La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a Bernardo Moreno Villegas, exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia durante el gobierno de Álvaro Uribe, a cinco años y 7 meses de prisión por el delito de tráfico de influencias de servidor público.

Según el alto tribunal el funcionario influenció indebidamente a cinco servidores públicos para contratar a personas cercanas a la exrepresentante a la Cámara Yidis Medina, que votó favorablemente la reelección de Uribe a cambio de dádivas y que derivó en el escándalo de la yidispolítica. 

Moreno Villegas también deberá pagar una multa de 139.579 salarios mínimos legales mensuales vigentes y fue inhabilitado por 82 meses y 7 días (algo más de seis años) para el ejercicio de derechos y funciones públicas. La Corte, además, le negó la prisión domiciliaria y la condena de ejecución condicional que había pedido su defensa y emitió orden de captura en su contra. 

Como se recordará, la Yidispolítica es el nombre que se le dio al escándalo político de corrupción desatado en abril de 2008 a raíz de las declaraciones de la exrepresentante a la Cámara Yidis Medina, quien admitió haber aceptado ofrecimientos de sobornos de parte de funcionarios del Gobierno Nacional a cambio de su voto favorable al proyecto de reforma constitucional que permitió que Álvaro Uribe Vélez aspirara a un segundo mandato presidencial y como consecuencia fuera reelecto en el año 2006.

La inocente Yidis Medina, Pixar style AI image

En la ponencia del magistrado Ariel Augusto Rojas se lee que Moreno Villegasinfluenció indebidamente en cinco servidores públicos, con el fin de que tramitaran el nombramiento o la contratación en entidades públicas de personas allegadas a la exrepresentante a la Cámara Yidis Medina Padilla”. 

Las personas cercanas a Yidis Medina, luego de las recomendaciones hechas por Moreno Villegas, fueron nombradas en la Red de Solidaridad Social (RSS), en Etesa, el Sena, y en varias notarías, como “retribución por haber votado favorablemente el proyecto de Acto Legislativo n.º 267 de 2004 en la Comisión Primera Constitucional”, que modificó el artículo 197 de la Constitución de 1991 para permitir la reelección presidencial inmediata. 

Bernardo Moreno Villegas

De acuerdo con el fallo de la Corte, Moreno Villegas, en su calidad de director del Dapre, utilizó sus influencias sobre Luis Alfonso Hoyos, director de la Red de Solidaridad para la contratación de Jairo Alonso Plata Quintero; a Gloria Giraldo, presidenta de Etesa (2002-2006) para contratar a César Augusto Guzmán Areiza, Margoth Álvarez Ruiz, Liliana Figueredo y Marghori Mejía; a Mary Luz Londoño, presidenta de Etesa (2006-2010) para contratar a José Agustín Quecho y de Karen Hernández

A Manuel Cuello Baute, superintendente de Notariado, para que contratara, en calidad de encargo, a Sandra Domínguez en la Notaría Segunda de Barrancabermeja y a María Lucelly Valencia, en interinidad. En el caso del Sena, Moreno Villegas influyó sobre Darío Montoya, director de la entidad entre 2004 y 2010, para la contratación de Juan Bautista Hernández

Hay que recordar que el momento de los hechos, Moreno Villegas era el director del Dapre de Uribe, pues ocupó el cargo entre el 19 de julio de 2004 y el 7 de agosto de 2010, por lo que, según el fallo de la Sala de Primera Instancia, sí tenía la capacidad para influir en las entidades mencionadas y era consciente de que sus actuaciones eran ilegales y “sabía que una vinculación al Estado no podía convertirse en un medio para cumplir compromisos ilícitos”. 

Manifestación de ello fue su intromisión en asuntos internos de las entidades directamente o a través de sus asesores, el envío de las hojas de vida con su visto bueno, las llamadas telefónicas realizadas a los directores de la Red de Solidaridad Social y del Sena, a las Presidentas de Etesa y al Superintendente de Notariado y Registro, las citas que procuró a Yidis, la atención directa a esta, ocasión en que le presentó a sus recomendados y las reuniones en “voz baja” en Presidencia de la República para tratar sobre las componendas prometidas para “pagar” los votos de la reelección”, se lee en el fallo 

Además, se advierte que “es evidente que la gestión constituye la culminación del objetivo del entonces Gobierno para cumplir las promesas hechas a Medina Padilla, con motivo del apoyo que dio al proyecto de reelección presidencial inmediata, pues como integrante de la administración se beneficiaba con un segundo periodo presidencial como en efecto ocurrió”. 

Anteriormente por el mismo caso de la llamada Yidispolítica, en el 2015, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó a 80 meses de prisión a los exministros de Uribe, Sabas Pretelt de la Vega (ministro del Interior y Justicia) y Diego Palacio Betancourt (ministro de Salud y Protección Social), y a 60 meses de prisión al exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República Alberto Velásquez Echeverri, por el delito de cohecho por dar u ofrecer.

Según la sentencia, “ese ilícito actuar resultó definitivo para cambiar el rumbo no solo de la política, sino los destinos del país, en la medida en que al procurar con métodos protervos la continuidad de un trámite legislativo que de haber surtido su curso sin las referidas interferencias y permitiendo su debate a partir de las ideas, como corresponde en un Estado que protege el pluralismo político y la participación democrática, tal vez, hoy día, otra sería la situación”. 

En ese momento la Corte además determinó que los funcionarios habrían seguido instrucciones del entonces presidente Álvaro Uribe y dispusieron del poder que les conferían sus altos cargos para pagar, con una serie nombramientos, el voto favorable de la exrepresentante Medina y la ausencia de Avendaño en la respectiva votación. 

Los tres acusados, concluye la Corte, actuaron mancomunadamente, guiados por el mismo propósito: procurar disipar el quorum de los 18 congresistas que apoyaban la solicitud de archivo, y prevalidos de su condición de miembros del equipo de Gobierno y conocedores del interés que el Presidente de la República tenía en que la reelección presidencial cumpliera satisfactoriamente el trámite legislativo en el Congreso, le hicieron ofrecimientos a Yidis Medina y a Teodolindo Avendaño de los cargos que podían estar disponibles, para asignárselos en pago, a la primera, con el fin de realizar un acto contrario a sus funciones y, al segundo, para que lo omitiera”, agregó.

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