Por: Hernando Escobar Medina 
“Porque sembraron viento y torbellino segarán, no tendrán mies, ni el fruto hará harina; si la hiciere, extraños la tragarán.”
Sagradas Escrituras, Oseas 8:7

Mucho daño han causado a los magdalenenses los miembros del “Clan Cotes” desde cuando regentaron los destinos del Magdalena, durante los gobiernos departamentales de Luis Miguel Cotes Habeych y Rosa Cotes de Zúñiga,entre los años 2012 y 2019, al disponer dolosamente de cientos de miles de millones de pesos para acrecentar delictuosamente su patrimonio personal en desmedro de los más pobres y vulnerables en nuestro departamento. Nunca antes se había suscitado tanta corrupción y delito en el Palacio Tayrona, sede administrativa de la Gobernación del Magdalena.

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El “Mello” y su tía Rosa Cotes, a quien algunos familiares y amigos le llaman “Ocha”, acaban de ser vinculados por la Contraloría General de la República, como presuntos responsables  fiscales ante el descalabro financiero en la ejecución del Proyecto de la “Vía de la Prosperidad” , mediante Auto No. 01286, cuya notificación se surtió el 12 de noviembre de 2021. 

En el Auto No. 01286, la Contraloría General de la República determino al vincular al proceso de responsabilidad fiscal No. PRF-2018-00557 al ex mandatario del Magdalena “MelloCotes por haber  violado el principio  de planeación  contractual al adelantar el proceso  licitatorio, adjudicación  y suscripción  del Contrato de Obra No. 617 de 2013, con base en estudios previos desactualizados en tiempo y modo; lo cual conllevó  a una gestión  fiscal ineficaz,  ineficiente  y antieconómica.  De ello, da cuenta porque fue soportado en estudios y diseños desactualizados, elaborados en  2008  y  2009,  para  ser  ejecutados  a  partir  del  año  2013,  sin  tener  en consideración la ola invernal acaecida en los años 201O y 2011.”

La Entidad fiscalizadora resaltó “que  los  resultados  de  las  consultorías   con  GEOTECNIA  y CIMIENTOS  INGEOCIM  LTDA,   producto  del  contrato   No.  1873  de  2007,  se obtuvieron en marzo de 2008 y los derivados del contrato No. 3434 de 2008, con la firma LA  VIABILIDAD LTDA en noviembre de 2009; por lo cual, al momento de iniciar la Gobernación de Magdalena el proceso licitatorio de obra pública LP_DM-07-2012, cuyo  objeto  fue el “MEJORAMIENTO DE LA VIA PALERMO – SITIO NUEVO ­ REMOLINO – GUAIMARO en el Departamento del Magdalena, adjudicado al CONSORCIO RIBERA ESTE, el  12  de  agosto  de  2012, mediante  Resolución  No.  768, por  un  valor  de CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL DIEZ MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL  SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE  PESOS CON  CUARENTA Y  DOS CENTAVOS ($432.010´178.757,42); ya habían transcurrido  cuatro (4) años, con el agravante del fenómeno natura, que ocasionó un desfase importante al momento de iniciar la ejecución de la obra en cita.”

En los pronunciamientos contenidos en el Auto 01286, con relación al mencionado proceso licitatorio de la “Vía de la Prosperidad”, se agrega por parte de la CGR, como imputación fiscal al ex gobernador Cotes, que “se tiene del acervo probatorio obrante dentro del expediente, que en virtud de la indebida planeación  de la inversión de los recursos que con ocasión del objeto contractual que se pretendió  lograr, se derivaron  falencias al momento de iniciar la ejecución  del contrato por parte del CONSORCIO RIBERA ESTE, en muchos aspectos contractuales y en lo que concierne a este proceso de responsabilidad fiscal, específicamente, lo relacionado  con la determinación de las fuentes (Canteras)  y el sistema de transporte  del material para el terraplén, más  beneficioso   para   el  proyecto   en  términos   de  eficiencia   y  economía contractual.”

En lo referido a las actuaciones y responsabilidades fiscales imputables a la ex gobernadora Rosa Cotes de Zúñiga, la CGR advierte que si bien al iniciar su periodo de mandato  recibió en ejecución el Contrato  No. 617-2013 con deficiencias, no es menos cierto que no realizó “ninguna acción efectiva  y asertiva,  por su parte,  que mitigara los efectos  dañinos al presupuesto estatal fruto de la indebida  planeación de su antecesor”, su sobrino el “MelloCotes.

Y concluye la CGR “que tanto el señor LUIS MIGUEL  COTES HABEYCH como  la señora ROSA COTES DE ZUÑIGA, en su condición de máxima  autoridad del departamento del Magdalena, dentro de los respectivos periodos de gobierno, actuaron como ordenadores del gasto y conforme a las funciones constitucionales, legales y reglamentarias tenían  la potestad de decidir  de manera  directa en la eficiente inversión de los recursos que fueron destinados para un proyecto de tan alta importancia para la región y que, como estandarte de sus planes de gobierno, debieron  procurar  por la efectividad en el mejoramiento especifico del Proyecto MEJORAMIENTO  DE LA VIA PALERMO – SITIO NUEVO – REMOLINO – GUAIMARO, en el departamento del Magdalena, en condiciones de responsabilidad, eficiencia, eficacia, moralidad  y economía,  que  debe  guardarse  en  todas  las  relaciones contractuales en que se involucren recursos públicos.

Cabe señalar que el proyecto en cuestión adolece de sendas inconformidades desde el punto de vista precontractual y contractual; sin embargo, dentro de la presente investigación se reprocha fiscalmente el daño derivado de la indebida planeación respecto a la inversión de los recursos destinados al pago del ítem de transporte de terraplén, tal como se ha establecido técnicamente por este ente de control, el cual a la larga representa un menoscabo al materializarse unos mayores valores en el costo del mismo; sin que por parte de la administración ejecutora del contrato se efectuara ninguna acción contundentemente diligente.”

A propósito de lo recientemente decidido por la CGR, es necesario recordar como la Procuraduría General de la Nación, en relación con lo investigado en el caso de la “Vía de la Prosperidad”, en decisión de segunda instancia, proferida con ocasión del proceso con radicación IUS-E-2017-519707 / IUC-D-2017-956399, impuso sanción disciplinaria al ex gobernador “Mello” Cotes por vulnerar con su indisciplinada actuación “dos principios de la contratación estatal, el de economía y el de responsabilidad, por varias conductas como quedó demostrado relacionadas con su participación en la etapa precontractual y contractual del proyecto Vía de la Prosperidad, a través de la adjudicación y celebración del contrato de obra 617 de 2013 con (i) estudios y diseños desactualizados; (ii) estudios y diseños con un presupuesto desfasado en el que se modificaron las especificaciones del material que se proponía de afirmado a terraplén, (iii) iniciar la obra sin considerar las fuentes de materiales existentes, (iv) no cumplir con los fines de la contratación, (v) no cumplir con las reglas de administración de bienes ajenos para garantizar la adecuada gestión e inversión delos recursos públicos.”

En lo que atañe a Rosa Cotes de Zúñiga, la Procuraduría General de la Nación sentenció  “que se encuentra probado que la desatención sustancial de los deberes funcionales a cargo de la gobernadora COTES de ZÚÑIGA impactó negativamente los principios de economía y eficiencia que rigen la función pública, respecto de la planeación y ejecución del proyecto vía de la prosperidad materializado en el contrato de obra 617 de 2013.” Y adicionó en su pronunciamiento final “En el caso que nos ocupa, la gobernadora del departamento del Magdalena tenía el deber funcional y la responsabilidad de manejar con suma diligencia y cuidado el proceso contractual y el manejo y ejecución del presupuesto destinado para el proyecto de inversión pública Vía de la Prosperidad, en estricta observancia de las disposiciones legales que regulan la materia con una finalidad primordial, como lo era buscar el cumplimiento de los fines de la contratación, entre ellos garantizar la efectividad de los intereses de los administrados; es decir, de la comunidad que sería beneficiada con el proyecto, quien no logró ver cristalizadas sus esperanzas de un mejor porvenir con la rehabilitación y mantenimiento de la vía desde Palermo hasta Guáimaro, beneficios explicados en la descripción del proyecto.

Finalmente, la Entidad Disciplinaria señalo que De todo lo expuesto, no se tiene duda que la disciplinada actuó sin la diligencia y cuidado necesaria. … Se observa que su comportamiento se encuadra en la definición de culpa grave dispuesta en el parágrafo del artículo 44 de la Ley 734 de: « […] La culpa será grave cuando se incurra en falta disciplinaria por inobservancia del cuidado necesario que cualquier persona de común imprime a sus actuaciones». Por tanto, la falta se atribuirá definitivamente a título de culpa grave.

En materia penal, como si todo lo expuesto, en lo fiscal y disciplinario fuera insuficiente, el “Mello” Cotes  está siendo juzgado, en la actualidad,  por la Corte Suprema de Justicia, Sala de Primera Instancia, con ocasión del proceso con No. interno 00005 – CUI 110016000102-2017-00181-01, al haber favorecido ilegalmente los intereses de la señora Enilce López Romero, popularmente conocida como “La Gata, con la fraudulenta y delictuosa adjudicación de la Licitación del “Chance” del Departamento del  Magdalena en el 2012, incurriendo en la comisión del delito tipificado como CONTRATO SIN CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS LEGALES.

Así mismo, en procesos penales que se adelantan por parte de la Unidad de Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, al “Mello” y “Ocha” Cotes, ex gobernadores del Magdalena, en los próximos días, les serian imputados cargos por el descalabro financiero y pérdida de recursos del erario en el proyecto de la “Vía de la Prosperidad”, las dolosas contrataciones del Programa de Alimentación Escolar “PAE” y por Lavado de Activos, Enriquecimiento Ilícito y Enriquecimiento Ilícito de Particulares, dadas las denuncias penales que interpusimos en la condición de Presidente de la Veeduría Ciudadana “No Más Corrupción en Colombia”.

Los ex gobernadores del Magdalena, Luis Miguel “Mello” Cotes y su tía Rosa Cotes de Zúñiga, deben responder fiscalmente, ante la  Contraloría General de la República, por daño al erario en cuantía de treinta y tres mil quinientos cincuenta y un millones de pesos en el descalabro de la “Vía de la Prosperidad”.

Mientras los Cotes serpentean por lo vericuetos de lo ilícito, delictivo y censurable, durante el puente festivo del pasado 15 de noviembre, en Barranquilla y a instancias del pre candidato presidencial Alex Char Chaljub, con la presencia de German Vargas Lleras y del patriarca empresarial y político Fuad Char, se llevó a cabo el conclave del Partido Cambio Radical con el objeto de definir las “cartas” que jugara esa colectividad política en las elecciones parlamentarias del 13 de marzo próximo. Saben Ustedes, amables lectores, a quien le fue asegurada su elección como Senador de la República, por parte de Alex Char, con el aporte de 85 mil votos del Charismo en Barranquilla? Pues si señores, al mismísimo procesado y sancionado “MelloCotes.

Será, acaso, que la sanción disciplinaria impuesta y lo recientemente conocido en materia de responsabilidad fiscal por detrimento al Estado,en el caso de la “Vía de la Prosperidad”, el juzgamiento penal en la Corte Suprema de Justicia por lo del “Chance” en favor de la empresaria López Romero y las investigaciones penales que se adelantan en su contra, en la Unidad de Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, le dan patente de corso al “MelloCotes Habeych para presentarse impúdico, descarado y sin vergüenza ante los ciudadanos electores de nuestra Nación, con impostada figura de dirigente político desvelado por el bienestar de los gobernados, requiriendo el favor popular? Se necesita ser cínico, insolente, atrevido y sinvergüenza, actitud propia de quien delinque sin pena ni arrepentimiento, antes con altanería.

Los miembros del “Clan Cotes”, enquistados en la política departamental del Magdalena por cuenta del  imperio del dinero mal habido y de sus vínculos non sanctos con criminales, se impusieron frente a nuestras gentes con su accionar engañoso y mafioso y un poder intimidatorio sicarial; son la mayor expresión de una clase política decadente y criminal, dominantes e impuestos por el poder derivado de recursos económicos tomados del erario y, aún, por la exhibición de las armas que portan sicarios mimetizados como escoltas. Ellos hacen parte de una especie política sin límites ni fronteras al momento de imponer su Ley de corrupción y delito; ostentan la misma condición que fuera denunciada, ante el país, por Hugo Escobar Sierra, Raimundo Emiliani Roman y Alvaro Gómez Hurtado en esa majestuosa cita de la democracia en el Teatro Santa Marta, el 14 de febrero de 1978. 

Los Cotes encarnan una evidente e inocultable condición de decadentes y, en el proceso eleccionario de marzo de 2022, tienen que ser proscritos de la actividad política en el Magdalena.   

P. D. 1. “Algunos han eludido la justicia humana, pero nadie se escapa de la justicia divina.”

          2. “Recuerda siempre que al final todo el mundo tiene su merecido.”

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