno firmado por Carnaval SAS y el otro por Carnaval SA. El primero atiende a los proveedores y el segundo dicta las políticas generales de compra. Como ven la comparsa es real.

CÓMO NACIÓ TODO ESTE ENREDO (PRIMER DISFRAZ)

Carnaval de Barranquilla S.A., con Nit. 800.151.770-0, es una empresa privada, de tipo sociedad anónima, con 25 años de fundada, tal como aparece en su logo que también se presenta como si fuera el logotipo del carnaval de Barranquilla. Y lo lograron, pues todos tomamos ese logo como si fuera propio de las fiestas de curramba.  Según certificado de la Cámara de Comercio de Barranquilla, fue constituida por escritura pública No.9 del día martes 7 de enero de 1992, en la notaría 5ta de esta ciudad y registrada, en tiempo record, el lunes 13 de enero de este mismo año bajo el número 43.836 del libro respectivo. La Cámara de Comercio no trabaja los sábados ni los domingos.

Como es una empresa de tipo sociedad anónima no podemos conocer sus socios fundadores, sin embargo, de acuerdo con el Acta No.21 del 12 de febrero de 2009, correspondiente a la Asamblea de Accionista fueron hechos los siguientes nombramientos:

Junta Directiva (Cuadro 1):

Principales
1. Representante legal de la Fundación Mario Santo Domingo
2. Vicepresidente Programas Especiales Fundación Mario Santo Domingo
4. Representante Legal Cámara de Comercio de Barranquilla
6. Director Jurídico de la Cámara de Comercio de Barranquilla
Suplentes
6. Directora de Desarrollo Empresarial Cámara de Comercio de Barranquilla

 

La numeración que aparece arriba es hecha por la Cámara de Comercio, no sabemos con qué intención, lo cierto es que si nos atenemos al Artículo 374 del Código de Comercio La sociedad anónima no podrá constituirse ni funcionar con menos de cinco accionistas”.  Con la información anterior contamos apenas 4 socios, lo que posiblemente se constituye en una clara violación de la Ley.  Así mismo, con esta información cualquiera puede intuir quienes son los socios propietarios de esta sociedad anónima.

En los años 80s y 90s este grupo económico tenía una fuerte influencia en las asociaciones gremiales de la ciudad y en la dirección de la Cámara de Comercio.  Entre todos visionaron el gran negocio del carnaval de Barranquilla, todas sus potencialidades, y el futuro comercial de cada una de sus manifestaciones tradicionales.

Además, no había que invertir mucho dinero, solo crear una empresa sociedad anónima con el nombre de Carnaval y contar con la aprobación de todos los sectores políticos y administrativos de la ciudad para manejar estas fiestas tradicionales.  Con una contundente influencia de la Cámara de Comercio, la organización del carnaval del Barranquilla fue quedando poco a poco en manos privadas.

Así registraban los escándalos de los malos manejos del dinero que entraba durante el carnaval, en 1991.

Al iniciar los años 90s se acrecentaron los escándalos por los malos manejos de los diferentes recaudos que realizaba la alcaldía de Barranquilla antes y durante la temporada de carnaval, a través de diferentes dependencias de la secretaría de cultura, asignadas para la organización de las fiestas.  Hubo denuncias, procesos judiciales, encarcelamientos y un fuerte repudio hacia el manejo de lo público volvió a nacer en los barranquilleros, entonces  se le vendió a la ciudad la idea de que la organización del carnaval (igual sucedió con los servicios públicos que prestaba las EPM) debía quedar en manos de la empresa privada.  En vista de esta situación, en 1991 Carnaval del Barranquilla S.A decidió crear la Fundación Carnaval, para darle otro matiz al manejo de estas fiestas y hacer parte de las nuevas decisiones políticas y administrativas de la ciudad. Pero adelantamos un dato curioso: solo hasta el 15 de julio de 1997 esta fundación fue inscrita en la Cámara de Comercio de Barranquilla, con un patrimonio de $5.000.000, respaldada por una Acta sin número consecutivo de fecha 02 de junio de 1997, bajo el número 871 del libro respectivo bajo el nombre FUNDACIÓN CARNAVAL DE BARRANQUILLA.  De esto da cuenta una certificación de la Cámara de Comercio que, entre otras cosas, no anota por ningún lado quiénes conforman la asamblea de  fundadores de esta entidad, simplemente se limitan a informar que hacen parte del patrimonio de la Fundación Carnaval “los bienes aportados por la entidad fundadora Carnaval de Barranquilla S.A”.

EL APOYO DEL CONCEJO (SEGUNDO DISFRAZ)

Con el Acuerdo 033 de 1991 el Concejo de Barranquilla reglamentó la organización del Carnaval de Barranquilla y le entregó a la Fundación Carnaval de Barranquilla el manejo del espacio público, bajo la figura de concesión por 50 años, por un valor fijo de $100 millones de pesos, hecho que a la luz de Ley era contraproducente ya que en ese momento, según consta en el certificado de existencia y representación esta fundación no estaba inscrita en la Cámara de Comercio, o sea que no existía legalmente para contratar, y el Art.898 del Código de Comercio lo expresa claramente: “Será inexistente el negocio jurídico cuando se haya celebrado sin las solemnidades sustanciales que la ley exija para su formación, en razón del acto o contrato y cuando falte alguno de sus elementos esenciales”.

Solo hasta el mes de julio de 1997, la Fundación Carnaval pudo contar con una certificación de existencia y representación, o sea que en 1991 era una entidad fantasma.

Además, el Acuerdo 033 autorizaba al alcalde de Barranquilla crear una empresa de economía mixta, en la que el distrito tuviera una participación de por lo menos el 51% del capital social, “con el objeto de promover, fomentar, organizar y llevar a cabo las actividades encaminadas al éxito del carnaval, apoyar todo evento en beneficio de la promoción, turismo, folclor y cultura de la ciudad a nivel nacional e internacional”.

TERCER DISFRAZ

La supuesta sociedad de economía mixta nunca existió en ese momento, así lo certifica la Cámara de Comercio de Barranquilla que dice: “Que por Escritura Pública No.9 del 07 de Enero de 1992, otorgada en la Notaría 5ª de Barranquilla, inscrito (as) en esta Cámara de Comercio, el 13 de enero de 1992, bajo el No.43.835 del libro respectivo, fue constituida la sociedad anónima denominada CARNAVAL DEL BARRANQUILLA S.A.”.

Certifica además (cuadro 2) “que dicha sociedad ha sido reformada por las siguientes escrituras y/o documentos privados:

Número AA/MM/DD Notaría No. Insc o Reg AA/MM/DD
1.474

1.569

945

818

471

1994/07/08

1995/06/15

1996/02/29

2009/06/19

2016/03/04

Notaría 7ª de B/quilla

Notaría 2ª de B/quilla

Notaría 3ª de B/quilla

Notaría 4ª de B/quilla

Notaría 7ª de B/quilla

55.084

59.560

63.152

152.394

302.748

1994/08/10

1995/07/07

1996/03/19

2009/09/14

2016/03/11

 

No se precisa si esta sociedad nace con todo el Objeto Social que allí se expone, o si ese objeto es parte de las reformas de 1994.  De todos modos llama poderosamente la atención que en uno de los párrafos del objeto social se lee lo siguiente:

“De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 33 de septiembre de 1991 y su Decreto Reglamentario No.8 de enero 3 de 1992 la sociedad recaudará y administrará los impuestos, derechos y demás rentas e ingresos relacionados con las diferentes actividades del carnaval y especialmente los siguiente: a) impuesto de carnaval; b) los auxilios, contribuciones, donaciones y aportes de la empresa privada y entidades oficiales; c) las inscripciones de candidatas, bailes, pick ups, casetas y similares, y hoteles, conforme a la reglamentación que adopte la Junta Directiva de la sociedad; d) las demás que se obtengan con la realización de eventos organizados por la sociedad, antes, durante y después del carnaval, como el Festival de Orquestas y otros cuya organización, dirección y recursos obtenidos serán de la sociedad; e) todos los derechos de radio, prensa y televisión y cualquier otro medio publicitario…”.

Con ese disfraz, que para nada cumplía con el Acuerdo 033, la gran empresa del carnaval de Barranquilla prosperó, su organización tomó un rumbo más empresarial y cada uno de sus eventos se convirtió en un excelente negocio.  Toda esta prosperidad cada año contrastaba más con la inconformidad de los actores y hacedores del carnaval, quienes siempre se han sentido relegados y maltratados por la Fundación Carnaval de Barranquilla.  Aumentó entonces la presión para que el carnaval retornara a manos del distrito de Barranquilla y los artistas tuvieran un rol importante en la organización.

CUARTO DISFRAZ

La tensión de ese momento llevó a la empresa Carnaval de Barranquilla S.A. a reformar por escritura la sociedad y anular lo dispuesto en el Acta No.21 del 12 de febrero de 2009  (ver cuadro 1) para cambiar la Junta Directiva y seguramente ponerle el disfraz de sociedad mixta para cumplir con lo que pedía el Acuerdo 033 del concejo de Barranquilla.  Mediante Escritura Pública No.818 del 19 de junio de 2009 otorgada en la notaría 4ª de Barranquilla e inscrita en la Cámara de Comercio el 14 de septiembre de 2009 bajo el No.152.394, la Junta Directiva de Carnaval de Barranquilla S.A. (ojo: sociedad anónima) se conformó así (cuadro 3):

PRINCIPALES
1.     Alcalde Distrital de Barranquilla

2.     Delegado de la Alcaldía Distrital de Barranquilla, designado por el alcalde

3.     Delegado de los actores y hacedores del Carnaval de Barranquilla inscritos en la Fundación Carnaval de Barranquilla.

4.     Delegado de los actores y hacedores del Carnaval de Barranquilla inscritos en la Fundación Carnaval de Barranquilla.

5.     Delegado de los actores y hacedores del Carnaval de Barranquilla inscritos en la Fundación Carnaval de Barranquilla.

6.     Representante Legal de la Fundación Mario Santodomingo

7.     Vicepresidente de Programas Especiales de la Fundación Mario Santodomingo

8.     Delegado de los Accionistas Clase B designado por el Representante Legal de la Fundación Mario Santodomingo

9.     Representante Legal de la Cámara de Comercio de Barranquilla

10.   Delegado de los Accionistas Clase B designado por el Representante Legal de la Cámara de Comercio de Barranquilla

11.   Director Jurídico de la Cámara de Comercio de Barranquilla

Aspectos para tener en cuenta de esta movida o de este disfraz:

  1. La escritura pública es del 19 de junio y solo hasta el 14 de septiembre aparece inscrita en la Cámara de Comercio, hecho que contrasta con el tiempo record con que se inscribió esta sociedad una vez fue constituida en la notaría 5ª, además que contaban con el apoyo del Director de la Cámara de Comercio, pues era uno de sus miembros principales en la Junta Directiva.
  2. ¿Por qué aparece el alcalde distrital en la Junta Directiva de una empresa de tipo sociedad anónima? Esto va contra todo principio legal y viola todo el ordenamiento jurídico.
  3. Apenas en 2016, la Cámara de Comercio de Barranquilla certificó “Que según Acta 35 del 11 de Octubre de 2016 correspondiente a la Asamblea de Accionistas en Barranquilla, inscrito (as) en esta Cámara de Comercio, el 31 de octubre de 2016 bajo el No.315.596 del libro respectivo la sociedad antes mencionada (la sociedad anónima denominada CARNAVAL DE BARRANQUILLA S.A.) se transformó en por acciones simplificada bajo la denominación de CARNAVAL DE BARRANQUILLA S.A.S Sociedad de Economía Mixta. O sea, que apenas hasta 2016 se convirtió en una sociedad de economía mixta.

¿Por qué nadie vio semejante fraude, tamaña estafa? Las demandas y alegatos de la época, entre ellas una acción popular que más adelante miraremos en detalle, se enfocaron en afirmar que este patrimonio cultural se había convertido en una fiesta excluyente, bajo los apetitos económicos de unos pocos que la explotan a su antojo, y apelaban a la protección de los derechos colectivos, al patrimonio cultural de la nación y al patrimonio público.

De esta manera, a finales de 2008, surtida una audiencia de pacto de cumplimiento, que resultó fallida, decretadas las pruebas y vencido el término para alegar de conclusión, el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito Judicial de Barranquilla dictó sentencia el 28 de octubre de 2008, amparando el derecho colectivo relacionado con el patrimonio cultural y público.

Como consecuencia de lo anterior, el juez sexto del circuito ordenó: inaplicar el literal b) del artículo 6º del Acuerdo No. 033 de 1991; dejar sin efecto la decisión de la Asamblea de Accionistas que dispuso la disminución de la participación accionaria del Distrito; dejar sin efecto la decisión de la Junta Carnaval de Barranquilla que autorizó la constitución de la Fundación Carnaval de Barranquilla; dejar sin efecto el convenio de operación de diciembre de 1997 suscrito entre los representantes legales de la Sociedad Carnaval de Barranquilla S A. y Fundación Carnaval de Barranquilla; que el Distrito, si aún no lo había hecho, diera cumplimiento al literal c) del artículo 7 de la Ley 397 de 1997 modificada por la Ley 1185 de 2008.

Así mismo, ordenó realizar las reformas estatutarias que permitieran que en las reuniones de la Junta Directiva de la Sociedad Carnaval de Barranquilla tuvieran participación representantes del Consejo Distrital del Patrimonio Cultural, especialmente del Ministerio de Cultura; que la Fundación Carnaval de Barranquilla cancelara a la Sociedad Carnaval de B.S.A., el porcentaje acordado en el convenio de operación; que el Ministerio de Cultura participara de manera activa en el manejo del carnaval de Barranquilla fijando su política en relación con el patrimonio cultural.

Contra la anterior providencia, el Ministerio de Cultura y la Sociedad Carnaval de Barranquilla S.A., interpusieron recursos de apelación mediante escritos radicados el 10 y 11 de noviembre de 2008, lo cual era entendible por parte de la Sociedad Carnaval de Barranquilla S.A, pero ¿por qué al Ministerio de Cultura le interesaba que los manejos de estas festividades siguieran como estaban?  En ese momento, la decisión quedaba en manos del Tribunal Administrativo del Atlántico y nada cambió con respecto al manejo del carnaval de Barranquilla en los siguientes años, hasta que este Tribunal se pronunció en el 2012.

QUINTO DISFRAZ

El quinto disfraz fue más atrevido, con un lanzado y profundo escote, insinuando lujuria y arrebato: la sociedad CARNAVAL DE BARRANQUILLA S.A. se disfrazó de contratista. En el año 2011 esta sociedad anónima que detentaba en su Junta Directiva, contra toda norma legal,  al alcalde distrital Alejandro Char Chaljub, contrató con la secretaría de cultura de la gobernación del Atlántico y con la alcaldía distrital de Barranquilla, violando claramente el Artículo 8 y 9 de la Ley 80 de 1993.

Este año 2011, la alcaldía distrital de Barranquilla realizó con la sociedad Carnaval de Barranquilla S.A. dos contratos, uno por valor de 84 millones y otro por 3 mil 500 millones de pesos.

Al primero no le aparece número consecutivo, pero en una relación de contratos emitida por el distrito se describe el objeto de la siguiente manera: “Contrato para la promoción del deporte, el arte, la cultura y las actividades de la Copa Mundial de la Fifa Colombia 2011”.  Además fue cancelado en un solo pago, o sea el 100% del valor del contrato.  No tuvo anticipo.

El segundo, se trataba del contrato No.0158-2011/000074, para la “prestación de servicios de apoyo a la gestión para la preproducción, producción y logística del show inaugural de la Copa Mundial Sub-20 Fifa Colombia 2011”, por un valor de $3 mil 500 millones, iva incluido.

Es importante recapitular conceptos en este momento de la línea de tiempo que hemos trazado para la duración de esta comparsa de corrupción.  Recordemos que en ese año la empresa Carnaval de Barranquilla S.A. era una sociedad anónima y que con una maniobra insólita metió en su junta directiva al alcalde distrital y otros funcionarios, lo cual viola el Artículo 8 de la Ley 80 de 1993; que de acuerdo a certificado expedido por la Cámara de Comercio, de fecha 15 de julio de 2016 (código de verificación HQ07124FF) el capital de esta sociedad anónima era menor o igual a (lo que denota una flagrante violación del Artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 al suscribir un contrato por $3.500.000.000):

Capital autorizado: $500.000.000 50.000 acciones a $10.000 c/u
Capital Suscrito: $458.270.000 45.827 acciones a $10.000 c/u
Capital Pagado: $458.270.000 45.827 acciones a $10.000 c/u

 

CONTINUARÁ (ESPERE TODO LO RELACIONADO CON LOS AÑOS COMPRENDIDOS ENTRE 2011 Y 20016)

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