Tras al menos 19 años de litigios, que demuestran el anquilosado aparato de justicia del país, recientemente se produjeron dos fallos relacionados con el retiro o disminución de las pensiones que obtenían desde entonces, una ex congresista y la esposa de un senador fallecido.
El primer caso tiene como protagonista a la ex representante a la Cámara por el departamento de Bolívar, Janit Antonia Bula quien tras largos años perdió un pleito legal contra el Fondo de Prevención Social del Congreso (Fonprecon), luego de que en marzo el Consejo de Estado le quitó la pensión que recibía desde 2001, argumentando que Bula obtuvo este pago sin aplicar a este beneficio.
La mujer recibía esta pensión desde el 11 de diciembre del 2001 y fue demandada por el Fonprecon al considerar que ella no aplicaba para recibir una remuneración bajo el extinto régimen especial de congresistas, ni bajo la ley 100 de 1993, que unificó los sistemas pensionales.
El caso se quedó en vilo por varios años, hasta que la mujer pidió que la reliquidaran mediante una contrademanda al Fondo. Según ella, la respuesta estaba en la interpretación de la ley cuarta de 1992, por medio de la cual se dispuso que las pensiones de los congresistas no podían ser inferiores al 75% de su ingreso mensual promedio del último año.
Además, alegó estar acogida por la Ley 100 de 1993 y por el régimen transitorio. La contrademanda llegó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, entidad que en mayo de 2019 le dio la razón al Fondo de Prevención social del Congreso, tras concluir que si bien la excongresista cumplía con la edad requerida para pensionarse, Bula solo vino a ser parte del legislativo entre el 20 de julio de 1999 y el 19 de julio del 2000 cuando fue representante a la Cámara.
El meollo del asunto con la pensión de Bula es que ella fue representante a la Cámara entre 1999 y 2000, con lo cual, para el 1994 no era ni siquiera congresista.
Después de 19 años, el máximo tribunal de lo contencioso administrativo le puso punto final a esta discusión, reseñando que quienes antes del primero de abril de 1994 no gozaban con la condición de congresistas no pueden ser beneficiarios del régimen especial de pensiones para parlamentarios.
Bula duró 18 años recibiendo este beneficio, esquilmando el erario de manera arbitraria y consciente.
Otro caso tiene que ver con la viuda del excongresista cordobés Amaury García Burgos, Susana Burgos de García, quien recibía una pensión mayor a la que tenía derecho según sentenció el Consejo de Estado.
El alto tribunal ordenó la reliquidación del dinero que recibía la viuda al fallar una demanda interpuesta por el Fondo de Previsión Social del Congreso.
El fallo obedece a que desde 1996 la mujer del asesinado político conservador cordobés venía recibiendo el 75 % de lo que devengaba el legislador, con base en el régimen de pensiones de congresistas de 1992.
Por ello Fonprecon interpuso una demanda en contra de esta decisión, al argumentar que el régimen que venía cobijando a Burgos de García solo podía beneficiar a quienes se encontraran ejerciendo su rol después de la puesta en marcha del citado régimen.
“Como el fallecido ex congresista obtuvo su derecho antes de la entrada en vigencia del citado régimen, no podía ser beneficiario del mismo”, aclara el fallo del Consejo de Estado. Y agrega que el ex legislador, pese a que tenía derecho al reajuste especial, no podía ser equivalente al 75 % de lo devengado por un congresista en 1992, sino únicamente al 50 % de la pensión asignada a los excongresistas que sí tenían derecho a ser cobijados por ese régimen especial.
En este caso tampoco el Consejo de Estado obliga a la demandada devolver dinero alguno, solo se limitó a reliquidar la pensión conforme lo establece la norma.
Vale recordar que Susana Burgos es madre de la actual senadora del partido conservador, Nohora García Burgos y abuela del exalcalde de Montería, Marcos Daniel Pineda García.