Adlai Stevenson Samper

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El 26 de diciembre se anunció, con la natural expectación ante tantas trampas, robos y jugarretas sobre la Triple A, la convocatoria de una asamblea extraordinaria para nombrar nueva junta directiva en lo que fue considerado, por el gobierno nacional y diversos sectores de opinión, como una especie de consolidación del sector privado en la apetecida empresa de servicios públicos para ejercer un definitivo control en sus decisiones administrativas.

Como es hecho conocido, la mayoría accionaria correspondiente a la Alcaldía de Barranquilla responde; desde la lógica de la política y los amiguismos, a los mismos intereses del sector privado o; lo que algunos ilusos dan en llamar, con tono neutral de eficiencia administrativa, “gobierno corporativo”.

Se trata de una modalidad criolla del “crony capitalism”, o capitalismo clientelista que algunos teóricos políticos económicos definen como «un sistema donde aquellos capitalistas que guardan relaciones estrechas con la clase política que promulga leyes reciben prebendas que generan un valor económico más allá de lo que generaría un mercado en condiciones competitivas». Interesante perspectiva.

El concepto anglo, traducido al español significa “capitalismo de amigotes” o “compinches” y se trata de una degeneración del sistema capitalista en donde no existe realmente competencia en mercados abiertos, con alta competividad, sino todo lo contrario.

Restringido a un estrecho circulo de amigos quienes se reparten sectores claves y estratégicos de la economía en una posición absoluta de ventaja de actores y grupos privados que ostentan vínculos de absoluto privilegio y exclusividad, por lo general abusivos o de carácter abiertamente ilegal, con los poderes de facto políticos. No hay libertades individuales en estos terrenos y aparece el fenómeno contrario; un abuso dominante continuado por parte de grupos poderosos cerrados, enconchados sobre sí mismos.

Alguna vez uno de los pretendientes a tomarse la Triple A, Tomás Jaramillo Uribe, condenado a 7 años de prisión en 2019 por el caso de la firma estafadora Interbolsa sostuvo una conversación telefónica con David Maestre Castro, asesor especial del entonces alcalde Alex Char, reproducida por el diario El Tiempo (23 de noviembre de 2010) en donde esboza ya en ese tiempo, de forma premonitoria, la real situación financiera del Distrito de Barranquilla:

Tomás Jaramillo le dice «No mira, están muy preocupados porque hay parte del servicio que subsidia el municipio, o el Distrito pues, y que el Distrito está 'llevao' del hijueputa y que no tiene con que subsidiar eso».

David Maestre le responde inquiriendo sobre la posibilidad de compra por parte de ese entonces poderoso grupo económico: «¿Ustedes tendrían interés en la Triple A?, la van a vender». Jaramillo riposta: «Vea yo me imaginé que me iba a decir eso. La estoy mirando, porque la deuda se puede conseguir regalada».

Las situaciones en torno al apoderamiento de esta empresa de servicios se han repetido con otros nombres, pero todos con estrecha relación dentro de la economía barranquillera con el concepto planteado de “crony capitalism”.

Una junta directiva elegida a las volandas

El 7 de marzo de 2022 en una asamblea extraordinaria de accionistas de la Triple A bajo la figura de extinción de dominio se elige la nueva junta directiva. Viene a refrendar la venta hecha por la Sociedad de Activos Especiales (SAE), al Distrito de Barranquilla y a un grupo de inversionistas privados encabezados por Alumbrado Público de Barranquilla (APBAQ).

Se trata de un negocio pactado el 3 de diciembre de 2021 (https://www.barranquilla.gov.co/mi—barranquilla/distrito—de—barranquill
a—nuevo—socio—mayoritario—triple—a
) entre el Alcalde de Barranquilla Jaime
Pumarejo
quien señala que el distrito «recuperó uno de sus activos más
importantes, la empresa Triple A, sin tener que apropiar un solo peso de la ciudad ni arriesgar su patrimonio, pasando de tener el 14.5% de la empresa a ser el accionista mayoritario con el 65%,  y mantiene, adicionalmente, el 30% de regalías sobre el flujo de caja libre
».

Una parte del negocio consistía en que el costo de adquisición de la empresa con la SAE la pagarían en cuotas unos inversionistas privados (APBAQ) dedicados a la prestación de servicios públicos en sociedad con el distrito de Barranquilla, que a cambio recibirían una porción accionaria de la venta de la Triple A. Un elegante subterfugio jurídico para darle participación accionaria a unos inversionistas especializados en contratación estatal en prestación de servicios públicos.

Pumarejo; alinderado con el presidente Iván Duque y el director de la SAE Andrés Alberto Ávila explicó en tono exultante el curioso negocio en la página web de la alcaldía: «Un memorando de entendimiento y un acuerdo de confidencialidad para avanzar en la adquisición». Se trató de un procedimiento abiertamente ilegal para la venta de este tipo de activos.

Cuando se elige en la presidencia a Gustavo Petro es evidente que algunos de los componentes del proceso de control de la Triple A tendrían eventuales problemas. Uno de ellos era el cambio de director de la SAE.

Por esa circunstancia especial, a cuatro días de la posesión presidencial el 3 de agosto de 2022 se elige en asamblea extraordinaria una nueva junta directiva en donde funge por el sector público en calidad de presidente Jaime Pumarejo con la suplencia de Carlos Sarabia Mancini.

La curiosidad en esta junta de “notables” es el nombramiento en calidad de suplente de María Paula Correa Fernández, secretaría general de la presidencia de la república y amiga íntima de Iván Duque. Esta es la junta que se encuentra actualmente en ejercicio.

Secretaría de Transparencia alerta sobre convocatoria a asamblea extraordinaria

El 26 de diciembre fue convocada una asamblea general de la Triple A para elección de su nueva junta directiva, habida cuenta que allí se encontraba en calidad de miembro principal el anterior director de la SAE, Andrés Alberto Ávila y el nuevo director de esa entidad nombrado por el presidente Petro es Daniel Rojas, hombre de confianza del mandatario.

Petro durante la posesión del nuevo director manifestó la implementación de una política consistente en colocar esos activos «al servicio del pueblo».

Diversos rumores se acrecentaban en torno a las decisiones de esta nueva asamblea extraordinaria. Una era a través del sistema de “crony capitalism”, usando el poder mayoritario de los accionistas —Distrito de Barranquilla y APBAQ— para proponer cambios sustanciales en los lineamientos de administración de la empresa.

Lo cierto es que desde Bogotá, el gobierno nacional ripostó alertando sobre las consecuencias de la jugada usando de portavoz al Secretario de Transparencia de la presidencia de la republica Andrés Idárraga que en declaraciones a la radio La W —la prensa y radio de Barranquilla entraron en perfecto mutismo— acusó de posibles irregularidades, no tanto de la asamblea convocada, sino del proceso de venta de acciones de la SAE al distrito de Barranquilla.

La venta se pactó en $565 mil millones de pesos cuando estaba avaluada por lo menos en $800.000 mil millones.  Pero el quid de la cuestión se encuentra en los procedimientos realizados pues según el secretario de transparencia Idárraga «Hubo omisiones en el comité técnico y a través de “un mico” en la modificación del código de extinción de dominio legalizaron que un tercero privado se involucrara en la negociación».

En realidad no fue un mico sino una manada de orangutanes. Según la Ley 1708 de 2014 de acción de extinción de dominio, en su artículo 6º. expone según el Principio de objetividad y transparencia: «En ejercicio de la acción de extinción de dominio, los servidores públicos actuarán con objetividad y transparencia, cuidando que sus decisiones se ajusten jurídicamente a la Constitución Política y la ley».

Excluidas expresamente por mandato de ley las clausulas de confidencialidad, los “secretos” entre amigos en los diversos sucesos procesales de extinción y venta del dominio.

Viene otro orangután y es la venta anticipada sin la correspondiente sentencia ejecutoriada de un juez o tribunal de extinción de dominio. Para acudir a este ardid “confidencial” se acudió a la figura de la “enajenación temprana”, un mecanismo de administración que faculta a la SAE para la venta, chatarrizar, demoler y destruir los bienes antes de la sentencia de la respectiva autoridad judicial con la autorización de un Comité de Enajenaciones (es al que se refiere Idárraga de Secretaría de Transparencia), conformado por un representante de la Presidencia de la República, un representante del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y un representante del Ministerio de Justicia y del Derecho.

Tres alineados del gobierno Duque con quien Jaime Pumarejo y otros sectores involucrados había planteado el citado acuerdo de “confidencialidad”.

Para que un bien en extinción de dominio pueda enajenarse tempranamente es menester aplicar siete causales señaladas taxativamente por la ley a la cual no le caben interpretaciones ni hermenéuticas acomodaticias.

Consisten en que dada su naturaleza (tanques, fabricas, etc.) representen un peligro para el medio ambiente; que amenacen ruina, pérdida o deterioro; que su administración o custodia ocasionen de acuerdo con un análisis de costo—beneficio, perjuicios o gastos desproporcionados a su valor o administración; muebles sujetos a registro, de género, fungibles, consumibles, perecederos o los semovientes; que sean materia de expropiación por motivos de utilidad pública o servidumbre y aquellos bienes cuya ubicación geográfica o condiciones de seguridad implique la imposibilidad de su administración.

Ninguna de estas causales de enajenación temprana se cumple en el caso de la Triple A, así que el Comité Técnico actuó de forma abiertamente ilegal. Eso es lo que indica Transparencia de la Presidencia de la Republica. Respecto del acuerdo de confidencialidad mencionado por el alcalde de Barranquilla sostuvo que «Entre marzo y diciembre de 2021 (en este último mes se develó la “venta”) la alcaldía nunca mencionó que ese contrato no era para ellos, sino para un tercero».

Se trataba, desde este enfoque; de una intermediación del alcalde de Barranquilla para darle el negocio de la venta a terceros de carácter privado. Además, señaló que la Fiscalía y Procuraduría deberían iniciar sus investigaciones de oficio pues existía un «posible peculado por apropiación a favor de terceros».

El mecanismo “confidencial” de la enajenación temprana utilizada de forma abiertamente ilegal e irregular, evitó también la aplicación de otros segmentos procedimentales jurídicos tales como la sentencia ejecutoriada de juez competente y de allí, se originaron otras consecuencias de carácter legal.

Al entrar las acciones de la Triple A en el patrimonio estatal a través de la extinción de dominio, administradas provisionalmente por  la SAE existe un mecanismo específico para disponer de ellas en su venta y es a través de la Oferta Publica de Acciones (OPA) que en este caso, merced al ultra citado acuerdo de confidencialidad irregular y enajenación temprana no se hizo. 

El concepto en el cual se fundamenta esta legislación se encuentra inscrito en el artículo 60 de la Constitución Política de Colombia que señala «Cuando el Estado enajene su participación en una empresa, tomará las medidas conducentes a democratizar la titularidad de sus acciones, y ofrecerá a sus trabajadores, a las organizaciones solidarias y de trabajadores, condiciones especiales para acceder a dicha propiedad accionaria».

Este articulado constitucional fue desarrollado a través de la Ley 226 de 1995. En su artículo 9° indica que «La enajenación de la participación accionaria se hará utilizando mecanismos que contemplen condiciones de amplia publicidad y libre concurrencia. Cuando se utilicen las operaciones de martillo se realizarán de conformidad con los reglamentos de funcionamiento de los martillos de las bolsas de valores y las reglas para su operación fijadas por la Superintendencia de Valores».

Lo anterior implica que siendo las acciones de Triple A, por virtud de la extinción de dominio de carácter estatal, deberían ser sometidas a una oferta pública de acciones (OPA) para ser vendidas al mejor postor bajo las reglas del mercado de títulos valores y no adjudicadas de forma directa, confidencial y sin ninguna transparencia. Con el producido de esta OPA se distribuye el monto total de la venta con un 25% para el fortalecimiento de la rama judicial, 25% para el fortalecimiento de la Fiscalía General y 50% para el Gobierno Nacional.

Después de la controversia mediática y entre el clima de acusaciones de la Secretaria de Transparencia de la presidencia de la republica la asamblea extraordinaria citada para el 26 de diciembre para elegir nueva junta directiva se suspendió por falta de quórum lo cual significó que los accionistas echaron un dramático ‘rever’ cuyas consecuencias todavía están por vislumbrarse. 

Todo este complejo entramado difuso, oscuro, para apoderarse a nivel local del control de la empresa —no tanto de sus acciones sino de su capacidad de control directivo para efectos contratación, préstamos internacionales, facturación y burocracia— se agrega a otras circunstancias internacionales pues la antigua empresa matriz hispana Canal Isabell II de Madrid, pretende recuperar su patrimonio extinguido llevando al estado colombiano a un proceso  de “arbitraje de inversión” ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas e Inversiones (CIANDI), del Banco Mundial. 

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