Habíamos descrito en una primera parte la estructura de corrupción que funcionaba en Fonade, uno de los más ricos entes descentralizados del Estado, y prometimos desarrollar una serie de trabajos periodísticos para que nuestros lectores analizaran como se reproduce esta estructura fractal en otras entidades y en muchos municipios del país.
El municipio de El Peñón, al sur del departamento de Bolívar, fue epicentro para que esta estructura fractal de corrupción aflorara, anidara y tomara forma con un contrato por un valor de $3.491 millones de pesos, cuyo objetivo era construir una cancha sintética Número 11 de fútbol. Esta inversión era parte de los cupos indicativos que distribuyó el segundo gobierno de Santos (2015 -2018) a las regiones, y que manejaban a su antojo los senadores y parlamentarios.
LAS PIEZAS DEL MODELO
Primera Pieza del Modelo: El “dueño” del negocio. Se trata del hoy ex senador de la la República, Antonio José Correa, quien en el momento de los acontecimientos, fungía de segundo vicepresidente del Senado. Correa a su vez tenía a Mariela Margarita Trujillo Buelvas, asesora de confianza del ex senador y miembro de su unidad de apoyo, y quien se encargó de contactar al alcalde de El Peñón, Arlin Arias, para ofrecerle la realización de un proyecto con los dineros del cupo indicativo que manejaba el ex senador.
Segunda Pieza del modelo: El proyecto. Con el aval del ex segundo vicepresidente del senado, Antonio José Correa, exsenador del Movimiento Opción Ciudadana, el alcalde de El Peñón debía montar un proyecto dentro del ámbito de la misión de los cupos indicativos. Por lo tanto, bajo la asesoría de Mariela Margarita Trujillo, tres funcionarios de Coldeportes (Gustavo Velandia, Jairo Ortega y Edwin Moreno) y un ex funcionario de Coldeporte (Carlos Hernán Rivera), el alcalde de El Peñón cristalizó el acto delincuencial a través de un contrato entre la alcaldía y el consorcio El Peñón para la construcción de una cancha de futbol sintética número 11.
A simple vista se nota que se trata de un proyecto traído de los cabellos, como es la construcción de una cancha de futbol sintética en un municipio con muchas necesidades básicas insatisfechas, y asediado por factores de inseguridad y violencia como son los grupos armados ilegales organizados.
Este municipio de sexta categoría no cuenta con vías de penetración y su único acceso y salida es a través del río Magdalena, ya sea por Ferry o cualquier transporte fluvial. Y la mayor preocupación de sus habitantes son las embestidas y la creciente del río, que por temporadas los deja inundados y sin cosechas.
Entonces, para viabilizar sin problemas la propuesta, la asesora del exsenador recurrió a Edwin Fabián Moreno, funcionario de Coldeportes, quien se encargó de introducir el proyecto que necesitaba Correa dentro del plan de construcción de 14 canchas deportivas que esta entidad tenía planeado para 2017. Correa estaba afanado por la cercanía de la fecha de la Ley de Garantía, debido a las elecciones que se aproximaban.
La Fiscalía encontró que en un principio este proyecto no pudo ser viabilizado por problemas de diseños, por lo que los contratistas (consorcio El Peñón) hicieron un pago a un funcionario de Coldeportes para que se ajustaran los diseños y la viabilización. Ratifica la Fiscalía que a pesar del pago, los diseños jamás fueron ajustados.
Subraya, además, el ente investigador que cuando entró en vigencia la Ley de Garantía, “Un funcionario de Coldeportes ‘viabilizó’ el proyecto a pesar de que no tenía los diseños arquitectónicos, hidráulicos, estructurales y eléctricos”. Es decir, que todo el contenido del proyecto era presuntamente falso.
Este mismo funcionario terminó siendo el supervisor del proyecto.
La Fiscalía General de la Nación descubrió, en las 350 horas de grabación que lograron obtener durante la investigación de lo que se denominó La Mermelada Tóxica, que el ex senador Correa tenía dos personajes, Vanessa Margarita Deyongh Yepes y Carlos Celestino Martelo Sarabia que se dedicaban a contactar alcaldes y empresas para realizar proyectos que se financiarían con los dineros de los cupos indicativos. En las grabaciones, en poder de la Fiscalía, se registraron conversaciones sin tapujo sobre los contratos con alcaldías, los sobornos que se ofrecían y las coimas que se repartían. |
Según la Fiscalía, el funcionario de Coldeportes Edwin Fabián Moreno, en un sótano de la entidad, montaba los proyectos trasladando tanto diseños como estudios de suelos, levantamiento topográficos y cálculos, de otros ya realizados en diferentes municipios. Por tanto, este funcionario solo cambiaba nombres, firmas y fechas, para convertir los proyectos en viables y ganadores.
Para el proyecto de El Peñon, Moreno tomó uno parecido que se ejecutó en el municipio de Puerto Inírida, Guainía. En el argot de la corrupción a esto se le llama gemelear un proyecto.
Tercera Pieza del Modelo: Los dineros y las coimas. El ex senador Correa estaba detrás de los $3.491 millones de pesos incluidos en los cupos indicartivos, que se destinaran para la construcción de una de las canchas de las 14 proyectadas por Coldeportes. Se debía manejar todo de tal manera que la repartición de las coimas y sobornos no llamara la atención y el raponazo a los dineros públicos quedara impune.
Las coimas se repartieron de la siguiente manera:
Nombre | Participación | Valor pagado |
1.Senador Jefe: Antonio José Correa | 12% (0.1200)
|
$418.800.000
|
2. Grupos Armados Organizados | 30% (0.3000)
|
$1.047.300.000
|
3. Alcalde del municipio de El Peñón
4. Funcionarios de Coldeportes 5. Funcionario de Coldeportes que ajustó y viabilizó el proyecto |
$50.000.000
$10.000.000 $4.000.000 |
|
TOTAL ACUMULADO | $1.530.220.000 |
El cuadro anterior indica que para la ejecución real del contrato solo quedaba $1.960.780.000, al cual se le resta los impuestos del contrato que suman el 14% del valor total. Es decir, que al final el contratista solo quedaba con $1.472.780.000. Con este dinero solo puede desmontar un lote y colocar las porterías.
Con toda esta investigación, la Fiscalía General de la Nación, además de librar 8 órdenes de captura —contra el alcalde de El Peñón, los 3 funcionarios de Coldeportes, el ex-funcionario de Coldeportes, y los dos representantes legales de las empresas que conforman el consorcio El Peñón—, compulsó copias a la Corte Suprema de Justicia, para que se investigara al entonces senador Correa, y copias a la Procuraduría General de la República para que se investigue disciplinariamente los hechos (Ley 734 de 2002).
Los delitos y los castigos
La Fiscalía le imputó a los capturados los siguientes delitos:
- Cohecho
- Falsedad en documento público
- Concierto para delinquir
No obstante a estos funcionarios se le debería imputar delitos contra la administración pública para que de esta manera se puede acudir a la Ley 1908 de 2018 y poder aplicarles todo el peso de la Ley Anticorrupción para así incrementar en un tercio la pena de cárcel y multados con una sanción pecuniaria que va de 2.700 a 30.000 salarios mínimos legales vigentes (Artículo 340 Ley 1908 de 2018).
ARTÍCULO 5o. Modifíquese el artículo 340 de la Ley 599 de 2000, relativo al Concierto para delinquir, el cual quedará así:
Artículo 340. Concierto para delinquir. Cuando varias personas se concierten con el fin de cometer delitos, cada una de ellas será penada, por esa sola conducta, con prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses.
Cuando el concierto sea para cometer delitos de genocidio, desaparición forzada, tortura, desplazamiento forzado, tráfico de niñas, niños y adolescentes, trata de personas, del tráfico de migrantes, homicidio, terrorismo, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, drogas tóxicas o sustancias sicotrópicas, secuestro, secuestro extorsivo, extorsión, enriquecimiento ilícito, lavado de activos o testaferrato y conexos, o financiación del terrorismo y de grupos de delincuencia organizada y administración de recursos relacionados con actividades terroristas y de la delincuencia organizada, ilícito aprovechamiento de los recursos naturales renovables, contaminación ambiental por explotación de yacimiento minero o hidrocarburo, explotación ilícita de yacimiento minero y otros materiales, y delitos contra la administración pública o que afecten el patrimonio del Estado, la pena será de prisión de ocho (8) a dieciocho (18) años y multa de dos mil setecientos (2.700) hasta treinta mil (30.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La pena privativa de la libertad se aumentará en la mitad para quienes organicen, fomenten, promuevan, dirijan, encabecen, constituyan o financien el concierto para delinquir o sean servidores públicos.