La Sentencia T-202 de 2026 obliga al concejal de Medellín Andrés Felipe Rodríguez Puerta a pedir perdón por intervenir el mural “Las cuchas tienen razón” en Manizales, y traza una línea que ningún servidor público, de cualquier color, debería volver a cruzar.

Nos encontramos en Manizales, Caldas, en un muro de la Avenida del Centro, a pocos pasos del Parque de las Aguas, donde alguien pintó cinco palabras y el retrato de dos mujeres. Las palabras dicen “Las cuchas tienen razón”. Las mujeres son madres buscadoras, de esas que llevan años escarbando la tierra de La Escombrera con la esperanza de encontrar un hueso que les devuelva un nombre. Ese muro fue tapado dos veces. La primera con pintura gris, por orden de una alcaldía. La segunda con pintura negra, por la mano de un concejal que viajó desde otra ciudad para borrarlo. Dieciocho meses después, la Corte Constitucional decidió que ese muro vale más que la incomodidad de quien lo quiso desaparecer. Y lo dijo con nombre, apellido y plazo.

Más allá del titular que celebra el fallo, aquí hay algo que conviene diseccionar: cómo un servidor público convirtió el dolor ajeno en munición de campaña, y por qué el sistema tardó año y medio en ponerle un límite.

El método no es nuevo. En Colombia existe una vieja costumbre de convertir la intimidación en capital político, y Andrés Felipe Rodríguez Puerta, alias “el Gury”, concejal de Medellín por el Centro Democrático, la perfeccionó hasta volverla estética. El bate con la palabra “Diálogo” escrita en la madera. La máscara de Batman en los stickers con los que responde a periodistas. El personaje de defensor de la ciudad montado sobre la teatralidad del matón de barrio. En octubre pasado amenazó con ese bate a un grupo de manifestantes propalestinos y lo justificó ante el propio Concejo: “el que me ponga la mano le pongo el bate, así de simple”. El bate no es una metáfora. Es un programa de gobierno.

Con el mural aplicó la misma lógica, cambiando el bate por un tarro de pintura. En la noche del primero de febrero de 2025 se desplazó hasta Manizales, cubrió la obra con negro y llamó por redes a que otros ciudadanos hicieran lo mismo. El argumento fue tan viejo como el método: dijo que la frase era una instrumentalización política, una consigna disfrazada de arte. Ahí está el engranaje. No se ataca la memoria de frente, porque eso sería impresentable. Se la disfraza de propaganda del enemigo, se la convierte en asunto de bando, y entonces borrarla deja de ser censura para volverse, en el relato del ofensor, un acto de higiene democrática. Porque claro, “quitar propaganda política” suena mucho mejor que “tapé el homenaje a unas madres que buscan a sus hijos desaparecidos”.

Los personajes de esta historia se ordenan solos. De un lado, un concejal que sacó cerca de 6.000 votos y llegó al cabildo de Medellín con un prontuario de tres páginas en la Rama Judicial y al menos 27 procesos como demandado o denunciado, según documentó este medio en abril. Del otro, dos mujeres pintadas en un muro y las organizaciones que las defendieron. La primera tutela, curiosamente, no venía de ellas. La interpuso el ciudadano César Augusto García Valencia contra la Alcaldía de Manizales, con el argumento de que la frase incitaba al odio y afectaba su salud mental. Pedía borrarla. La segunda la firmaron Leo Ricardo Sierra, del Movimiento Nacional de Víctimas de Crímenes de Estado capítulo Eje Cafetero; Henry Ocampo Galvis, de la Corporación Reiniciar regional Caldas; y Leonardo Zuluaga Rubio, del grupo Nuevas Generaciones por la Paz. Esos tres nombres defendían el muro. La Sala Tercera de Revisión, integrada por la magistrada Lina Marcela Escobar Martínez y los magistrados Juan Carlos Cortés González y Héctor Alfonso Carvajal Londoño, negó la primera y amparó la segunda.

Conviene recordar quién encendió la mecha. El mural nació en Medellín como homenaje a las madres de la Comuna 13, y fue la administración del entonces alcalde Federico Gutiérrez la que ordenó cubrirlo con pintura gris. Esa censura no lo apagó, lo multiplicó: la frase reapareció en Manizales, Bogotá, Cali, Soacha, Bucaramanga y Neiva. El Gury solo recogió una antorcha que otros habían prendido. La diferencia es que él la convirtió en show.

Y esto del mural es apenas el episodio más reciente de un historial que se acumula rápido. En marzo de 2026 un juez laboral de Medellín lo condenó en primera instancia a pagarle salarios a un hombre que trabajó en su campaña de 2023. En junio, un juzgado penal confirmó en segunda instancia una tutela que lo obliga a retractarse de señalamientos contra un ciudadano, en defensa de la honra y la presunción de inocencia del ofendido. El Tribunal Administrativo de Antioquia le negó una pérdida de investidura en 2025. La Procuraduría lo investiga por declaraciones sobre bombardeos en zonas donde ganó el Pacto Histórico. Y una investigación de Vorágine reveló que su gestor comunitario, un exmilitar con chaleco antibalas y permiso de porte de armas, había trabajado con una mujer capturada en 2025 por secuestro extorsivo. Cada línea de ese inventario es un proceso, no una condena en firme, y por eso se nombra con la cautela que corresponde. Pero el patrón se lee solo.

Detrás de las cinco palabras hay tierra removida. “Las cuchas tienen razón” es la manera coloquial de decir que las madres de la Comuna 13 llevaban razón cuando, durante años, insistieron en que sus hijos estaban enterrados en La Escombrera, un botadero de escombros del occidente de Medellín. Les dijeron locas. Les dijeron manipuladas. Y en diciembre de 2024 aparecieron los primeros restos humanos que empezaron a darles la razón que reclama el muro. Ese es el peso que un concejal cubrió con pintura negra. No una consigna partidista. El reclamo de mujeres que envejecen buscando huesos.

La Corte lo entendió así y no se quedó en el gesto. Recordó la Ley 2364 de 2024, que reconoce y protege el trabajo de las mujeres buscadoras, y estableció que cualquier acto que ridiculice esa labor debe examinarse con especial cuidado. El costo de lo que hizo el Gury no se mide en pintura. Se mide en el mensaje que envía a cada madre que todavía escarba: que su dolor puede ser tapado por quien tenga un cargo y ganas de figurar. Una curul del Concejo de Medellín debería servir para debatir movilidad, seguridad o salud pública. La de este concejal sirvió, esa noche, para viajar a otra ciudad a borrar un homenaje.

Así funciona el sistema

El caso del Gury no es una anomalía. Es el sistema funcionando con la careta caída. En Colombia, los antecedentes penales no inhabilitan de manera automática para un cargo de elección popular mientras no exista condena ejecutoriada. Eso significa que un ciudadano con procesos precluidos por presunto tráfico de estupefacientes en 2009 y 2010, y por presunta violencia contra servidor público en 2016, pudo presentarse a elecciones sin obstáculo legal y ganar. La Fiscalía precluye. Los procesos se cierran. Y el elector que no tiene tiempo de revisar tres páginas de la Rama Judicial vota sin saber. Como recordó el portal corrupcionaldia.com, la escena tiene cuarenta y dos años de antigüedad: en 1983, Guillermo Cano reveló los antecedentes de Pablo Escobar cuando este ya se había colado al Congreso. El país sigue sin resolver cómo impedir que el prontuario llegue antes que la curul.

La propia sentencia carga una lección sobre la lentitud del aparato. El expediente fue repartido inicialmente a la magistrada Cristina Pardo Schlesinger, cuyo periodo terminó en mayo de 2025, y solo entonces pasó a manos de Carvajal Londoño, que lo concluyó. Año y medio para decidir que un muro de memoria no puede ser borrado por capricho. La Corte, eso sí, no se limitó al caso puntual: exhortó a todos los servidores públicos de elección popular, sin importar bando, a proteger y no erosionar estas expresiones, y ordenó a la Alcaldía de Manizales y a la Policía un protocolo de reacción inmediata por seis meses, además de campañas pedagógicas a cargo de la Defensoría y la Personería. No es un regaño simbólico. Es una línea trazada.

Lo que ordenó la Sentencia T-202 de 2026

Disculpa pública del concejal en un plazo de 48 horas, fija por lo menos 30 días y accesible durante un año, en X y demás redes. Prohibición de borrar, cubrir o sabotear expresiones de memoria y de estigmatizar a las madres buscadoras. Protocolo de protección del mural por seis meses a cargo de la Alcaldía de Manizales y la Policía. Campañas pedagógicas de la Defensoría del Pueblo regional Caldas y la Personería de Manizales. Exhorto a todos los servidores públicos de elección popular. Sala Tercera de Revisión, magistrado sustanciador Héctor Alfonso Carvajal Londoño, expedientes T-10.987.195 y T-11.199.927AC.

La orden es clara y tiene plazo: dentro de las 48 horas siguientes a la notificación, el concejal debe publicar una disculpa en X y en las demás redes que use, mantenerla fija por lo menos treinta días y accesible durante un año. Reconocer que la frase y el mural son ejercicio legítimo de libertad de expresión y memoria, y que sus afirmaciones sobre una supuesta instrumentalización política fueron inexactas. Guardar el bate, esta vez, es una obligación judicial. Pero el fallo no cierra el problema de fondo. La dignidad de las víctimas seguirá siendo tratada como asunto negociable mientras dependa del color político de quien la ofenda. La pregunta no es si el Gury tenía razón. Es si vamos a seguir permitiendo que borrar a las madres que buscan a sus muertos sea apenas otra jugada de campaña.

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