Ramiro González Mancilla ejecutó $97 mil millones en dos años mientras la mitad del pueblo sigue sin agua potable, la economía campesina agoniza y el Sistema General de Regalías registró cero pesos en 2025
Nos encontramos en el municipio de María La Baja. Vamos a auscultar la gestión municipal de María La Baja, donde analizaremos exhaustivamente, a nivel forense, la gestión del alcalde Ramiro González Mancilla. Haremos un estudio forense de la gestión realizada por este alcalde en sus dos primeros años de gobierno, con la ayuda de las herramientas que toda alcaldía municipal tiene para demostrar sus actividades y el desarrollo de su gestión con transparencia y obediencia a la Ley de publicidad y participación ciudadana.
María La Baja está a 72 kilómetros de Cartagena, en el sur de Bolívar, rodeada por los Montes de María. Tiene el 90% del suelo apto para la agricultura, uno de los distritos de riego más grandes del Caribe y una ciénaga de 40 kilómetros cuadrados que alimenta a miles de familias de pescadores. Es tierra buena. Y, sin embargo, la mitad de sus 50.000 habitantes no tiene agua potable. No es paradoja: es el resultado de décadas de decisiones políticas que este análisis documenta con precisión.
Ramiro González Mancilla ganó la alcaldía en octubre de 2023 con el aval del Nuevo Liberalismo y el respaldo de una coalición multipartidista. Contador público graduado del IAFIC en convenio con la Universidad Simón Bolívar, especialista en gestión tributaria por Comfenalco Cartagena, llegó con una promesa clara: «Unidos Transformamos María La Baja 2024-2027.» Su principal activo político era la imagen negativa de su antecesora, cuya gestión tenía una desaprobación del 83%. Los números del Ministerio de Hacienda permiten evaluar qué hizo con los recursos que el Estado le confió.
Los archivos del CHIP-CUIPO correspondientes a 2024 y 2025, recibidos por Minhacienda el 20 de marzo de 2025 y el 18 de marzo de 2026 respectivamente, son el punto de partida. Lo que revelan no es un alcalde corrupto al estilo tradicional. Es algo más silencioso y, en ciertos aspectos, igual de costoso: un ejecutivo que llegó al límite de la Ley 617 sin cruzarlo del todo en 2025, que se quedó sin proyectos de regalías en un municipio que debería tenerlos, y que comprometió $75 millones para asistencia técnica a campesinos mientras la palma africana seguía apropiándose de las fuentes hídricas sin regulación municipal visible. La calificación final: 3.8 sobre 10. Gestión Mediocre.
FICHA TECNICA DEL ANALISIS
| MUNICIPIO | Maria La Baja, Bolivar |
| ALCALDE | Ramiro Gonzalez Mancilla |
| PARTIDO | Nuevo Liberalismo (con coalicion multipartidista) |
| PERIODO | 2024-2027 (analisis: 2024 y 2025) |
| CATEGORIA | 6 (municipio PDET Montes de Maria) |
| CODIGO | DIVIPOLA 13442 |
| FUENTES | CHIP-CUIPO Minhacienda, SGR, Mongabay, Wikipedia, Alcaldia Municipal |
| METODOLOGIA | Radiografia Profunda + Ciclo Secreto | corrupcionaldia.com |
| CALIFICACION | 3.8 / 10 — GESTION MEDIOCRE |
| PREVARICATO | Analisis activado (calificacion < 4.0) |
La radiografía financiera 2024-2025
En 2024 la alcaldía ejecutó $93.426 millones en ingresos totales. En 2025, $97.319 millones. El 88.8% del presupuesto de 2024 correspondió al SGP, y de ese total, $63.851 millones son recursos de régimen subsidiado que pasan directamente a las EPS. Lo que María La Baja controla directamente es notoriamente más pequeño: alrededor de $29.576 millones en 2024.
Los ingresos tributarios propios cayeron 24.8%: de $8.110 millones en 2024 a $6.095 millones en 2025. El impuesto de transporte por oleoductos y gasoductos desplomó 44.3%. El ICA bajó 21.3%. Las estampillas cayeron 30.6%. Lo único que subió fue el predial, de $255 millones a $896 millones (+252%), probablemente por actualización catastral tardía, no por esfuerzo recaudador nuevo.
El hallazgo más grave es el indicador de la Ley 617/2000. Para municipios de Categoría 6, los gastos de funcionamiento no pueden superar el 80% del ICLD. En 2024, la alcaldía de González Mancilla llegó al 80.04%. Cuatro centésimas de punto porcentual separaron a este alcalde de una violación formal de la ley en su primer año de gobierno. Ese margen no es administración prudente: es administración temeraria.
En 2025 el indicador bajó a 73.77%, dentro del límite, pero el funcionamiento aumentó en términos absolutos. Lo que mejoró el indicador no fue la contención del gasto, sino el crecimiento del ICLD derivado del catastro actualizado.
Ingresos totales
En 2024, la alcaldia ejecuto $93.426 millones en ingresos totales. En 2025 esa cifra subio a $97.319 millones (+4.2%). Sin embargo, el 88.8% del presupuesto 2024 corresponde al SGP, y de ese total, $63.851 millones son recursos de regimen subsidiado que pasan directamente a las EPS. Lo que el municipio controla realmente es considerablemente mas pequeno.
| CONCEPTO | 2024 (Millones $) | 2025 (Millones $) |
|---|---|---|
| Total ingresos | $93,426 | $97,319 |
| Tributarios propios | $8,110 | $6,095 |
| Predial | $255 | $896 |
| Transp. oleoductos | $3,362 | $1,873 |
| ICA | $1,532 | $1,205 |
| SGP Total | $82,952 | $50,903 (+ADRES $36,372) |
| SGP Agua | $5,584 | $6,593 |
| SGP PG Libre Dest. | $3,498 | $3,921 |
| ICLD calculado | $6,095 | $6,826 |
Gastos: funcionamiento e inversion
El funcionamiento total (Adm.Central + Concejo + Personeria) fue de $4.878 millones en 2024 y $5.035 millones en 2025. La inversion comprometida supero el 94% del gasto total ambos anos, cifra que incluye las transferencias automaticas de salud y educacion.
| INDICADOR | 2024 | 2025 |
|---|---|---|
| Total compromisos | $93,871M | $101,265M |
| Funcionamiento total | $4,878M | $5,035M |
| Pagos efectivos | $88,715M | $87,862M |
| LEY 617 Func/ICLD | 80.04% ROJO | 73.77% AMARILLO |
| Subsidios agua | $3,057M | $3,549M |
La deuda que creció
Al inicio de 2024, el municipio tenía tres créditos con saldo de $5.809 millones. Al cierre, $4.849 millones. Pero al abrir el archivo de deuda de 2025, el saldo de inicio es de $6.309 millones: $1.460 millones más que el cierre de 2024. Entre diciembre de 2024 y el inicio de 2025, la alcaldía contrató nuevos créditos, asociados a cuatro registros nuevos en el Ministerio de Hacienda (850092724, 850093098, 850098846, 850099559), tres de ellos para vías y uno para vivienda. Lo hizo en un municipio que ya tenía la relación intereses/ahorro operacional en 66.6%, muy por encima del umbral de alerta máxima de la Ley 358/1997 (60%).
El crédito con Alianza Fiduciaria para la primera etapa del alcantarillado tiene fecha de firma: primero de diciembre de 2010. Quince años después, el saldo al inicio de 2025 era de $1.313 millones. Tres administraciones con ese número de registro activo en los libros del Ministerio de Hacienda. La primera etapa del alcantarillado de María La Baja no ha terminado.
ANALISIS DE DEUDA PUBLICA
Estado de los créditos y Ley 358/1997
HALLAZGO CRITICO: El saldo de deuda al inicio de 2025 ($6.309 millones) supera el saldo al cierre de 2024 ($4.849 millones) en $1.460 millones. Esto indica contratación de nuevos créditos entre diciembre 2024 y enero 2025, en un municipio que ya tenia indicadores en zona roja de la Ley 358.
| CREDITO | Firma | Saldo inicio | Intereses | Amortiz. | Saldo fin |
|---|---|---|---|---|---|
| Acueductos rurales (Alianza Fid.) | 2014 | $1,328M | $141M | $221M | $1,106M |
| Andenes y bordillos (Pichincha) | 2018 | $1,584M | $225M | $328M | $1,256M |
| Parque Lineal (Pichincha) | 2021 | $2,897M | $445M | $410M | $2,487M |
| TOTAL 2024 | — | $5,809M | $811M | $960M | $4,849M |
| LEY 358 — 2024 | LEY 358 — 2025 |
|---|---|
| Intereses $810M / Ahorro op. $1,217M = 66.6% ZONA ROJA (umbral: >60%) | Intereses $718M / Ahorro op. $1,791M = 40.1% LIMITE AMARILLO (umbral: >40%) |
Los cinco indicadores
El primer indicador, agua potable y saneamiento, recibe 3 sobre 10. Cobertura urbana del 50%, contra el 85% de Arjona y el 90% de Mahates. Agua rural sin potabilizar. En 2011 los habitantes de la vereda La Suprema interpusieron una acción popular por E. coli. Ganaron. Catorce años después, el agua sigue igual. El SGP de agua fue de $5.584 millones en 2024 y $6.593 millones en 2025, gastados principalmente en subsidios a las empresas de servicios públicos, no en infraestructura nueva. El ojo de agua «Leticia», del que se abastecían comunidades rurales, se secó en enero de 2024. Este dato, documentado por Mongabay Latam en agosto de 2024, no aparece en ningún informe de gestión de la alcaldía.
El segundo indicador, vías e infraestructura, recibe 4 sobre 10. Dos créditos del Banco Pichincha para construcción de vías (2019): $3.500 millones y $2.500 millones. Desembolsos en 2025: cero. El Parque Lineal, con crédito de $3.500 millones de 2021, tiene saldo de $2.487 millones sin que haya evidencia clara de obra terminada. Regalías OCAD Paz: cero en 2025.
El tercer indicador, salud pública, recibe 5 sobre 10. Los recursos del SGP de salud se ejecutaron: $65.083 millones en 2024 y $66.285 millones en 2025. Las jornadas de atención en corregimientos están documentadas. La ESE Hospital Local opera. Pero el sistema depende de EPS externas y no hay mejoras verificadas en indicadores de cobertura o mortalidad.
El cuarto indicador, educación, recibe 4 sobre 10. El SGP de calidad, el PAE y la gratuidad se transfirieron puntualmente. Sin evidencia de infraestructura escolar nueva ni mejoras verificables en calidad ICFES. Ejecutar el SGP es el mínimo que la ley exige.
El quinto indicador, desarrollo económico y el conflicto palma africana versus economía campesina, recibe 3 sobre 10. Las regalías del SGR en 2025: cero. En el presupuesto de gastos 2025 aparece un compromiso de $75 millones para asistencia técnica agropecuaria a pequeños productores. Pagos al cierre de diciembre: cero. La palma africana sigue sin regulación municipal visible.
| PROBLEMA PRIORITARIO | ODS | PUNTAJE | SEMAFORO |
|---|---|---|---|
| Agua potable y saneamiento basico | ODS 6 | 3 / 10 | CRITICO |
| Vias e infraestructura | ODS 9 | 4 / 10 | DEFICIENTE |
| Salud publica | ODS 3 | 5 / 10 | REGULAR |
| Educacion | ODS 4 | 4 / 10 | DEFICIENTE |
| Desarrollo economico / palma vs. campesinos | ODS 1 / ODS 2 | 3 / 10 | CRITICO |
| PROMEDIO PONDERADO | — | 3.8 / 10 | MEDIOCRE |
Indicador 1: Agua potable (3/10)
Cobertura urbana del 50%, contra el 85% de Arjona y el 90% de Mahates. Agua rural sin potabilizar. Escherichia coli documentada desde 2011 con sentencia judicial sin cumplir. Ojo de agua «Leticia» seco desde enero 2024 (Mongabay Latam, agosto 2024). SGP agua 2024: $5.584M, 2025: $6.593M, gastados principalmente en subsidios domiciliarios, no en infraestructura nueva. Crédito de alcantarillado firmado en diciembre de 2010 con saldo activo de $1.313M al inicio de 2025.
Indicador 2: Vias e infraestructura (4/10)
Dos créditos del Banco Pichincha para construcción de vias (2019): $3.500M y $2.500M. Desembolsos en vigencia 2025: $0. Parque Lineal con crédito de $3.500M (2021) en amortización con saldo de $2.487M al cierre de 2024, sin evidencia de obra terminada. Regalias OCAD Paz: $0 en 2025.
Indicador 3: Salud publica (5/10)
SGP salud ejecutado: $65.083M (2024) y $66.285M (2025). Salud pública: $1.232M y $1.288M ejecutados con programas de atencion primaria. Jornadas comunitarias en corregimientos documentadas. Sistema dependiente de EPS externas (Mutual Ser, Cajacopia, Coosalud). Sin evidencia de mejoras en indicadores de cobertura o mortalidad.
Indicador 4: Educación (4/10)
SGP calidad ejecutado: $3.214M (2024) y $4.165M (2025). PAE: $1.224M y $1.451M transferidos. Gratuidad: $1.587M y $2.358M girados. Sin evidencia de infraestructura escolar nueva ni mejoras verificables en calidad ICFES.
Indicador 5: Desarrollo economico / palma africana (3/10)
Regalías SGR 2025: $0 (formulario vacío). Unica regalías 2024: $1.218M transferidos a otras entidades para rehabilitación de ecosistemas. Asistencia técnica agropecuaria comprometida en gastos 2025: $75M. Pagos al cierre de diciembre: $0. Palma africana sin regulación municipal visible. Sin proyectos de economía campesina en Secop.
Análisis jurídico: lo que la omisión significa en derecho
La calificación de 3.8 sobre 10 activa en la metodología de corrupcionaldia.com el análisis de la posible configuración del Prevaricato por Omisión, tipificado en el artículo 414 del Código Penal colombiano. Este análisis es un ejercicio periodístico fundamentado en datos públicos, no una acusación penal. Los organismos de control, la Procuraduría, la Contraloría y la Fiscalía, son quienes tienen la competencia para actuar.
Primer hallazgo: el artículo 6 de la Ley 617/2000 es taxativo. El alcalde, como ordenador del gasto, tenía la obligación de mantener el funcionamiento por debajo del 80% del ICLD. En 2024 llegó al 80.04%. La obligación existía. El recurso para cumplirla también.
Segundo hallazgo: la Ley 358/1997 activa restricciones al endeudamiento cuando la relación intereses/ahorro operacional supera el 60%. En 2024 fue de 66.6%. Contratar nuevos créditos por $1.460 millones en ese contexto podría configurar omisión del artículo 11 de esa ley.
Tercer hallazgo: la sentencia de 2011 que ordenó garantizar agua potable a La Suprema lleva 14 años sin ejecutarse, con recursos disponibles. El artículo 414 del Código Penal incluye el rehusarse a ejecutar actos propios de las funciones del cargo. El suministro de agua potable es función constitucional (art. 366 Constitución Política), reforzada por fallo judicial.
Cuarto hallazgo: la asistencia técnica agropecuaria comprometida y no pagada en 2025 representa una omisión con impacto verificable sobre la economía campesina de un municipio donde la palma africana lleva dos décadas desplazando a los productores locales.
Los organismos que deben actuar: la Contraloría Departamental de Bolívar, la Procuraduría Provincial de Carmen de Bolívar y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios tienen en estos archivos del CHIP-CUIPO toda la evidencia que necesitan.
AVISO METODOLOGICO: Este analisis es un ejercicio periodistico que identifica posibles configuraciones del tipo penal segun los datos publicos disponibles. No constituye acusacion penal ni condena. La Procuraduria, la Contraloria y la Fiscalia son los organismos competentes para determinar si existe merito para una investigacion formal.
El articulo 414 del Codigo Penal colombiano establece: «El servidor publico que omita, retarde, rehuse o deniegue un acto propio de sus funciones» incurre en prevaricato por omision, sancionable con prision de 2 a 5 anos e inhabilitacion para el ejercicio de funciones publicas.
Hallazgo 1: Ley 617/2000 — borde de violación en 2024
El articulo 6 de la Ley 617/2000 prohibe que los gastos de funcionamiento de un municipio Categoria 6 superen el 80% del ICLD. En 2024, la relacion fue de 80.04%. La obligacion legal existia. Los recursos para cumplirla existian: bastaba con que los gastos de funcionamiento fueran $2.4 millones menores. El alcalde, como ordenador del gasto, tenia la funcion de garantizar ese limite. Organismo que debe actuar: Procuraduria Provincial de Carmen de Bolivar.
Hallazgo 2: Ley 358/1997 — zona roja y nuevos creditos
La Ley 358/1997 activa restricciones al endeudamiento cuando la relacion intereses/ahorro operacional supera el 60%. En 2024 fue de 66.6%. Contratar nuevos creditos por $1.460 millones en ese contexto podria configurar omision del cumplimiento del articulo 11 de la Ley 358. Organismo que debe actuar: Ministerio de Hacienda y Contraloria Departamental de Bolivar.
Hallazgo 3: Sentencia judicial sobre agua — 14 anos sin cumplir
La sentencia del ano 2011 que ordeno garantizar agua potable a los habitantes de La Suprema lleva 14 anos sin cumplirse. La disponibilidad de $5.584M en SGP de agua en 2024 y $6.593M en 2025 demuestra que los recursos para avanzar existian. El suministro de agua potable es una funcion constitucional (art. 366 CP) y legal del municipio, reforzada por fallo judicial. Organismo que debe actuar: Superintendencia de Servicios Publicos Domiciliarios, Contraloria Departamental de Bolivar.
Hallazgo 4: Asistencia tecnica comprometida y no pagada
El gasto de 2025 registra $75 millones comprometidos para «servicio de asistencia tecnica agropecuaria dirigida a pequeños productores». Pagos al cierre de diciembre de 2025: $0. En un municipio donde la palma africana desplaza activamente a la economia campesina, comprometer recursos para asistencia tecnica y no desembolsarlos constituye una omision con impacto verificable.
Calificación final
| Indicador | Puntaje |
|---|---|
| Agua potable y saneamiento | 3/10 |
| Vías e infraestructura | 4/10 |
| Salud pública | 5/10 |
| Educación | 4/10 |
| Desarrollo económico / palma | 3/10 |
| PROMEDIO | 3.8/10 — GESTIÓN MEDIOCRE |
María La Baja tiene tierra buena, agua por todas partes y recursos del Estado que llegan cada año. Lo que no ha tenido, en muchos años y en los dos primeros de González Mancilla tampoco, es la decisión política de convertir esos recursos en transformación real. El SGP llega. La deuda se amortiza. El funcionamiento se paga. Los subsidios fluyen a las EPS y a las empresas de servicios públicos. Y el campesino sigue sin agua potable, sin asistencia técnica, y viendo cómo la palma africana bebe de los embalses que debían ser de todos.
La calificacion de 3.8 sobre 10 no es una acusación: es el resultado matemático de cinco indicadores analizados con la evidencia que los propios archivos del Ministerio de Hacienda entregan. Tres indicadores en zona critica. Dos en zona deficiente. Ninguno en zona buena.
La pregunta que este análisis forense deja sobre la mesa no es si hubo corrupción al estilo de los contratos inflados. Es más incómoda: ¿por qué un alcalde con $97 mil millones disponibles en dos años no pudo garantizar agua potable al 50% restante de su pueblo? La respuesta está en los archivos del Ministerio de Hacienda, disponibles para cualquier ciudadano. Y lo que la Contraloría, la Procuraduría y los organismos de control de Bolívar hagan con esa respuesta es, a su vez, la prueba de su propia gestión.




