• El pasado 1° de diciembre del 2020 fue detenido el ex senador del Partido de la U, Eduardo Pulgar, luego de que la Corte Suprema de Justicia ordenada su captura tras imputarle los delitos de cohecho -soborno- y tráfico de influencias, al intentar torcer al juez Andrés Rodríguez Cáez, en 2017, para favorecer a su aliado político Luis Fernando Acosta Osío, en un proceso por la disputa de los bienes del fallecido Gabriel Acosta Bendek. 
  • Años atrás, en el 2008, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó a la ex congresista, Yidis Medina por el delito de cohecho propio mediante sentencia con radicado No. 22453. Según la Corte, el delito se consumó con ocasión de las prebendas burocráticas recibidas por la condenada a cambio de emitir su voto a favor del proyecto de reforma constitucional mediante el cual se pretendía reformar el artículo 197 de la Constitución Política, permitiendo esto la reelección presidencial en Colombia, lo cual favoreció al entonces presidente Álvaro Uribe Vélez. Otro de los parlamentarios, el representante a la Cámara Iván Díaz Mateus, fue condenado por el delito de concusión por haber constreñido a Medina Padilla para que votara en favor de la reelección. Mientras que los ministros del Interior de la época, Sabas Pretelt de la Vega; y de Protección Social, Diego Palacio Betancourt, fueron condenados por cohecho por dar u ofrecer
  • En 2015, la compañía automotriz Hyundai Motor Company, de Corea del Sur, le anunció a su representante en Colombia, el empresario Carlos Mattos, que no renovarían con ellos el contrato de representación de su marca en el país, entregando la representación a la empresa Neocorp, del grupo ecuatoriano Eljuri. Mattos demandó en febrero de 2016 a Neocorp por más de $770 mil millones de pesos, argumentando competencia desleal, inducción a ruptura de contrato y uso indebido de la marca Hyundai en Colombia. En abril de ese año, el juez Reinaldo Huertas estableció que Mattos era el único autorizado en Colombia para hacer negocios con Hyundai Motor Company hasta que se resolviera la demanda. Como consecuencia, más de 20 mil automóviles Hyundai se dejaron de comercializar porque Neocorp no podía hacerlo, solo se vendían los carros que estaban en el inventario de los concesionarios de Mattos. En noviembre de 2016, Mattos y Neocorp firmaron un acuerdo en el que se estableció que Neocorp sería el encargado de la distribución de Hyundai para Colombia y, a cambio, Mattos recibiría una millonaria indemnización por daños y perjuicios ocasionados. En enero de 2018, la Fiscalía General de la Nación anunció una investigación por presunta manipulación al sistema de reparto de procesos, con el fin que la demanda presentada por Mattos llegase a un juzgado específico. El ente acusador comprobó que Mattos y su abogado habrían acordado un pago al juez Reinaldo Huertas por aproximadamente $2.000 millones de pesos para fallar a su favor. Por estos hechos, fueron capturadas 9 personas, entre funcionarios y exfuncionarios del juzgado donde se falló la demanda, entre ellos, el juez Huertas, a los que se les imputaron los delitos de utilización ilícita de redes informáticas, acceso abusivo a sistema informático, daño informático agravado, cohecho impropio, cohecho por dar u ofrecer y cohecho propio. 
  • El 3 de agosto de 2017 fueron capturados el alcalde del Distrito de Cartagena, Manuel Vicente Duque, junto a su hermano de crianza José Julián Vásquez y la contralora de la ciudad; Nubia Fontalvo, por los delitos de cohecho y tráfico de influencias, debido a irregularidades presentadas en la elección de Fontalvo, por parte de los concejales de la ciudad, como Contralora Distrital.  
  • Al exalcalde de Bogotá Samuel Moreno Rojas, la justicia le dictaminó tres condenas, por los delitos de cohecho propio, interés indebido en la celebración de contratos, peculado por apropiación y concusión, que lo mantienen desde el 2011 tras las rejas. La justicia demostró que Moreno Rojas aceptó recibir coimas por varios contratos de obra de malla vial, durante su administración con la participación de terceros. 
  • Y esta semana un juez ordenó la detención de un fiscal y de un investigador del CTI, por supuestamente ofrecerles “arreglos” de sus procesos penales a imputados, a cambio de dinero. 

Los delitos de concusión y cohecho, son de los más extendidos y practicados por funcionarios públicos en Colombia, en los que incurren servidores públicos desde los rangos más bajos (patrulleros de la Policía, personal administrativo en entidades públicas, guardianes del Inpec, etc); hasta los más altos, como ministros y magistrados de altas cortes. 

Lo que dice el Código Penal 

La Ley 599 de 2000, Código Penal, describe dentro de los delitos contra la administración pública el peculado, concusión, cohecho, celebración indebida de contratos, tráfico de influencias, enriquecimiento ilícito, prevaricato, abuso de autoridad, usurpación y abuso de funciones públicas. 

En su artículo 404 el Código dice que la concusión se presenta cuando un servidor público, abusando de su cargo o de sus funciones, constriñe o induce a alguien a dar o prometer al mismo servidor o a un tercero, dinero o cualquier otra utilidad indebidos, o los solicita. 

En su artículo 405 establece que el Cohecho propio lo comete “El servidor público que reciba para sí o para otro, dinero u otra utilidad, o acepte promesa remuneratoria, directa o indirectamente, para retardar u omitir un acto propio de su cargo, o para ejecutar uno contrario a sus deberes oficiales”. 

Y en el 406 describe que el cohecho impropio lo cometen los servidores públicos que aceptan para sí o para otro, dinero u otra utilidad o promesa remuneratoria, directa o indirecta, por acto que deba ejecutar en el desempeño de sus funciones; o que reciben dinero u otra utilidad de persona que tenga interés en asunto sometido a su conocimiento. 

Y aunque por décadas la justicia ha batallado para reducir la ocurrencia de estos delitos, lo cierto es que solo en los últimos tiempos, y haciendo uso de interceptaciones telefónicas, es que se ha logrado llevar a los estrados judiciales a funcionarios públicos corruptos, que sin embargo en buena parte de los casos consiguen rebaja de penas y casa por cárcel. 

Las cifras 

Según la información provista por la Fiscalía General de la Nación entre el 1 de enero de 2009 y el 1 de noviembre de 2016 el Sistema Penal Oral Acusatorio (spoa) registró 3.966 casos con al menos una condena por alguno de los delitos relacionados con formas de corrupción.  

Más del 75% de esos casos tienen que ver con al menos uno de los siguientes cuatro delitos: cohecho por dar u ofrecer (27%), omisión del agente retenedor o recaudador (22%), peculado por apropiación (18%) y concusión (9%). Es decir, que entre el cohecho y la concusión, suman el 36% de todos los delitos de corrupción en que incurren funcionarios públicos en el país, siendo las conductas delictivas más recurrentes. 

Sin embargo, de acuerdo con las cifras del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, (inpec) a octubre de 2018, los condenados en diferentes centros penitenciarios del país por los delitos de cohecho por dar u ofrecer, cohecho propio, cohecho impropio y concusión, eran 1.507 del total de 4.658, de condenados por actos contra la administración pública. 

Durante este mismo período, el Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad (Siri) de la Procuraduría General de la Nación registró un total de 6.163 sanciones disciplinarias. Del total de las sanciones disciplinarias impuestas a los alcaldes (1.663), apenas el 22% (359) corresponde a alguna de las faltas disciplinarias relacionadas con formas de corrupción (Newman & Ángel, 2017). 

Estas cifras permiten inferir entonces que las sanciones y castigos por robar al erario público en Colombia, pero principalmente a través de los delitos de cohecho y concusión, no sólo son difíciles de lograr, sino dispendiosas de comprobar. 

Algo se ha avanzado en la materia tras el ingreso de Colombia a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), pues el país tuvo que hacer una serie de compromisos y cumplir ciertos requisitos de lucha contra la corrupción y el delito de soborno internacional, al firmar la Convención para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la OCDE. 

La impunidad no obstante sigue reinando puesto que el mismo aparato judicial, es decir, el encargado de investigar y llevar a juicio a estos delincuentes de cuello blanco, está permeado por la corrupción que se supone debe atacar

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