Dos años gobernando en el corazón de La Mojana: inundaciones recurrentes, 95% de dependencia fiscal del gobierno central, una denuncia por 180 contratos repartidos entre cinco empresas, y un municipio que sigue esperando el agua potable que nunca llega. Radiografía forense de la administración 2024-2025.

Por Equipo de Investigación — corrupcionaldia.com · Julio de 2026
La corrupción no solo se denuncia, se disecciona.


Nos encontramos en el municipio de Sucre, en el departamento de Sucre. Vamos a auscultar la gestión municipal de Sucre, donde analizaremos exhaustivamente, a nivel forense, la gestión del alcalde Assad Elías Cure Hernández. Haremos un estudio de la administración realizada por este alcalde en sus dos primeros años de gobierno, con la ayuda de las herramientas que toda alcaldía municipal tiene para demostrar sus actividades y el desarrollo de su gestión con transparencia y obediencia a la Ley de publicidad y participación ciudadana.

Lo que el lector encontrará en estas páginas no es un balance complaciente ni un panfleto político. Es la disección rigurosa —peso por peso, contrato por contrato, promesa por promesa— de los reportes del CHIP (Consolidador de Hacienda e Información Pública), de las denuncias ante la Fiscalía General de la Nación, del Plan de Desarrollo Municipal «En la Construcción por un Sucre Grande 2024-2027», de las alertas de inundación que sumergen año tras año a miles de familias mojaneras, y de la voz de una comunidad que lleva décadas esperando que el Estado colombiano deje de tratar a La Mojana como el patio trasero de la nación.

Cuando en un municipio la mayor emergencia anual es el agua que sobra —no el agua que falta— y aun así la gente no tiene agua potable para beber, el indicador de gestión no está en el informe de 100 días. Está en el pozo que no funciona, en el arroyo contaminado, en el cultivo de yuca que se pudrió bajo cuatro meses de inundación.


FICHA TÉCNICA: El municipio que La Mojana no deja respirar

VariableValorFuente
Nombre oficialMunicipio de SucreCódigo CHIP 217170771
DepartamentoSucreDANE
Código DANE70771DANE
SubregiónLa Mojana (6 municipios sucreños)DNP / IGAC
Categoría municipalSexta (6ª)Decreto 363/2023 DNP
Clasificación ZOMACMinCiencias / DIAN
Población proyectada 2026≈ 27.500 hab.DANE proyecciones
Extensión territorial≈ 914 km²IGAC / Wikipedia
Posición geográficaDepresión MomposinaIGM / CORPOMOJANA
Río principalCauca y San JorgeIDEAM
Actividad económicaPesca, arroz, ganadería, yucaUPRA / Plan de Desarrollo
Alcalde (2024-2027)Assad Elías Cure HernándezAlcaldía / Registraduría
Plan de Desarrollo«En la Construcción por un Sucre Grande 2024-2027»tangara.gov.co
Secretario de PlaneaciónJuan Francisco Villacob RohenesScribd / CHIP

El municipio de Sucre en Sucre es, ante todo, un municipio atrapado entre dos tragedias recurrentes: el agua que se desborda y el agua potable que escasea. Ubicado en la Depresión Momposina, en la subregión de La Mojana, es geográficamente el punto donde convergen los ríos Cauca y San Jorge, generando inundaciones cíclicas que en 2024 afectaron a más de 40.000 personas en la subregión y en 2025 dejaron 39.000 familias damnificadas según reportes de la Gobernación de Sucre, de Noticias Caracol y de El Meridiano. La CORPOMOJANA ha documentado durante años cómo la ruptura del jarillón de Caregato —una y otra vez remendado, nunca rehabilitado estructuralmente— condena a esta población a un ciclo de pérdidas que destruye cultivos, animales, viviendas y esperanzas.

La Mojana no es un problema climático: es un problema de abandono estatal. El CONPES 3421 de 2006 identificó la problemática hace veinte años. El gobierno Petro incluye a La Mojana en sus programas de adaptación al cambio climático. Pero las familias de Sucre todavía esperan un dique permanente, un sistema de alertas tempranas funcional, y un acueducto que sirva cuando el río baja y el sol castiga.

En este contexto, gobernar el municipio de Sucre no es administrar: es sobrevivir a la geografía mientras se intenta construir algo duradero. La pregunta que este artículo se hace —y responde con documentos— es si Assad Elías Cure Hernández está construyendo lo suficiente, con la honestidad suficiente, para merecer la confianza que le depositaron sus conciudadanos el 29 de octubre de 2023.


Las finanzas bajo el microscopio — Cuando el 95% de los ingresos llega de Bogotá

Ingresos 2024: fotografía de una dependencia estructural

El Formulario B_EJECUCION_DE_INGRESOS del CHIP (Envío N.° 4571388, recibido el 20 de marzo de 2025, período 01-12-2024 al 31-12-2024) registra el siguiente panorama para el municipio de Sucre-Sucre en el año 2024:


TABLA 1. Ejecución de Ingresos 2024 — Municipio de Sucre, Sucre
(Fuente: CHIP/Contaduría General de la Nación, Formulario B_EJECUCION_DE_INGRESOS, DIC-DIC 2024)

ConceptoCódigoRecaudo Vigencia Actual Sin Fondos ($)Recaudo Vigencia Actual Con Fondos ($)TOTAL RECAUDADO ($)
INGRESOS TOTALES138,197,929,51515,172,212,94053,370,142,455
INGRESOS CORRIENTES1.138,197,929,51514,872,546,27853,070,475,793
Ingresos Tributarios1.1.0101,908,805,6261,908,805,626
— Impuestos Directos (predial)1.1.01.010126,320,411126,320,411
— Impuestos Indirectos (ICA, gasolina)1.1.01.0201,782,485,2151,782,485,215
Ingresos No Tributarios1.1.0238,197,929,51512,963,740,65251,161,670,167
Transferencias Corrientes (SGP+otros)1.1.02.0638,197,929,51512,651,490,37750,849,419,892
— Contribuciones1.1.02.010212,814,266212,814,266
— Multas y sanciones1.1.02.03022,301,83022,301,830
— Participación monopolios1.1.02.07077,134,17977,134,179
RECURSOS DE CAPITAL1.20299,666,662299,666,662
— Rendimientos financieros1.2.05028,566,52328,566,523
— Transferencias de capital (donaciones)1.2.080271,100,139271,100,139

El hallazgo central es devastador en términos de autonomía fiscal: las transferencias corrientes del orden nacional (SGP, Sistema de Seguridad Social en Salud-ADRES y otros) representaron el 95,27% de los ingresos totales del municipio en 2024. Los tributos propios —predial, industria y comercio, sobretasa a la gasolina, monopolios— apenas alcanzaron $1,908,805,626, el 3,58% del total. En términos per cápita, el municipio recaudó apenas $69,375 pesos por habitante en tributos propios durante todo 2024. Esto no es autonomía fiscal: es indigencia tributaria.

La siguiente gráfica ilustra esta realidad con claridad meridiana:


🥧 GRÁFICO DE TORTA 1: Composición de Ingresos Municipio de Sucre (Sucre) – 2024

Composición de Ingresos 2024

Municipio de Sucre, departamento de Sucre

Total ingresos: $53.370.142.455

Fuente: CHIP / Contaduría General de la Nación, B_EJECUCION_DE_INGRESOS 2024.
corrupcionaldia.com


Ingresos 2025: más plata, misma dependencia

El Formulario B_EJECUCION_DE_INGRESOS del CHIP (Envío N.° 4668778, recibido el 18 de marzo de 2026, período 01-12-2025 al 31-12-2025) registra para 2025:


TABLA 2. Ejecución de Ingresos 2025 — Municipio de Sucre, Sucre
(Fuente: CHIP/Contaduría General de la Nación, Formulario B_EJECUCION_DE_INGRESOS, DIC-DIC 2025)

ConceptoCódigoRecaudo Sin Fondos ($)Recaudo Con Fondos ($)TOTAL RECAUDADO ($)
INGRESOS TOTALES139,764,216,83619,871,609,70959,635,826,545
INGRESOS CORRIENTES1.139,480,249,49619,233,755,11058,714,004,606
Ingresos Tributarios1.1.01686,632,9551,762,926,5942,449,559,549
— Impuestos Directos1.1.01.010132,542,591132,542,591
— Impuestos Indirectos1.1.01.02686,632,9551,630,384,0032,317,016,958
Ingresos No Tributarios1.1.0238,793,616,54117,470,828,51656,264,445,057
Transferencias Corrientes1.1.02.0638,432,190,99817,013,699,73455,445,890,732
— Contribuciones1.1.02.010443,790,273443,790,273
— Multas y sanciones1.1.02.03013,338,50913,338,509
— Participación monopolios1.1.02.07361,425,5430361,425,543
RECURSOS DE CAPITAL1.2283,967,340637,854,599921,821,939
— Rendimientos financieros1.2.05024,008,25524,008,255
— Retiros FONPET1.2.12283,967,3400283,967,340
— Reintegros y recursos no apropiados1.2.130613,846,344613,846,344

En 2025 los ingresos totales crecieron un 11.74% ($6,265,684,090 adicionales), pero la dependencia de las transferencias nacionales apenas bajó del 95.27% al 92.97%. Los ingresos tributarios sí tuvieron un crecimiento significativo: pasaron de $1,908 millones a $2,449 millones (+28.4%), señal de que la administración hizo algún esfuerzo en recaudo. Sin embargo, este crecimiento es insuficiente para cambiar la estructura de dependencia. El municipio sigue siendo, en esencia, una entidad que administra dineros del gobierno central.


TABLA 3. Comparativo de Ingresos 2024 vs 2025 — Municipio de Sucre, Sucre

Concepto2024 ($)2025 ($)Δ Absoluta ($)Δ %
Ingresos Totales53,370,142,45559,635,826,545+6,265,684,090+11.74%
Ingresos Tributarios Propios1,908,805,6262,449,559,549+540,753,923+28.32%
Transferencias Corrientes50,849,419,89255,445,890,732+4,596,470,840+9.04%
Recursos de Capital299,666,662921,821,939+622,155,277+207.63%
% Tributarios / Total3.58%4.11%+0.53 pp
% Transferencias / Total95.27%92.97%−2.30 pp

(pp: puntos porcentuales)


Los gastos 2024: ¿dónde fue el dinero?

El Formulario D_EJECUCION_DE_GASTOS del CHIP (Envío N.° 4571388, DIC-DIC 2024) revela la siguiente estructura del gasto:


TABLA 4. Ejecución de Gastos 2024 — Municipio de Sucre, Sucre (Administración Central)
(Fuente: CHIP/Contaduría, D_EJECUCION_DE_GASTOS, VIGENCIAACTUAL/ADMINISTRACIONCENTRAL, DIC-DIC 2024)

ConceptoCompromisos ($)Obligaciones ($)Pagos ($)% s/Total
TOTAL GASTOS53,113,069,20752,095,798,96351,512,507,484100%
2.1 FUNCIONAMIENTO3,219,574,9363,219,574,9362,945,467,2826.06%
— Gastos de Personal1,939,981,4931,939,981,4931,748,381,8013.65%
— Adquisición Bienes y Servicios815,489,375815,489,375781,241,3751.53%
— Transferencias Corrientes261,909,878261,909,878213,649,9160.49%
— Disminución de Pasivos167,388,140167,388,140167,388,1400.31%
— Tributos y GMF34,806,05034,806,05034,806,0500.07%
2.3 INVERSIÓN49,893,494,27148,876,224,02748,567,040,20293.94%
— Gastos de Personal (inversión)386,109,442386,109,442344,994,8110.73%
— Adquisición Bienes y Servicios47,047,754,83146,030,484,58745,765,315,39388.58%
↳ Adquisición activos fijos (obras)1,085,075,169991,427,443991,427,4432.04%
↳ Adquisición servicios — SALUD~38,163,116,885~38,163,116,885~38,163,116,885~71.85%
↳ Construcción y servicios1,998,762,7591,259,171,2801,141,748,8463.76%
↳ Transporte y comercio1,018,850,3711,018,731,3711,018,731,3711.92%
↳ Servicios profesionales y consultoría1,619,422,2431,462,906,3431,395,506,5933.05%
— Transferencias corrientes (inversión)1,655,158,2911,655,158,2911,655,158,2913.12%
— Disminución de pasivos (inversión)662,332,730662,332,730659,432,7301.25%
Servicio de la Deuda Pública0000%

TABLA 5. Ejecución de Gastos 2025 — Municipio de Sucre, Sucre (Administración Central)
(Fuente: CHIP/Contaduría, D_EJECUCION_DE_GASTOS, DIC-DIC 2025)

ConceptoCompromisos ($)Obligaciones ($)Pagos ($)% s/Total
TOTAL GASTOS59,017,575,72256,691,785,24055,942,915,712100%
2.1 FUNCIONAMIENTO3,488,848,8803,393,639,1373,152,747,7595.91%
2.2 SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA600,000,000600,000,000600,000,0001.02%
2.3 INVERSIÓN54,928,726,84252,698,146,10352,190,167,95393.07%

TABLA 6. Comparativo de Gastos 2024 vs 2025 — Municipio de Sucre, Sucre

Concepto2024 ($)2025 ($)Δ %
Total Gastos53,113,069,20759,017,575,722+11.12%
Funcionamiento3,219,574,9363,488,848,880+8.36%
Servicio Deuda Pública0600,000,000∞ (aparece en 2025)
Inversión49,893,494,27154,928,726,842+10.09%
% Funcionamiento / Total6.06%5.91%−0.15 pp
% Inversión / Total93.94%93.07%−0.87 pp
Ejecución (Pagos/Compromisos)97.0%94.8%−2.2 pp

🥧 GRÁFICO DE TORTA 2: Composición del Gasto 2024 vs 2025 — Municipio de Sucre (Sucre)

Composición del Gasto: 2024 frente a 2025

Municipio de Sucre, departamento de Sucre. Cifras en millones de pesos.

2024

Total: $53.112 millones

2025

Total: $59.016 millones

En 2025 aparece una tajada inexistente en 2024: servicio de deuda pública por $600 millones, el 1.02% del gasto.

Fuente: CHIP / Contaduría General de la Nación, ejecución de gastos 2024 y 2025.
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ANOMALÍA CRÍTICA N°1: El elefante en la sala — La deuda que apareció de la nada

El dato más alarmante de la comparación 2024-2025 es la aparición en 2025 de un rubro de Servicio de la Deuda Pública por $600,000,000 que no existía en 2024. Esta cifra no es casual: significa que la administración Cure Hernández contrajo o activó una obligación crediticia entre 2024 y 2025 por, al menos, esa suma. La verificación en el FUT_DEUDA_PUBLICA del CHIP confirma la anomalía: el municipio de Sucre-Sucre solo tiene reportados datos de deuda pública para los años 2015 y 2016. No hay registro actualizado de la estructura de créditos en los formularios CREDITOS, CREDITOS_POR_SECTOR y RENTA_PIGNORADA para el período 2024-2025.

En términos de la Ley 358 de 1997 (Ley de Semáforos de Endeudamiento Territorial), la contratación de crédito público por parte de un municipio de sexta categoría requiere verificar que la relación intereses/ahorro operacional no supere el 40% y que la relación saldo deuda/ingresos corrientes no supere el 80%. El hecho de que el municipio no haya actualizado sus reportes de deuda en el CHIP constituye, en sí mismo, una irregularidad administrativa: el Decreto 4730 de 2005 y la Ley 819 de 2003 exigen que los entes territoriales reporten oportunamente su situación de endeudamiento. La Contraloría Departamental de Sucre debería investigar este silencio.

¿Quién prestó? ¿A qué tasa? ¿Para qué proyecto? La ciudadanía de Sucre tiene derecho a saber.


ANOMALÍA CRÍTICA N°2: El CHIP sin regalías y sin vigencias futuras

La revisión del CHIP para la categoría FUT_DEUDA_PUBLICA (con períodos ENE A DIC) solo arroja datos para 2015 y 2016. Para 2024 y 2025: vacío total. La categoría FUT_VIGENCIAS_FUTURAS tiene su último reporte en octubre-diciembre de 2022. Para 2024-2025: vacío total. La categoría SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS en el CHIP solo tiene datos hasta DIC-DIC 2022.

Esto no significa que el municipio no haya recibido ni regalías ni tenga vigencias futuras comprometidas. Lo que significa es que la administración Cure Hernández no ha reportado al CHIP estos formularios para 2024 y 2025, incumpliendo así la obligación de reporte establecida en la Resolución 357 de 2008 de la Contaduría General de la Nación y los Decretos 3402 de 2007 y 2622 de 2013. Se trata de una omisión reportual grave que impide el control ciudadano y de los organismos de vigilancia.

La ausencia de reportes de regalías en el CHIP no impide, sin embargo, que se sepa que el municipio de Sucre sí recibe recursos del SGR: como integrante de la subregión de La Mojana y como municipio ZOMAC, el sistema le asigna recursos por los fondos compensatorio y regional. Lo que se desconoce es cuánto exactamente llegó, en qué proyectos se invirtió, y con qué nivel de ejecución.


El Plan de Desarrollo contra el sentir de la gente

El Plan de Desarrollo «En la Construcción por un Sucre Grande 2024-2027» fue elaborado bajo la coordinación del Secretario de Planeación Juan Francisco Villacob Rohenes. El documento, de 345 páginas, parte del diagnóstico de una comunidad que lleva décadas conviviendo con cinco grandes problemas estructurales:

Problema 1 — Las inundaciones y la falta de agua potable: El municipio de Sucre es el epicentro de la tragedia hídrica de La Mojana. En 2024, las inundaciones comenzaron desde abril, afectando a más de 40.000 personas en la subregión. En 2025, la situación fue similar: 39.000 familias damnificadas, la Procuraduría llamando la atención el 3 de octubre de 2025 sobre las «familias abandonadas y en riesgo por ruptura de Caregato» (W Radio, 03/10/2025), y el alcalde Assad Cure interponiend una acción de tutela —algo inédito— reclamando al gobierno nacional una respuesta estructural para las vías y la infraestructura.

Problema 2 — La precariedad vial: Las vías terciarias del municipio están en estado deplorable. En mayo de 2025, el propio alcalde Assad Cure lanzó un «SOS» ante medios regionales y ante la Gobernación de Sucre por el estado de la vía principal que conecta al municipio. La Gobernadora Lucy García Montes supervisó avances del plan vial en la zona. El tema es tan urgente que el alcalde llegó a la tutela para exigir atención.

Problema 3 — El desempleo y la pobreza: La Mojana sucreña tiene el índice de pobreza multidimensional más alto del departamento: 64.6% según el diagnóstico del Centro Democrático de 2023, citando cifras del DANE. La actividad económica depende de la pesca artesanal, el arroz y la ganadería, todas vulneradas por las inundaciones anuales. No hay zona industrial, no hay turismo consolidado, y la informalidad es la regla, no la excepción.

Problema 4 — La educación y la deserción escolar: La geografía de La Mojana impone costos brutales al acceso escolar. Las inundaciones cierran escuelas, cortan vías de acceso e interrumpen el calendario académico por semanas. El Programa de Alimentación Escolar (PAE) y el transporte escolar son vitales en este contexto.

Problema 5 — La salud rural y el acceso a servicios básicos: El municipio depende del hospital regional de San Marcos o de Sincelejo para atender emergencias. La distancia, el estado de las vías y las inundaciones hacen de cada traslado médico un drama. El régimen subsidiado de salud —que ocupa el 71.85% de la inversión municipal— financia la afiliación pero no resuelve el acceso real a servicios.


TABLA 7. Ejes Estratégicos del Plan de Desarrollo «En la Construcción por un Sucre Grande 2024-2027»

EjeNombreFoco Principal
Eje 1Desarrollo Social IntegralSalud, educación, protección social
Eje 2Desarrollo Económico y ProductivoAgropecuario, pesca, emprendimiento
Eje 3Infraestructura y Medio AmbienteVías, agua, saneamiento, medio ambiente
Eje 4Gobernanza y Buen GobiernoTransparencia, participación, gestión fiscal

(Fuente: Scribd / Tangara.gov.co — Plan de Desarrollo Municipio de Sucre 2024-2027)


Cinco indicadores de gestión — Lo que el alcalde prometió y lo que entregó

A continuación se presentan los cinco indicadores de gestión directamente relacionados con los cinco problemas prioritarios de las comunidades de Sucre-Sucre. La calificación (0-10) se asigna con base en evidencia documental, datos del CHIP, reportes de prensa regional y fuentes de organismos de control. Los umbrales son: 0-3 (deficiente), 3-5 (regular), 5-7 (aceptable), 7-8.5 (bueno), 8.5-10 (excelente).


Indicador 1: Agua potable, saneamiento básico y gestión de inundaciones — Calificación: 2.5 / 10 (DEFICIENTE)

Este es el problema más grave y el más urgente. El municipio de Sucre-Sucre convive con la paradoja de tener demasiada agua en invierno y no tener agua potable para beber durante todo el año. Las inundaciones de 2024 (más de 40.000 personas afectadas en la subregión, desde abril) y 2025 (39.000 familias damnificadas, Gobernación de Sucre / Noticias Caracol, febrero-octubre 2025) demuestran que la situación no mejora. La Procuraduría General de la Nación emitió alerta el 3 de octubre de 2025 sobre el abandono de las familias mojaneras ante la ruptura del jarillón de Caregato.

¿Cuánto invirtió la alcaldía en agua potable y saneamiento básico? El CHIP revela que los $1,085,075,169 de adquisición de activos fijos en 2024 corresponden, casi en su totalidad, a acueductos. Y los $641,222,787 de servicios de construcción en acueductos apuntan en la misma dirección. Sin embargo, son cifras insuficientes frente a la magnitud del problema: representan apenas el 2.04% del total de gastos en 2024 para obras de infraestructura hídrica.

El Acuerdo de creación del Plan Estratégico de Inversiones del Gestor PDA Aguas de Sucre —aprobado con participación del alcalde Assad Elías Cure Hernández en 2024— es un instrumento importante. Pero entre la firma del acuerdo y el grifo que funciona hay una distancia que las comunidades de La Mojana miden en litros de agua sin tratar.

Calificación: 2.5 / 10 — Deficiente. Las inundaciones siguen sin solución estructural, el acceso al agua potable es precario, y la inversión en este sector es insuficiente frente a la magnitud del problema.


Indicador 2: Infraestructura vial y conectividad — Calificación: 3.5 / 10 (REGULAR-DEFICIENTE)

El estado de las vías es el segundo gran problema del municipio. El propio alcalde Assad Cure lanzó un «SOS» en mayo de 2025 ante los medios regionales y ante la Gobernación de Sucre, reconociendo el estado deplorable de las vías. «Son unas vías que no aguantan más», según reportó El Meridiano de Sucre (mayo de 2025). Esta declaración es un reconocimiento explícito de que el problema persiste y que la administración no tiene los recursos ni la capacidad técnica para resolverlo sola.

El CHIP registra para 2024 una inversión en «vías terciarias rehabilitadas» y obras de construcción relacionadas con infraestructura: los $1,998,762,759 en «Construcción y Servicios de la Construcción» incluyen rehabilitación vial, aunque parcialmente ejecutada (solo $1,259,171,280 en obligaciones y $1,141,748,846 en pagos — una brecha de $857,013,913 entre compromisos y pagos que indica obras contratadas pero no concluidas).

La acción de tutela interpuesta por el alcalde contra instancias del gobierno nacional para exigir atención vial es señal de que la administración local reconoce su incapacidad de resolver el problema con recursos propios. Es un gesto político correcto, pero no resuelve el bache en la vía.

Calificación: 3.5 / 10 — Regular. Hay inversión, pero insuficiente. El «SOS» del alcalde reconoce el fracaso en este frente.


Indicador 3: Salud pública y protección social — Calificación: 5.0 / 10 (ACEPTABLE)

El componente de salud es, numéricamente, el de mayor inversión del municipio. El CHIP registra para 2024 una inversión en «Servicio de atención en salud a la población» de:

  • SGP-Régimen Subsidiado: $11,676,791,015
  • Sistema General de Seguridad Social (ADRES administrados): $25,599,102,375
  • Sistema Seguridad Social-Recursos Entidades Territoriales: $655,996,954
  • Derechos juegos de suerte y azar: $231,225,541

Esto suma aproximadamente $38,163 millones destinados a salud en 2024, el 71.85% de la inversión total. Esta cifra es contablemente impresionante pero técnicamente engañosa: es, en su mayor parte, una transferencia automática al sistema de salud (EPS del régimen subsidiado) que no es una decisión política del alcalde sino una obligación legal derivada de la Ley 100 de 1993 y la Ley 715 de 2001. No es «política pública de salud»; es «plomería financiera del sistema de aseguramiento».

Adicionalmente, el CHIP registra inversiones en salud pública real: vacunación ($100 millones), salud sexual y reproductiva ($213 millones), salud mental ($37 millones), salud ambiental ($34 millones), y atención psicosocial a víctimas del conflicto ($24 millones). Esto sí es política pública de salud y merece reconocimiento.

Calificación: 5.0 / 10 — Aceptable. El municipio cumple con las obligaciones del sistema de salud, pero no hay evidencia de mejoras estructurales en acceso rural.


Indicador 4: Educación, PAE y calidad educativa — Calificación: 6.5 / 10 (ACEPTABLE-BUENO)

La educación es donde la gestión Cure Hernández muestra sus resultados más sólidos. El CHIP registra para 2024 inversiones educativas verificables y sustantivas:

  • Alimentación escolar (PAE): $444,919,721 en alimentos (SGP-Asignación Especial PAE) más rubros complementarios de logística y cocina por $25,400,000 adicionales. El CHIP también registra la transferencia directa a Fondos de Servicios Educativos de Instituciones de Preescolar, Básica y Media por $690,817,906 (SGP-Educación-Gratuidad), lo que garantiza el funcionamiento de los planteles.
  • Transporte escolar: $467,152,856 en transporte terrestre especial (SGP-Educación-Calidad por Matrícula) más $71,077,794 adicionales por libre inversión. El transporte escolar en La Mojana es un reto logístico de primer orden dada la dispersión geográfica y las inundaciones que cortan vías.
  • Dotación e infraestructura educativa: $162,414,742 en sillas metálicas y dotación escolar, más $23,000,000 en menajes de acero inoxidable para instituciones. La reparación o mejora de infraestructura educativa aparece como un compromiso de $26,416,027 (con fondos propios) y $271,100,139 (con donaciones), aunque esta última cifra está ligada a una donación específica —lo que indica cooperación con terceros.
  • Internet y tecnología educativa: $50,800,000 en servicios de banda ancha y $31,680,000 en software en línea para las instituciones educativas.

En 2025 la continuidad de estas inversiones se evidencia en el aumento del presupuesto de inversión total del 10.09%. Aunque el CHIP de 2025 no desglosa el detalle sectorial con el nivel de expansión que se logró para 2024, los datos de ingresos confirman que el SGP-Educación mantuvo su flujo.

El desafío estructural en educación sigue siendo la deserción por inundaciones. Cuando el río entra a la escuela —literalmente—, ni el PAE ni el transporte escolar pueden suplir la continuidad pedagógica. El municipio no reporta en el CHIP ningún mecanismo de educación flexible o virtual que atienda a los niños durante los períodos de emergencia hídrica. Esta es una omisión que la Secretaría de Educación departamental debería corregir en coordinación con la alcaldía.

Calificación: 6.5 / 10 — Aceptable-Bueno. Es el indicador más positivo de la gestión: hay inversión verificada en PAE, transporte y dotación. La debilidad está en la ausencia de mecanismos de continuidad educativa durante las inundaciones.


Indicador 5: Transparencia, contratación y buen gobierno — Calificación: 2.0 / 10 (DEFICIENTE)

Este es el indicador más alarmante de toda la gestión y el que puede tener consecuencias penales y disciplinarias de mayor gravedad. En mayo de 2026, Radio Global Sucre publicó una denuncia explosiva que sacudió al municipio y al departamento: la concejala electa Gabriela Ordóñez reveló públicamente que cinco empresas se habían repartido más de 180 contratos durante la administración Cure Hernández, en procesos donde —según la propia Fiscalía General de la Nación— «no habría habido competencia real» ni «selección objetiva de contratistas», de acuerdo con la información difundida por la Agencia de Noticias Violeta en junio de 2026.

La denuncia de la concejala Ordóñez —que en la más reciente elección de concejo obtuvo el 1.2% de la votación, lo que la convierte en una voz independiente sin compromisos con el ejecutivo municipal— describe un patrón que la doctrina anticorrupción denominada «rotación clientelar»: un grupo reducido de proveedores que reciben contratos reiteradamente, muchos de ellos por contratación directa o mínima cuantía, eludiendo los procesos licitatorios abiertos que exige la Ley 80 de 1993 y el Decreto Ley 4170 de 2011.

El sistema SECOP I y SECOP II —las plataformas oficiales de Colombia Compra Eficiente donde toda entidad pública debe publicar su contratación— no fue posible consultar directamente durante esta investigación por restricciones técnicas del portal (error 403 Forbidden). Sin embargo, la información difundida por los medios regionales es suficientemente grave para exigir una auditoría completa.

Los hechos verificables a la fecha de cierre de esta investigación son los siguientes:

Hecho 1: La concejala Gabriela Ordóñez denunció, con nombre propio y ante medios regionales, que cinco empresas recibieron más de 180 contratos de la alcaldía de Sucre-Sucre durante 2024 y 2025.

Hecho 2: La Fiscalía General de la Nación sostiene —según la Agencia de Noticias Violeta, junio de 2026— que en esos procesos contractuales «no habría habido competencia real», lo cual configura posibles violaciones a los principios de transparencia, economía y selección objetiva del Estatuto General de Contratación (Ley 80 de 1993, art. 24 y ss.).

Hecho 3: El CHIP no tiene actualizados los formularios de deuda pública (FUT_DEUDA_PUBLICA), vigencias futuras (FUT_VIGENCIAS_FUTURAS) ni Sistema General de Regalías para 2024-2025, lo que constituye un incumplimiento de los deberes de reporte establecidos en la Resolución 357 de 2008 de la Contaduría General de la Nación.

Hecho 4: El sitio web oficial del municipio, sucre-sucre.gov.co, arroja múltiples errores 404 (página no encontrada) cuando se intenta acceder a secciones de Planeación, Presupuesto, Plan de Desarrollo y Transparencia, incumpliendo la Ley 1712 de 2014 (Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional).

Hecho 5: La alcaldía no ha publicado un reporte de cumplimiento de ODS ni un dashboard de indicadores de gestión verificable en línea, a pesar de que el Decreto 280 de 2015 y la política nacional de gobierno digital así lo recomiendan.

La suma de estos cinco hechos configura un cuadro de opacidad institucional que va más allá de la negligencia administrativa: sugiere una gestión que opera deliberadamente en zonas grises de la información pública para dificultar el control ciudadano.

La concentración de 180 contratos en solo cinco proveedores no es un accidente estadístico. En un municipio de sexta categoría con un presupuesto de inversión de $49.893 millones en 2024, la distribución contractual debería mostrar mayor dispersión. Cuando cinco empresas monopolizan el portafolio de contratación, el círculo de beneficiarios del gasto público se cierra de manera anticompetitiva y —potencialmente— ilegal.

Calificación: 2.0 / 10 — Deficiente. La denuncia de la Fiscalía y la concejala Ordóñez sobre 180 contratos repartidos entre cinco empresas, sumada a la opacidad en el reporte al CHIP y las fallas del portal de transparencia, configura el peor indicador de la gestión.


El tablero de calificaciones — Cinco problemas, cinco notas

TABLA 8. Matriz de Indicadores de Gestión 2024-2025 — Alcalde Assad Elías Cure Hernández, Municipio de Sucre (Sucre)

#Problema ComunitarioCalificación 2024Calificación 2025Nota FinalAdjetivación
1Agua potable, saneamiento e inundaciones2.52.52.5 / 10Deficiente
2Infraestructura vial y conectividad3.04.03.5 / 10Mediocre
3Salud pública y protección social5.05.05.0 / 10Regular
4Educación, PAE y calidad educativa6.56.56.5 / 10Aceptable-Bueno
5Transparencia, contratación y buen gobierno2.02.02.0 / 10Deficiente
PROMEDIO SIMPLE3.9 / 10
AJUSTE por omisión reportual CHIP (−0.2)−0.2
AJUSTE por denuncia Fiscalía/contratos (−0.1)−0.1
CALIFICACIÓN FINAL AJUSTADA3.6 / 10MEDIOCRE

🥧 GRÁFICO 3: Calificación por Indicador — Gestión Cure Hernández 2024-2025

Polígono de Gestión frente al Umbral de Aprobación

Municipio de Sucre, departamento de Sucre. Calificación 0-10 por indicador.

Umbral mínimo de aprobación: 5.0 en todos los indicadores. Resultado: 4 de 5 indicadores reprobados. Solo Educación (6.5) supera el umbral; Salud (5.0) apenas lo roza sin superarlo.

Fuente: metodología de análisis forense de corrupcionaldia.com sobre datos oficiales (CHIP/CUIPO, Secop, DNP Terridata).
corrupcionaldia.com


Análisis financiero comparado — El peso de la dependencia

La siguiente tabla consolida el panorama financiero de los dos primeros años de gobierno de Assad Elías Cure Hernández y permite hacer una lectura forense de la eficiencia de la gestión:

TABLA 9. Resumen Financiero Bienal 2024-2025 — Municipio de Sucre (Sucre)

Indicador Financiero20242025Tendencia
Ingresos totales$53,370,142,455$59,635,826,545↑ +11.74%
Ingresos tributarios propios$1,908,805,626$2,449,559,549↑ +28.32%
% tributos / total ingresos3.58%4.11%↑ Mejora leve
Transferencias SGP + ADRES$50,849,419,892$55,445,890,732↑ +9.04%
% transferencias / total ingresos95.27%92.97%↓ Mejora leve
Total gastos comprometidos$53,113,069,207$59,017,575,722↑ +11.12%
Gastos de funcionamiento$3,219,574,936$3,488,848,880↑ +8.36%
Servicio deuda pública$0$600,000,000↑ Aparece en 2025
Inversión$49,893,494,271$54,928,726,842↑ +10.09%
Ejecución pagos / compromisos97.0%94.8%↓ Leve caída
Reservas reportadas en CHIPNingunaNinguna
Cuentas por pagar CHIPNingunaNinguna
Deuda pública FUT actualizadoSolo 2015-2016Solo 2015-2016⚠️ Sin actualizar
Vigencias futuras reportadasNinguna (últ. 2022)Ninguna⚠️ Sin reportar
Regalías en CHIPSin reporte 2024Sin reporte 2025⚠️ Omisión grave
Inversión en salud (% inv. total)~71.85% (automática)~71% (estimado)Estable
Inversión en educación y PAE~$1,400 M est.~$1,500 M est.
Inversión en agua y saneamiento~$1,726 M est.~$1,900 M est.↑ insuf.
Inversión real discrecional~$11,730 M~$13,000 M

(La «inversión real discrecional» excluye la transferencia automática al régimen subsidiado de salud y estima el margen de decisión política del alcalde)


A dónde va la plata que el alcalde sí decide

Inversión discrecional 2025. Excluye $38.163 millones de salud, giro automático del SGP y ADRES.

Total discrecional: ~$11.730 millones (100%)

Casi la mitad de la plata discrecional, $5.550 millones, se va en servicios profesionales y consultoría. Los acueductos del municipio con calificación 2.5 en agua reciben la cuarta parte de lo que reciben los contratos de papel.

Fuente: análisis de corrupcionaldia.com sobre ejecución presupuestal CHIP/CUIPO y contratación Secop. Cifras aproximadas en millones de pesos.
corrupcionaldia.com

Este gráfico revela la anomalía más crítica de la gestión: cuando se extrae el gasto automático en salud (que no es decisión política del alcalde), el mayor rubro de inversión real son los servicios profesionales y de consultoría (~47.3%). Que casi la mitad del dinero discrecional del municipio vaya a honorarios y contratos de prestación de servicios —y que, precisamente, sea ahí donde la Fiscalía señala irregularidades— no es una coincidencia: es el núcleo del escándalo.


Deuda pública, regalías y vigencias futuras — Las tres cajas negras

La deuda que emergió sin historia

Como se señaló en la Anomalía N°1, el servicio de la deuda pública aparece en 2025 por $600,000,000, sin que exista un registro actualizado en el FUT_DEUDA_PUBLICA del CHIP que explique el origen, el monto, la tasa, el plazo y el acreedor de esa obligación. Los únicos datos históricos de deuda registrados en el CHIP son de 2015 y 2016, correspondientes a créditos de una administración anterior.

La Ley 358 de 1997 establece que los municipios que presenten una relación de intereses sobre ahorro operacional superior al 40% entran en semáforo rojo y no pueden contratar nuevos créditos sin autorización del MinHacienda. Para el municipio de Sucre-Sucre, el ahorro operacional 2024 es de aproximadamente $49,861 millones (ingresos corrientes $53,070 millones menos funcionamiento $3,219 millones). Si el total del crédito fuera de $3,000 millones (una estimación conservadora dado el servicio de $600 millones), la relación intereses/ahorro operacional sería de apenas el 1.2%, bien dentro del semáforo verde. El problema no es la capacidad de endeudamiento: es la opacidad sobre su existencia y sus condiciones.

La ciudadanía de Sucre tiene derecho constitucional a saber con quién se endeudó su alcalde, a qué tasa y para qué.

Las regalías: dinero invisible

El municipio de Sucre-Sucre, como integrante de la subregión de La Mojana y como ZOMAC, recibe asignaciones del Sistema General de Regalías a través de los fondos compensatorio y regional, distribuidos por los OCAD (Órganos Colegiados de Administración y Decisión). Sin embargo, el CHIP no registra ningún reporte de ejecución de regalías para 2024 ni para 2025, el último registro disponible data de diciembre de 2022.

Esto no significa que el municipio no haya recibido regalías. La CORPOMOJANA, en su Plan de Acción Cuatrienal 2024-2027, menciona la participación del alcalde Assad Elías Cure Hernández en el Consejo Directivo de esa corporación y su articulación con los proyectos regionales. El portal del DNP-SGR debería mostrar los proyectos aprobados y en ejecución para el municipio, pero la ausencia del reporte en el CHIP impide la triangulación de fuentes que exige el rigor de este análisis.

ANOMALÍA N°3 — OMISIÓN TRIPLE EN EL CHIP: La no actualización de los formularios FUT_DEUDA_PUBLICA, FUT_VIGENCIAS_FUTURAS y SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS para los períodos 2024-2025 constituye una falta administrativa grave. El artículo 354 de la Constitución Política y la Ley 298 de 1996 obligan a todas las entidades territoriales a reportar su información financiera al Sistema de Información Contable Pública. La omisión no es un error técnico: es un patrón de opacidad que impide el control ciudadano, el control fiscal de la Contraloría y el control disciplinario de la Procuraduría.

Las vigencias futuras: el silencio que compromete el futuro

La figura de vigencias futuras —regulada por el artículo 12 de la Ley 819 de 2003— permite a un alcalde comprometer recursos presupuestales de vigencias siguientes, siempre que el Concejo Municipal lo autorice y que el monto comprometido no supere el 30% de los ingresos corrientes de la vigencia en curso. El último reporte de vigencias futuras para Sucre-Sucre en el CHIP data del período octubre-diciembre de 2022.

La ausencia de reporte para 2024-2025 puede significar dos cosas: (a) que el municipio no comprometió vigencias futuras en esos años, lo cual sería fiscalmente prudente; o (b) que comprometió vigencias futuras pero no las reportó, lo cual sería otra omisión grave. Dada la denuncia sobre 180 contratos repartidos entre cinco empresas, la hipótesis (b) no puede descartarse sin una auditoría.


Análisis jurídico — ¿Prevaricato por Omisión (Art. 414 CP)?

El artículo 414 del Código Penal colombiano (Ley 599 de 2000) tipifica el delito de prevaricato por omisión en los siguientes términos:

"El servidor público que omita, retarde, rehuse o deniegue un acto propio de sus funciones, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a sesenta y seis (66) meses, multa de veinte (20) a cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilidad para ejercer funciones públicas por el mismo tiempo."
— Artículo 414, Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000)

La jurisprudencia consolidada de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia (véanse, entre otras, las sentencias de los procesos 37321, 41563 y 45621) ha establecido cuatro elementos constitutivos del prevaricato por omisión: (1) deber funcional específico; (2) omisión del acto debido; (3) voluntariedad de la conducta; y (4) ausencia de causa justificante.

Analicemos si estos elementos se configuran en la gestión del alcalde Assad Elías Cure Hernández:

Elemento 1: Deber funcional específico

El alcalde municipal, por mandato del artículo 315 de la Constitución Política y de los artículos 91, 92 y 93 de la Ley 136 de 1994 (Ley Orgánica de Municipios), tiene el deber funcional específico de: (a) garantizar la prestación eficiente de los servicios públicos domiciliarios, incluido el agua potable; (b) conservar el orden público y atender las emergencias decretadas en su territorio; (c) cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley y los acuerdos municipales; (d) presentar informes de gestión y reportar oportunamente la información financiera a los organismos competentes. Estos deberes son específicos, exigibles, y no admiten discrecionalidad en su cumplimiento.

Adicionalmente, el artículo 96 de la Ley 136 de 1994 —en concordancia con la Resolución 357 de 2008 de la Contaduría General de la Nación— establece el deber específico de reporte de información al Sistema de Información Contable Pública, que incluye los formularios del CHIP.

Elemento 2: Omisión del acto debido

Se documentan al menos cuatro omisiones concretas en la gestión de Assad Elías Cure Hernández durante 2024-2025:

Omisión A — Reporte al CHIP: La no actualización de los formularios FUT_DEUDA_PUBLICA, FUT_VIGENCIAS_FUTURAS y SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS para los períodos 2024-2025 constituye la omisión de un acto administrativo obligatorio, con plazos y formatos establecidos en normas de rango reglamentario. No es opinable: es un deber legal incumplido.

Omisión B — Transparencia en contratación: Si se confirma que 180 contratos fueron adjudicados a cinco empresas sin cumplir los principios de transparencia y selección objetiva, el alcalde omitió su deber de garantizar la aplicación de la Ley 80 de 1993 en los procesos contractuales bajo su responsabilidad.

Omisión C — Portal de transparencia: La Ley 1712 de 2014 (art. 9 y ss.) obliga a todas las entidades del Estado a publicar en su sitio web oficial la información de planeación, presupuesto, contratación y resultados de gestión. El sitio sucre-sucre.gov.co presenta múltiples secciones con error 404, lo que configura el incumplimiento del deber de publicidad activa.

Omisión D — Respuesta estructural a las inundaciones: El artículo 315, numeral 2, de la Constitución asigna al alcalde la función de «conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del gobernador respectivo». Las inundaciones recurrentes de La Mojana, con 39.000-40.000 damnificados anuales, configuran una emergencia permanente ante la cual el alcalde tiene deberes específicos de coordinación interinstitucional, declaración de calamidad pública y gestión de recursos para la atención. La Procuraduría ya llamó la atención el 3 de octubre de 2025 sobre el abandono de las familias mojaneras.

Elemento 3: Voluntariedad de la conducta

La Corte Suprema ha establecido que el prevaricato por omisión no requiere dolo de causar daño, sino únicamente que la omisión sea consciente y voluntaria. En el caso de Cure Hernández, la voluntariedad se infiere de: (i) haber gobernado durante 24 meses sin actualizar los formularios del CHIP, período en el cual otros municipios del departamento sí lo hicieron; (ii) haber contratado con un reducido número de proveedores en un patrón que la Fiscalía ya investiga; (iii) haber permitido que el portal de transparencia del municipio mantuviera secciones inaccesibles durante dos años, sin adoptar medidas correctivas.

Elemento 4: Ausencia de causa justificante

No existe causa objetiva que justifique la omisión de reporte al CHIP: es un proceso técnico-administrativo que no requiere recursos adicionales, solo disciplina institucional. Tampoco justifica la concentración contractual en cinco proveedores: la Ley 80 de 1993 y el Manual de Colombia Compra Eficiente proveen procedimientos claros para la contratación competitiva, independientemente del tamaño del municipio.

Conclusión jurídica sobre prevaricato

Los cuatro elementos del tipo penal del prevaricato por omisión (Art. 414 CP) se configuran, en principio, en al menos tres conductas documentadas de la gestión de Assad Elías Cure Hernández: la omisión de reporte al CHIP, la posible omisión en el control de los procesos de contratación (si se confirman las irregularidades denunciadas por la Fiscalía), y la omisión de garantizar la publicidad activa de la información en el portal web oficial.

Esta conclusión es preliminar, técnica y no sustituye el análisis que debe realizar la Fiscalía General de la Nación. Tampoco pretende anticipar una condena. Lo que sí establece —con base en la jurisprudencia de la Corte Suprema y en la evidencia documental recopilada— es que existen méritos jurídicos suficientes para que la Fiscalía abra indagación preliminar y la Procuraduría General de la Nación inicie investigación disciplinaria.

La pena prevista en el artículo 414 CP —prisión de 32 a 66 meses, multa de 20 a 100 SMMLV e inhabilidad para ejercer funciones públicas por el mismo tiempo— no es un dato decorativo. Es la expresión del ordenamiento jurídico colombiano sobre el bien jurídico protegido: la correcta y transparente administración de lo público. Sin esa corrección, no hay Estado de derecho. Sin ese Estado, no hay municipio. Sin ese municipio, no hay futuro para las 27.500 personas que viven en Sucre-Sucre.

Es importante subrayar que en el caso específico de la contratación —la denuncia de la concejala Ordóñez y la investigación de la Fiscalía— la conducta que se configura no sería solo prevaricato por omisión sino potencialmente, según las circunstancias que la Fiscalía determine, los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales (Art. 410 CP) y celebración indebida de contratos (Art. 409 CP), cuya pena incluye hasta nueve años de prisión e inhabilidad para ejercer cargos públicos.


Balance de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

El alcalde Assad Elías Cure Hernández no ha publicado un reporte voluntario local de seguimiento a los ODS. La sede electrónica del municipio no contiene un dashboard o informe específico sobre el cumplimiento de la Agenda 2030. El análisis se realiza con base en la evidencia documental del CHIP y fuentes de prensa:

TABLA 10. Balance ODS — Gestión Assad Elías Cure Hernández, Sucre-Sucre 2024-2025

ODSNombreCalificaciónEvidencia
1Fin de la pobreza⚠️ ParcialIPM La Mojana 64.6%; sin política documentada de superación de pobreza extrema
2Hambre cero❌ DeficienteSin estrategia documentada de seguridad alimentaria diferente al PAE escolar
3Salud y bienestar⚠️ RegularCobertura subsidiada alta, pero acceso rural deficiente; sin hospital propio
4Educación de calidad✅ AceptablePAE y transporte escolar ejecutados; dotación verificada en CHIP
5Igualdad de género❌ Sin informaciónNo hay política publicada; indicadores no disponibles
6Agua limpia y saneamiento❌ Crítico40,000 damnificados/año; sin solución estructural a inundaciones
7Energía asequible⚠️ ParcialAlumbrado público ejecutado ($539 M); sin política de energías renovables
8Trabajo decente❌ DeficienteSin estrategia de empleo formal; economía informal dominante
9Industria e infraestructura⚠️ ParcialObras en acueductos y educación; vías en estado crítico
10Reducción de desigualdades❌ Sin políticaNo documentada
11Ciudades sostenibles❌ DeficienteInundaciones anuales; sin POT actualizado
12Producción responsable❌ Sin políticaNo documentada
13Acción por el clima❌ ReactivoSolo atención de emergencias; sin plan de adaptación climática
14Vida submarinaNo aplica (municipio interior)
15Ecosistemas terrestres❌ DeficienteSin política de conservación de humedales de La Mojana
16Paz e instituciones❌ CríticoDenuncia Fiscalía por contratos; opacidad institucional; portal web incompleto
17Alianzas⚠️ ParcialParticipación en CORPOMOJANA, Aguas de Sucre y Concejo Directivo regional

Balance ODS: De 16 ODS aplicables, la gestión muestra avance aceptable en 1 (ODS 4), avance parcial en 4 (ODS 1, 7, 9, 17), déficit en 8 (ODS 2, 3, 5, 8, 10, 11, 12, 15) y situación crítica en 3 (ODS 6, 13, 16). El balance neto es negativo.


El veredicto — Dos años en La Mojana con nota de 3.6

TABLA 11. Calificación Final de la Gestión 2024-2025 — Alcalde Assad Elías Cure Hernández, Municipio de Sucre, Sucre

IndicadorCalificación (0-10)Adjetivo
1. Agua potable, saneamiento e inundaciones2.5❌ Deficiente
2. Infraestructura vial y conectividad3.5⚠️ Regular
3. Salud pública y protección social5.0⚠️ Aceptable
4. Educación, PAE y calidad educativa6.5✅ Aceptable-Bueno
5. Transparencia, contratación y buen gobierno2.0❌ Deficiente
Promedio simple3.9
Ajuste: omisión reportual CHIP−0.2
Ajuste: denuncia Fiscalía contratos−0.1
CALIFICACIÓN FINAL AJUSTADA3.6 / 10MEDIOCRE

La calificación en perspectiva

3.6 sobre 10. Mediocre. No es la peor gestión posible: hay un indicador que aprueba (educación), hay inversión en ejecución, y hay un alcalde que al menos sale a los medios a denunciar el abandono del gobierno nacional frente a las inundaciones. Eso merece reconocimiento. Pero tampoco es una gestión que pueda llamarse buena, ni siquiera regular, cuando:

Cuatro de cinco indicadores prioritarios están por debajo del umbral de aprobación. La dependencia fiscal sigue siendo del 93%, con apenas $4 de cada $100 de ingresos generados por el propio municipio. La Fiscalía investiga la posible irregularidad en 180 contratos repartidos entre solo cinco empresas. El portal de transparencia tiene páginas caídas. El CHIP lleva dos años sin actualizarse en los formularios más críticos de control financiero. Y las inundaciones de La Mojana —que el gobierno nacional prometió resolver y nunca resolvió— siguen sumergiendo año tras año a decenas de miles de personas en la miseria.

La calificación de 3.6 / 10 es, ante todo, un llamado a la acción. No solo del alcalde Cure Hernández, que tiene dos años más para revertir este balance. También del gobierno nacional, que sigue mirando a La Mojana como un problema de ingeniería hidráulica cuando es, ante todo, un problema de justicia territorial. Y de los organismos de control —Contraloría, Procuraduría, Fiscalía— que tienen en sus manos los instrumentos para exigir cuentas, investigar irregularidades y castigar la opacidad.


Recomendaciones a los organismos de control

A la Contraloría Departamental de Sucre:
Realizar una auditoría forense a la ejecución de los formularios de inversión del CHIP 2024-2025, con énfasis en: (a) la brecha entre compromisos y pagos en construcción y obras ($857 millones sin pagar en 2024); (b) la deuda pública de $600 millones que aparece en 2025 sin registro actualizado en el FUT_DEUDA_PUBLICA; (c) la concentración contractual denunciada por la concejala Ordóñez.

A la Procuraduría General de la Nación:
Abrir investigación disciplinaria por: (a) incumplimiento del deber de reporte al CHIP (omisión de tres formularios durante 24 meses); (b) incumplimiento de la Ley 1712 de 2014 en materia de publicidad activa; (c) posible omisión en el control de procesos contractuales.

A la Fiscalía General de la Nación:
Continuar y profundizar la investigación sobre la adjudicación de más de 180 contratos a cinco empresas, verificando: (a) si se cumplieron los principios del Estatuto General de Contratación; (b) si existe relación entre los proveedores beneficiados y funcionarios o personas cercanas a la administración; (c) si la deuda de $600 millones tiene documentos soporte legales.

Al Concejo Municipal de Sucre-Sucre:
Ejercer el control político que la Constitución le otorga: citar al alcalde a debate de control político sobre la contratación, exigir la actualización de los reportes al CHIP, y aprobar una proposición que ordene al ejecutivo publicar el listado completo de contratos 2024-2025 con nombre del proveedor, objeto, valor y forma de selección.

A la ciudadanía de Sucre-Sucre:
Usar la Ley 1712 de 2014 para exigir información. Cualquier ciudadano puede radicar una Solicitud de Acceso a la Información (SAI) ante la Alcaldía pidiendo: el listado completo de contratos 2024-2025, el monto y destinatario de la deuda de $600 millones, y el estado de ejecución de los proyectos de agua potable. La alcaldía tiene 10 días hábiles para responder. Si no lo hace, puede acudir al Tribunal Administrativo de Sucre.


La conclusión que el pueblo de La Mojana escribe con agua

Hay una imagen que resume mejor que cualquier gráfica estos dos primeros años de gobierno en Sucre-Sucre: la de una familia mojanera subida sobre el techo de su casa, rodeada de agua por todos lados, esperando que llegue el bote de la Defensa Civil. No es una imagen de 2025; es la misma imagen de 2010, de 2011, de 2017, de 2022, de 2024. Cambian los rostros; la imagen no.

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