Aremca manejó millonarios recursos de regalías sin autorización: Consejo de Estado revela irregularidades

El Consejo de Estado ha sacado a la luz un escándalo que involucra a la Asociación Regional de Municipios del Caribe (Aremca), entidad que habría manejado contratos financiados con recursos del Sistema General de Regalías sin estar legalmente autorizada para hacerlo. Este descubrimiento pone en tela de juicio la legalidad de contratos por más de $386.411 millones.

Contratos millonarios sin autorización legal

Entre 2021 y 2023, Aremca suscribió 66 contratos en diversas áreas, desde obras públicas hasta asesorías de vigilancia, financiados con recursos de regalías. Los montos de estos contratos oscilan entre $12 millones y $67 mil millones de pesos. Departamentos como Arauca, San Andrés, Bolívar, Atlántico, Magdalena, Córdoba y La Guajira confiaron en Aremca para ejecutar proyectos significativos.

Sin embargo, el Consejo de Estado, en una sentencia del 31 de marzo de 2023, determinó que Aremca no podía ser designada como ejecutora de recursos del Sistema General de Regalías, ya que no estaba inscrita en el Registro de Esquemas Asociativos Territoriales (REAT) del Ministerio del Interior, requisito indispensable para manejar dichos fondos.

El caso que destapó el escándalo

La investigación inició tras una denuncia del abogado Daniel Linares contra la exgobernadora de Arauca, Indira Barrios Guarnizo. Se cuestionó la asignación a Aremca de un proyecto de alcantarillado pluvial para la urbanización de Playitas en Arauca, valorado en $124 mil millones de pesos.

El Consejo de Estado explicó que, para la fecha de la designación, Aremca no estaba registrada en el REAT. Solo hasta el 22 de junio de 2023, el Ministerio del Interior concedió dicho registro. Esto implica que todos los contratos suscritos por Aremca con recursos de regalías antes de esa fecha podrían ser ilegales.

Implicaciones en múltiples departamentos

La situación es alarmante, ya que Aremca gestionó proyectos en varios departamentos sin la debida autorización. Entre los contratos más destacados figura el de “Mejoramiento y rehabilitación de carrera 13, avenida Loma Barrack y avenida Colón de la isla de San Andrés”, por valor de $67.055.258.040. Este contrato fue suscrito con la Unión Temporal Progreso Vial San Andrés 22, representada por Eduardo Lara Orozco.

Curiosamente, Lara Orozco también representa a la Fundación Social e Integral del Talento Humano, que en febrero de 2024 fue subcontratada por Aremca para ejecutar un contrato de $15.684.750.000 en Santa Marta, relacionado con la preparación de 5.000 estudiantes para las pruebas Saber. Esta conexión sugiere posibles conflictos de interés y prácticas poco transparentes.

Reacciones de los entes de control

El director de Planeación Nacional, Alexander López Maya, incluyó a Aremca en la lista de megacontratistas de recursos de regalías bajo sospecha. Además, la Procuraduría General de la Nación admitió una tutela contra Aremca y la Unión Temporal Progreso Vial San Andrés 22, solicitando restablecer el servicio de acueducto en San Andrés, interrumpido debido a daños causados por maquinaria pesada durante obras contratadas por Aremca.

El marco legal y las irregularidades

Los precedentes de estas contrataciones o sus orígenes se remontan al 25 de mayo del 2019, cuando el entonces presidente Iván Duque expidió la Ley 1955 del Plan de Desarrollo que en su articulado estableció los alcances de los Esquemas Asociativos Territoriales (EAT).

Probablemente impulsado o guiado por congresistas y mandatarios locales y las propias asociaciones, con intereses claros de manejar la contratación pública a su antojo, pasándose por la faja la ya tergiversada y manoseada Ley 80 de contratación, el expresidente Duque le confirió facultades a las entidades territoriales (gobernaciones, distrito y municipios) para que a través de los EAT pudieran presentar proyectos de inversión de impacto regional a los Órganos Colegiados de Administración y Decisión – OCAD, y ser designados como sus ejecutores, conforme a la normativa vigente y aplicable.

Incluso, se contempla que los “EAT podrán prestar servicios públicos, desempeñar funciones administrativas propias o las que las entidades territoriales o el nivel nacional le deleguen, ejecutar obras de interés del ámbito regional, cumplir funciones de planificación o ejecutar proyectos de desarrollo integral. Para tal fin deberán cumplir con las condiciones de experiencia, idoneidad y los demás requisitos dispuestos en las normas vigentes y aplicables, incluyendo la Ley 142 de 1994 y las que la modifiquen o sustituyan. Los EAT podrán, igualmente, asociarse con operadores autorizados por la autoridad competente para la prestación de los correspondientes servicios”. Menudo regalo de Duque para unos cuantos corruptos.

No obstante, como para disimular la ‘trampa’, en su artículo 249 la misma Ley estableció que los EAT conformados con anterioridad a la vigencia de dicha Ley continuarían sometiéndose a sus respectivas normas de conformación y funcionamiento, hasta tanto el Gobierno nacional habilitara el referido Sistema de Registro. Y una vez habilitado, los EAT ya conformados tendrían un plazo máximo de un año para registrase. Y agrega que “Sin perjuicio de lo anterior, los EAT que busquen acceder a los recursos de los OCAD y asumir las competencias definidas en el presente artículo deberán estar registrados en el sistema en mención”.

Tal sistema de registro quedó reglamentado mediante el decreto 1821 del 31 de diciembre del 2020, que en su artículo 1.2.1.2.6, estableció los requisitos especiales para la presentación de proyectos de impacto regional por parte de los Esquemas Asociativos Territoriales (EAT).

En otras palabras, toda EAT que a la fecha no se hubiera inscrito en esa plataforma del Ministerio del Interior, no podía participar en procesos contractuales que fueran financiados con recursos de las regalías.

Aún así varias gobernaciones y alcaldías desconociendo o ignorando tal normatividad, contrataron con Aremca, que solo oficializó su inscripción ante el Ministerio del Interior, en junio del año pasado.

Información del Ministerio del Interior da cuenta de que a junio del 2023, entre los Esquemas Asociativos Territoriales se contabilizaban 6 Áreas Metropolitanas, 54 Asociaciones de Municipios, 7 Provincias Administrativas de Planificación (PAP), 9 Regiones Administrativas de Planificación (RAP) y 10 Regiones de Planificación y Gestión (RPG), para un total de 86, de los cuales sólo están registrados 54.

Se supone que en cualquier Estado de Derecho, de carácter democrático, las normas se dictan para ser cumplidas, cosa que por lo visto no ocurre en Colombia. Si así fuera así, entidades como Aremca, o el Fondo Mixto Sierra Nevada o tantas otras de carácter privado, público o mixto, con todo un prontuario de corrupción y violaciones a la ley, no tendrían acceso a los recursos públicos. 

La necesidad de transparencia y cumplimiento legal

Este caso evidencia cómo la falta de vigilancia y el incumplimiento de las normativas facilitan que entidades gestionen recursos públicos sin autorización, generando potenciales actos de corrupción. Es imperativo que los entes de control refuercen la supervisión y que las entidades territoriales actúen dentro del marco legal para garantizar la transparencia en la administración de los recursos.

Conclusión

La situación de Aremca es un llamado de atención sobre la urgencia de fortalecer los mecanismos de control y garantizar que las leyes se cumplan. Solo así se podrá evitar que recursos destinados al desarrollo regional sean mal utilizados o caigan en manos indebidas.


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