Siempre se había dicho que el grupo político con mayorías en el Consejo Superior de la Universidad del Atlántico hacía lo que le daba la gana, quitaba y ponía rector cuando quería.

Este comportamiento era reiterativo, al punto que si un rector no atendía sus mañosas directrices para manejar el presupuesto y la burocracia, era removido en reunión extraordinaria del Consejo Superior.

Hoy, un fallo del Tribunal Superior del Atlántico desenmascaró este modus operandi, típico actuar de las mafias corruptas enquistadas en las instituciones educativas oficiales, al darle la razón al exrector Rafael Castillo, quien fue removido de su cargo “a las patadas” por el Consejo Superior en el año 2015.

Antes de entrar en detalles sobre el fallo que favoreció a Castillo, es importante señalar que comportamientos como lo que asumió ese Consejo Superior de la Universidad del Atlántico –y que también replican prepotentes y arbitrarios directivos de agencias estatales, corporaciones y secretarías de entes territoriales–, le cuesta al Estado un multimillonario rubro de su presupuesto y un desgaste innecesario al sistema de justicia.

Se creen los “amos y señores” de estos cargos directivos, que pueden pisotear las normas y pasar por encima de la Ley.

A consecuencia de este fallo, tanto el exgobernador Antonio Segebre como presidente del Consejo Directivo y el resto de miembros, están sujetos a una demanda penal por prevaricato.

Rafael Castillo Pachco

Exrector de la Universidad del Atlántico

El fallo del Tribunal Administrativo

El 8 de septiembre de 2014, el Consejo Superior de la UDEA, mediante Resolución No. 00005, dispuso designar como Rector de la universidad a Rafael Ángel Castillo Pacheco por el tiempo requerido para la realización de las consultas internas a los estudiantes y docentes, la designación y la posesión del nuevo rector que de conformidad con el procedimiento previo de consultas internas designe el Consejo Superior”. 

Rafael Castillo había sido elegido como representante de los estudiantes y docentes para ocupar el cargo de rector en propiedad de la UDEA, motivo por el cual fue cuestionado y señalado públicamente por la entonces Ministra de Educación, Gina Parodi, de utilizar su investidura para manejar a su favor el concurso para elegir rector, aunado a la configuración de hechos ilícitos y de corrupción en procura de tal propósito.

Similar conducta asumió el otrora representante del sector productivo ante el Consejo Superior de la UDEA, César Lorduy Maldonado, quien en un medio escrito de prensa local «enfatizó y sentenció que la salida de Castillo es inminente», esto sin que mediara evaluación alguna del desempeño de su gestión como rector. 

El Gobernador del Departamento del Atlántico de entonces, Antonio Segebre, en su condición de Presidente del Consejo Superior de la UDEA, acogiendo la solicitud de seis integrantes de dicho estamento, convocó a sesión extraordinaria a efectos de 1.- Resolver recusaciones de los representantes de los egresados Dr. Leyton Daniel Barrios Torres, ex rectores Dr. Antonio Vallejo Morales, Directivas Académicas Dra. Clara Fay Vargas Lascarro, y del Presidente del Consejo; y 2.- Encargo del rector de la Universidad del Atlántico

Para ese momento eran públicas y conocidas las declaraciones de los integrantes del Consejo Superior de la UDEA, por lo que el 14 de agosto de 2015 a las 11:00 am, por conducto de su apoderado, en los términos y formas previstas en la Ley 1437 de 2011, Rafael Castillo presentó recusación contra los seis integrantes y el Presidente del máximo organismo rector de la universidad, que ya habían decidido y publicado de manera grosera y altiva su remoción del cargo.

El 14 de agosto de 2015, en desarrollo de la reunión extraordinaria convocada por el gobernador Antonio Segebre, presidente del Consejo Superior, el rector Rafael Castillo solicitó que se decidiera acerca de las recusaciones presentadas por su apoderado, pero sin mayores explicaciones su solicitud no fue tramitada.

No obstante, los recusados actuaron como si nada pasara y testificaron su acuerdo con la salida del rector, no se opusieron, al respecto no hubo ninguna clase de deliberación. 

Castillo denunció además que la representante de las directivas académicas, Clara Fay Vargas Lascarro, participó de la decisión de removerlo, pese a estar suspendida del cargo por parte de la Oficina de Control Disciplinario Interno de la UDEA; y que los representantes de los estudiantes y docentes no votaron la remoción del rector, como quiera que no se les permitió ejercer el derecho de voz y voto

Exrepresentante

César Lordouy Maldonado

Hoy, magistrado del CNE

Al verificar y estudiar las recusaciones presentadas, el Tribunal Administrativo del Atlántico encontró:

1) Recusación contra el señor César Lorduy Maldonado. Al revisarla, se advierte que están debidamente identificados los sujetos, esto es, quien la presenta y contra quién va dirigida. 
Así mismo se indicó que se trata de un conflicto de intereses11 dado que el señor César Lorduy Maldonado en su condición de integrante del Consejo Superior de la UDEA como representante del sector productivo, hizo públicas declaraciones en medios de presa hablada y escrita de circulación local, los días 09, 10 y 11 de agosto de 2015, donde sugería la renuncia del aquí demandante al cargo de rector de la UDEA, lanzando afirmaciones como “la salida de Castillo es inminente”. Para respaldar su dicho allegó los recortes de prensa donde se encuentran insertos las declaraciones o hechos noticiosos en los que fundamenta la recusación. 
Considera esta Sala que la recusación cumple los requisitos, puesto que claramente se indicaron las razones por las cuales el recusado podría tener un conflicto de intereses, como quiera en su condición de representante del sector productivo hizo pública su posición o postura frente a la no continuidad en el cargo de rector por parte del señor Rafael Ángel Castillo Pacheco.

2) Recusación contra la otrora Ministra de Educación Gina Parody D´echeona o su delegada. Frente a estas recusaciones es claro que los sujetos también están debidamente identificados. 

De igual modo se indicó que se trata de un conflicto de intereses si se tiene en cuenta que la entonces Ministra de Educación y quien fungía como su delegada, Natalia Ariza Ramírez, hicieron públicas declaraciones en medios de presa hablada y escrita de circulación nacional y local, los días 05 y 09 de agosto de 2015, donde dejan entrever “su animadversión contra el Rector y manifiestan expresamente su desacuerdo con el que continúe en el cargo, develando así el sentido de su decisión sobre el voto que deberá proferir al respecto”. Para respaldar su dicho allegó los recortes de prensa donde se encuentran insertas las declaraciones rendidas por las antes referenciadas y en que fundamenta la recusación. 

3) Recusación contra los consejeros César Lorduy Maldonado, Francisco Javier Cardona Acosta, Antonio Vallejo Morales, Clara Fay Vargas Lascarro, Leyton Daniel Barrios Torres y José Antonio Segebre Berardinelli, la Ministra de Educación y su delegada. Al revisarla, se advierte que están debidamente identificados los sujetos, esto es, quien la presenta y contra quién va dirigida. 

Así mismo se indicó que se trata de un conflicto de intereses, debido a que asegura que en las declaraciones emitidas por el consejero representante del sector productivo, afirmó que “había principios de acuerdo entre los seis consejeros que convocaron la sesión y el gobernador para que este último sea el que convoque una nueva antes que finalice la semana”, lo que en su sentir, fue corroborado con la misiva que radicaron los señores Francisco Javier Cardona Acosta, Kelly Johana Sterling Plazas (representante Ministerio de Educación), César Lorduy Maldonado, Antonio Vallejo Morales, Clara Fay Vargas Lascarro y Leyton Daniel Barrios Torres, en fecha 05 de agosto de 2015 ante la Secretaría del Consejo Superior de la UDEA, a través de la cual solicitaron convocar a sesión extraordinaria a dicho estamento, con la finalidad de agotar el siguiente orden del día: “1.- Resolver recusaciones de los representantes de los egresados Dr. Leyton Daniel Barrios Torres, ex rectores Dr. Antonio Vallejo Morales, Directivas Académicas Dra. Clara Fay Vargas Lascarro, y del Presidente del Consejo; y 2.- Encargo del rector de la Universidad del Atlántico”

Con estos y otros argumentos de Ley, el Tribunal de lo Contencioso del Atlántico determinó la nulidad de la Resolución Superior No. 000005 de 14 de agosto de 2015, por medio de la cual se removió del cargo de Rector al señor Rafael Ángel Castillo Pacheco. 

A título de restablecimiento del derecho, se ordenó a la UDEA que proceda a expedir acto administrativo a través del cual se ordene a favor de Rafael Ángel Castillo Pacheco, el reconocimiento y pago de los salarios y demás prestaciones sociales, con los incrementos de ley, causados desde el 14 de agosto de 2015 hasta el 21 de junio de 2017.

De igual modo, se ordenará el descuento de los salarios y prestaciones que el demandante haya percibido como servidor de otras entidades del Estado causados desde el 14 de agosto de 2015 hasta el 21 de junio de 2017, en atención a la prohibición legal y constitucional de recibir más de una asignación que provenga del tesoro público. 

Se estima que esto le cuesta a la Universidad del Atlántico más de $500 millones de pesos.

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