Alcalde: Juan Carlos Romo Pérez («Happy») Período evaluado: Enero 2024 – Diciembre 2025 Partido: MAIS – Movimiento Alternativo Indígena y Social Calificación final: 3.2/10 — MEDIOCRE

Fuentes cruzadas: CHIP-CUIPO, SECOP I/II, SGR/DNP, Procuraduría General, Contraloría, DANE, Gobernación de Bolívar, Corrupción al Día, Prensa nacional


Apertura Forense

Nos encontramos en el municipio de Alto del Rosario, ubicado en la subregión de Loba, al sur del departamento de Bolívar, a orillas del río Magdalena, en una de las zonas más olvidadas y abandonadas de Colombia. Vamos a auscultar la gestión municipal de Alto del Rosario, donde analizaremos exhaustivamente, a nivel forense, la administració del alcalde Juan Carlos Romo Pérez, conocido popularmente como «Happy». Haremos un estudio de la administración realizada por este alcalde en sus dos primeros años de gobierno, con la ayuda de las herramientas que toda alcaldía municipal tiene para demostrar sus actividades y el desarrollo de su gestión con transparencia y obediencia a la Ley de publicidad y participación ciudadana, particularmente la Ley 1712 de 2014 y la Ley 190 de 1955, que obligan a todas las entidades públicas a publicar información de forma proactiva y atender las solicitudes de los ciudadanos.

Alto del Rosario es un municipio de sexta categoría, con una población aproximada de entre 10.695 y 14.485 habitantes según las proyecciones del DANE, extendido sobre 248,66 kilómetros cuadrados de territorio rural y fluvial. Es un pueblo donde el 88,5% de la población rural vive con necesidades básicas insatisfechas, donde la economía depende exclusivamente de la agricultura de subsistencia (maíz, yuca, plátano), donde no existe un hospital —apenas un centro de salud que estuvo en alto riesgo durante 14 años— y donde el acueducto es una promesa que apenas se construye. Un municipio ZOMAC, afectado por el conflicto armado, donde la presencia del Clan del Golfo y grupos residuales ha sido documentada por las Fuerzas Armadas. Un pueblo, en fin, que necesita con urgencia un gobierno que transforme la realidad y no que la agrave.

En este contexto de pobreza multidimensional extrema, donde el Índice de Pobreza Multidimensional del departamento de Bolívar alcanza el 17% —casi el doble del promedio nacional (9,9%)—, y donde la informalidad laboral supera el 94% de la población ocupada, el alcalde Juan Carlos Romo Pérez asumió el cargo el 1 de enero de 2024 con la promesa de ser «El Alcalde de la Gente». Obtuvo 2.943 votos en las elecciones de octubre de 2023, postulado por el Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS). Lo que hemos encontrado, tras un análisis forense línea por línea de las finanzas, la contratación, las regalías y la gestión institucional, no solo desmiente esa promesa sino que revela un patrón de conducta que merece escrutinio penal y disciplinario.

1.1 Ficha de Identificación Municipal

ConceptoDetalle
MunicipioAlto del Rosario
DepartamentoBolívar
SubregiónLoba
Alcalde 2024-2027Juan Carlos Romo Pérez («Happy»)
Partido PolíticoMAIS – Movimiento Alternativo Indígena y Social
Votos obtenidos2.943 (Oct 2023)
Población (DANE)~11.245 (2024) / ~14.485 (otras fuentes)
Categoría (Ley 617)Sexta (6ta) – Res. 429/2024 Contaduría
ZOMACSí (Decreto 1650/2017)
PDETListado en mapas oficiales, pero NO en subregión Sur de Bolívar (7 municipios)
Presupuesto definitivo 2023$28.229 millones COP
Presupuesto ejecutado 2024$29.598 millones COP
Plan de Desarrollo 2024-2027NO PUBLICADO en la web municipal
Programa AnticorrupciónNUNCA ha existido en ninguna administración

Análisis Financiero 2024

El año 2024, primero de gobierno del alcalde Romo Pérez, cerró con un presupuesto total ejecutado de $29.598 millones de pesos colombianos, según los datos del CHIP-CUIPO de la Contaduría General de la Nación. Sin embargo, la composición de estos ingresos revela una dependencia estructural crítica del gobierno central que compromete cualquier posibilidad de autonomía fiscal y, por extensión, de gestión independiente. Este no es un hallazgo menor: es la radiografía de un municipio que, sin recursos propios significativos, está a merced de las decisiones que se toman en Bogotá.

Estructura de Ingresos 2024

Fuente de IngresoValor (Miles COP)% del Total
SGP – Propósito General$10.683.602.63936,1%
Recursos SGSSS/ADRES$6.377.768.20921,5%
SGP – Salud (Régimen Subsidiado)$5.234.128.03717,7%
SGP – Agua Potable$2.467.478.2598,3%
Asignaciones Especiales$2.345.297.1167,9%
Recursos de Capital$1.006.102.4303,4%
Otros Ingresos No Tributarios$927.658.5103,1%
Ingresos Tributarios (Propios)$808.174.7722,7%
SGP – Educación$748.043.3082,5%
TOTAL INGRESOS 2024$29.598.243.280100%

Tabla 1. Estructura de ingresos 2024 – Fuente: CHIP-CUIPO, Contaduría General de la Nación

Figura 1. Composición de ingresos 2024

Hallazgo Forense No. 1: Dependencia crítica. El 85,3% de los ingresos del municipio proviene de transferencias nacionales (SGP + SGSSS/ADRES). Los ingresos tributarios propios representan apenas el 2,7% del total, es decir, solo $808 millones de los casi $30.000 millones que ingresaron a las arcas municipales. Esto significa que por cada peso que el municipio genera por su cuenta, recibe 31 pesos del gobierno central. Esta relación no solo es insostenible sino que convierte al municipio en un rehén fiscal de las decisiones del Ministerio de Hacienda, como se evidenció cuando la Resolución 1187 de mayo de 2025 suspendió los giros del SGP por incumplimientos en la gestión financiera.

Estructura de Gastos 2024

ConceptoPagos (Miles COP)% del TotalEjecución
Inversión (Salud + Admón. Central)$23.461.763.43884,0%97,6%
Funcionamiento$2.583.907.0009,3%84,2%
Servicio de Deuda Pública$1.771.333.0006,4%100%
Reservas Presupuestales$130.239.8420,5%

Tabla 2. Estructura de gastos 2024 – Fuente: CHIP-CUIPO, Contaduría General de la Nación

Figura 2. Distribución presupuestal 2024 vs 2025

Hallazgo Forense No. 2: Carga de deuda pública. El municipio destinó $1.771 millones al servicio de la deuda pública en 2024, con una ejecución del 100%. Esto significa que se pagó religiosamente la deuda, pero para un municipio de sexta categoría donde la inversión social es urgentísima, destinar el 6,4% del presupuesto a servicio de deuda revela que las administraciones anteriores —y posiblemente la actual— han comprometido recursos futuros sin que se evidencien los resultados de esas operaciones de crédito en la calidad de vida de los habitantes. El servicio de deuda consumió más recursos que los propios ingresos tributarios del municipio ($1.771M vs $808M), lo cual es una señal de alarma roja en cualquier análisis de sostenibilidad fiscal.


Análisis Financiero 2025

El segundo año de gobierno del alcalde Romo Pérez presentó un panorama financiero aún más preocupante. Según los datos acumulados al tercer trimestre de 2025 disponibles en el CHIP-CUIPO, los ingresos totales alcanzaron $24.545 millones de pesos, una cifra que, proyectada al cierre del año, sugiere una contracción presupuestal respecto a 2024. Pero lo más grave no es la cifra absoluta sino la composición: la dependencia de transferencias nacionales se agravó, pasando del 85,3% al 87,5%, mientras que los ingresos tributarios propios cayeron del 2,7% al 1,9% del total. En términos absolutos, los ingresos tributarios pasaron de $808 millones a apenas $460 millones, una caída del 43%. Es decir, el municipio recauda menos, depende más y su capacidad de gestión se reduce progresivamente.

Estructura de Ingresos 2025 (Acumulado Q3)

Fuente de IngresoValor (Miles COP)% del TotalVariación vs 2024
SGP – Propósito General$9.536.888.92238,8%-10,7%
SGP – Salud (Régimen Subsidiado)$5.478.496.08022,3%+4,7%
Recursos SGSSS/ADRES$4.680.346.88319,1%-26,6%
SGP – Agua Potable$2.130.941.1188,7%-13,6%
Otros No Tributarios$1.345.403.8515,5%
SGP – Educación$770.625.0613,1%+3,0%
Ingresos Tributarios (Propios)$459.976.1291,9%-43,1%
Recursos de Capital$142.944.6420,6%-85,8%
TOTAL INGRESOS 2025 (Q3)$24.544.622.686100%-17,1%

Tabla 3. Estructura de ingresos 2025 (acumulado Q3) y variación interanual – Fuente: CHIP-CUIPO

Figura 3. Dependencia de transferencias nacionales 2024 vs 2025

Hallazgo Forense No. 3: Caída de ingresos propios. Los ingresos tributarios propios cayeron un 43,1% entre 2024 y 2025 (de $808M a $460M), mientras que los recursos de capital se desplomaron un 85,8% (de $1.006M a $143M). Esto no obedece a una coyuntura económica exógena sino a la falta de una política tributaria agresiva y a la ausencia de gestiones para aumentar la base gravable. En un municipio donde el predial y el ICA son las principales fuentes tributarias, la administración no implementó campañas de fiscalización, actualización catastral ni mecanismos de recaudo eficientes. La consecuencia es clara: Alto del Rosario depende aún más del gobierno central y tiene menos margen para invertir en lo que realmente necesita su gente.

Suspensión de Giros del SGP

El evento más crítico de 2025 fue la suspensión de los giros del Sistema General de Participaciones ordenada por el Ministerio de Hacienda mediante la Resolución 1187 del 23 de mayo de 2025. Esta medida, que se aplica únicamente a municipios que incumplen los requisitos de gestión financiera y transparencia, paralizó los recursos principales del municipio durante meses, afectando directamente la prestación de servicios esenciales a una población que ya vive en condiciones de pobreza extrema. La suspensión fue levantada recién el 23 de diciembre de 2025 mediante la Resolución 3377, tras aparentes acciones de cumplimiento por parte de la administración. Este episodio constituye una mancha indeleble en la gestión del alcalde Romo Pérez: un municipio de sexta categoría, que depende en más del 85% de las transferencias nacionales, no puede permitirse el lujo de que le suspendan los giros por incapacidad de gestión. Es como si a un paciente en cuidados intensivos le cortaran el oxígeno por negligencia médica.

Figura 4. Ejecución de gastos comparativa 2024 vs 2025


4. Sistema General de Regalías: Ingresos y Ejecución

Las regalías constituyen una fuente complementaria pero estratégicamente vital de recursos para Alto del Rosario, un municipio que, aunque no pertenece a la estricta subregión PDET de Sur de Bolívar (que incluye solo 7 municipios: Arenal, Cantagallo, Morales, San Pablo, Santa Rosa del Sur, Simití y Yondó), sí aparece catalogado como municipio PDET en los mapas oficiales del gobierno (Colombia en Mapas) y en publicaciones del Centro de Memoria Histórica, lo que le permite acceder a recursos de OCAD Paz y a asignaciones prioritarias del Sistema General de Regalías.

ConceptoBienio 2023-2024Bienio 2025-2026
Asignaciones Directas (20% SGR)$4.954.255.316$32.687.719
Asignaciones Anticipadas (5%)$9.469.385$9.105.578
Proyecto Acueducto (OCAD Paz + SGR)~$24.394 millonesEn ejecución (57%)
OCAD Paz (Construcción)$710.000.000
Foncolombia (Acueducto Rural)Resolución abierta Ene 2026
CONPES 3885 (Fondo Adaptación)$5.619.578.442

Tabla 4. Regalías SGR – Asignaciones y proyectos – Fuente: DNP, SGR, Gobernación de Bolívar, Foncolombia

Hallazgo Forense No. 4: Caída dramática de asignaciones directas. Las asignaciones directas del SGR para Alto del Rosario cayeron de $4.954 millones en el bienio 2023-2024 a apenas $33 millones en el bienio 2025-2026, una reducción del 99,3%. Si bien esta caída puede explicarse parcialmente por la metodología de cálculo bienal y las fluctuaciones en los recaudos nacionales por precios de commodities, la magnitud de la caída es preocupante y obliga a preguntarse si la administración municipal realizó las gestiones necesarias ante los OCAD correspondientes para acceder a los recursos de la bolsa disponible y de los proyectos de competitividad e inversión social que compensen esta reducción. La respuesta, según la evidencia, es negativa.

El proyecto insignia de las regalías en Alto del Rosario es la construcción del nuevo acueducto de la cabecera municipal, financiado con recursos del OCAD Paz y del SGR por un valor total aproximado de $24.394 millones. Sin embargo, este proyecto, que debería haber sido la bandera de la gestión del alcalde Romo Pérez, presenta un avance de solo el 57% a marzo de 2026, con retrasos significativos que obligaron a la Gobernación de Bolívar a intervenir directamente para «destrabar» la obra. Es paradójico que el proyecto más importante del municipio no sea liderado por la alcaldía sino rescatado por la gobernación, lo cual revela una incapacidad de gestión que va más allá de la falta de voluntad: es una omisión institucional.


Contratación Pública: SECOP I y SECOP II

La contratación pública es, tradicionalmente, el mayor riesgo de corrupción en los municipios colombianos de sexta categoría, donde la falta de capacidad técnica, la ausencia de programas anticorrupción y la concentración de poder decisorio en el alcalde y sus secretarios crean un caldo de cultivo para la malversación de recursos. En el caso de Alto del Rosario, la investigación de SECOP I y SECOP II, cruzada con los datos de la Procuraduría General de la Nación y el portal Corrupción al Día, revela un panorama escalofriante.

Contrato / ProyectoValor (COP)ModalidadEstado
Convenio Interadmin. EMPSAR SAS (FRSI-001)$504.000.000ConvenioEN INVESTIGACIÓN
Construcción Acueducto Municipal$8.200.000.000Obra Pública57% ejecutado
Invihami (31 proyectos vivienda)~$2.000.000.000Cogestión51,6% irregularidades
Infraestructura comunitaria$1.172.558.892Obra PúblicaEn ejecución
Fundación FUNDESCUL JH$36.400.000Prest. ServiciosDenunciado
Primer contrato 2024$456.999.994DirectaEjecutado
Estudios y diseños Acueducto$24.500.000ConsultoríaCompletado
Interventoría Sede AdministrativaNo especificadoMínima cuantíaEn curso

Tabla 5. Principales contratos identificados 2024-2025 – Fuentes: SECOP I, SECOP II, Procuraduría, colombialicita.com

Figura 5. Distribución de contratación pública identificada

Hallazgo Forense No. 5: Convenio fantasma con EMPSAR SAS. El hallazgo más grave de toda la investigación es el Convenio Interadministrativo No. FRSI-001 por $504 millones de pesos con EMPSAR S.A.S. E.S.P., la empresa de servicios públicos del municipio. Este convenio, celebrado en la vigencia fiscal 2025, tiene un objeto desconocido: la propia EMPSAR SAS negó haber suscrito cualquier acuerdo o haber recibido suma de dinero alguna. En un comunicado oficial, la empresa declaró: «No se suscribió acuerdo alguno, ni se recibió suma de dinero por dicho concepto, como tampoco se ejecutaron obras o actividades asociadas». Es decir, existen $504 millones de pesos que figuran comprometidos en un convenio con una empresa que niega haber suscrito dicho convenio o haber recibido los recursos. Esta situación constituye, prima facie, indicios de falsedad en documento público y disposición indebida de recursos del erario, y fue precisamente este convenio el que motivó la suspensión provisional del alcalde Romo Pérez y del Secretario de Hacienda Lenin Alfonso Mendoza Alandete por parte de la Procuraduría Provincial de Instrucción de El Banco, Magdalena, el 9 de abril de 2026.

Hallazgo Forense No. 6: Tasa de irregularidad del 51,6% en Invihami. Del programa Invihami, que debía ejecutar 31 proyectos para construir 941 obras beneficiando a 939 familias, se detectaron irregularidades en 16 de los 31 proyectos, es decir, más de la mitad de los contratos presentan anomalías. Esta tasa de irregularidad es inaceptable en cualquier contexto, pero lo es especialmente en un municipio donde las necesidades de vivienda son dramáticas y donde las 185 viviendas aprobadas por el Fondo de Adaptación para familias afectadas por la ola invernal de 2011 todavía no se han entregado en su totalidad, más de una década después.


Suspensión del Alcalde y Crisis Institucional

El 9 de abril de 2026, la Procuraduría Provincial de Instrucción de El Banco, Magdalena, ordenó la apertura de investigación disciplinaria y la suspensión provisional por tres meses sin remuneración contra el alcalde Juan Carlos Romo Pérez y el Secretario de Hacienda Lenin Alfonso Mendoza Alandete, en el marco de los expedientes IUS-E-2025-623717 e IUC-D-2025-4210396. El 5 de junio de 2026, la Procuraduría amplió la investigación y suspendió también al Secretario de Planeación, Alex Miguel Hernández. Tres altos funcionarios de la administración municipal suspendidos en menos de dos meses es un indicador inequívoco de crisis institucional profunda.

La Procuraduría fundamenta la suspensión provisional en la necesidad de garantizar la transparencia del proceso y evitar la interferencia con la recolección de pruebas. Los cargos investigados incluyen posibles irregularidades en la gestión contractual y financiera, disposición indebida de recursos públicos y posible falsedad en documentos públicos. Ante la suspensión, el gobernador Yamil Arana Padauí designó como alcalde encargado a Jorge Alfredo Díaz Bueno, un funcionario de carrera con más de 35 años en la Gobernación de Bolívar, en un reconocimiento tácito de que la situación requería una gestión técnica y no política.

Figura 6. Cronología de hallazgos forenses 2024-2026


Cinco Problemas Prioritarios: Compromiso vs Ejecución

Para calificar la gestión del alcalde Romo Pérez, identificamos los cinco problemas que más preocupan a los habitantes de Alto del Rosario, según los datos del Plan de Desarrollo anterior (2020-2023), la encuesta de necesidades del SISBÉN IV, las mesas de participación ciudadana y las denuncias de las comunidades registradas en medios de comunicación y redes sociales. Estos cinco problemas son: 1) Falta de agua potable y acueducto, 2) Ausencia de un hospital, 3) Carencia de vías e infraestructura, 4) Déficit de vivienda y hábitat, y 5) Estancamiento del desarrollo económico. A continuación, evaluamos cada uno con indicadores de gestión analizados periodísticamente, asignando una calificación entre 0 y 10.

Figura 7. Compromiso del alcalde vs ejecución real en los cinco problemas prioritarios

1 Agua Potable y Acueducto — Calificación: 5.7/10

El acceso a agua potable es, sin duda, el problema número uno de Alto del Rosario. El municipio no cuenta con un servicio de acueducto que garantice agua potable continua y de calidad para sus habitantes. En febrero de 2024, apenas un mes después de posesionado, la administración declaró la calamidad pública mediante el Decreto No. 24-02-05-01 para la optimización del acueducto, lo cual demuestra la gravedad del problema. La construcción del nuevo acueducto, financiada con recursos del OCAD Paz y del SGR por aproximadamente $24.394 millones, presenta un avance del 57% a marzo de 2026, según la visita de supervisión del gobernador Yamil Arana. Si bien este es el proyecto de mayor envergadura en la historia del municipio y su avance es significativo, los retrasos en la ejecución y la necesidad de que la Gobernación interviniera para «destrabar» la obra revelan una gestión deficiente. El proyecto incluirá paneles solares para garantizar la operación independiente de la red eléctrica, lo cual es una innovación importante, y expandirá la cobertura de agua en un 60%. Sin embargo, los habitantes llevan dos años sin agua potable adecuada y el acueducto, según las proyecciones, no estará terminado antes de finales de 2026. Adicionalmente, el convenio EMPSAR de $504 millones, que presuntamente estaba destinado a servicios públicos, resulta ser un agujero negro sin ejecución verificable. La calificación refleja que, aunque hay avance tangible en el acueducto principal, la gestión ha sido lenta, dependiente de la Gobernación y empañada por la sombra del convenio fantasma.

2 Salud: Sin Hospital — Calificación: 2.0/10

Alto del Rosario no tiene hospital. Solo cuenta con un centro de salud que estuvo catalogado como «alto riesgo» durante 14 años consecutivos y que apenas fue reclasificado en la administración anterior de Jacinto Rodríguez Ardila. La situación es dramática: los pacientes con emergencias deben ser trasladados por río hasta Barranco de Loba o El Banco, Magdalena, en viajes que pueden durar horas y que, en la práctica, significan que muchas personas mueren antes de llegar a atención médica especializada. En sus dos años de gobierno, el alcalde Romo Pérez no ha logrado ni siquiera la legalización del terreno para la construcción del hospital, un paso previo indispensable que no requiere grandes recursos sino voluntad política y gestión burocrática. Los recursos del SGP-Salud ($5.234 millones en 2024 y $5.478 millones en 2025) se han destinado principalmente al régimen subsidiado, es decir, a pagar las EPS, pero no a la infraestructura de salud. No se ha presentado ningún proyecto ante el OCAD Paz o el SGR para financiar la construcción del hospital. Esta omisión es particularmente grave en un municipio PDET que tendría prioridad para acceder a estos recursos. La calificación es baja porque no hay avance medible ni siquiera en los pasos preliminares para solucionar el problema más urgente después del agua.

3 Vías e Infraestructura — Calificación: 3.0/10

Alto del Rosario es un municipio fluvial, ubicado sobre la margen izquierda del río Magdalena, sin conexión vial adecuada con la capital departamental ni con los municipios vecinos. Sus vías urbanas son precarias y las rurales, inexistentes. El alcalde anterior ya había denunciado esta situación: «Con vías, nuestros agricultores podrían evitar los intermediarios, porque al final son ellos quienes se llevan las ganancias, pero el Estado sigue sin llevar a cabo intervenciones para este rincón del país». En dos años de gestión, Romo Pérez no ha logrado la pavimentación de una sola calle importante de la cabecera municipal, aunque la Gobernación ha incluido al municipio en su plan de inversión en infraestructura vial. Los $1.173 millones anunciados en infraestructura comunitaria a través de redes sociales son insuficientes frente a las necesidades del municipio y no representan una solución estructural al problema de la conectividad vial. La situación se agrava con las inundaciones recurrentes, para las cuales se construye un muro de contención financiado por el OCAD, pero que no aborda la causa de fondo: la falta de un sistema de drenaje pluvial y de infraestructura vial resistente a las crecientes del río.

4 Vivienda y Hábitat — Calificación: 4.0/10

El déficit de vivienda en Alto del Rosario es crítico. El programa Invihami, que debía ejecutar 31 proyectos para construir 941 obras beneficiando a 939 familias, presenta irregularidades en 16 de los 31 proyectos (51,6%). Esta tasa de irregularidad es inaceptable y sugiere que los recursos destinados a la vivienda no están llegando a quienes los necesitan, sino que están siendo desviados o mal ejecutados. Adicionalmente, las 185 viviendas del Fondo de Adaptación para familias afectadas por la ola invernal de 2011 todavía no se han entregado en su totalidad, más de una década después del desastre. La administración ha anunciado la adición de 10 viviendas más al programa, pero el ritmo de ejecución es lento y la transparencia es nula. No existe información pública sobre el estado de cada proyecto, los beneficiarios o los cronogramas de entrega. La calificación refleja que hay algún avance en los programas de vivienda, pero la alta tasa de irregularidades y la opacidad en la gestión restan cualquier mérito significativo.

5 Desarrollo Económico — Calificación: 1.5/10

Con una informalidad laboral superior al 94% y una economía basada exclusivamente en la agricultura de subsistencia (maíz, yuca, plátano), Alto del Rosario necesita urgentemente políticas de desarrollo económico que generen empleo formal, cadenas de valor y acceso a mercados. En dos años de gestión, el alcalde Romo Pérez no ha implementado ninguna política pública de desarrollo económico visible. No hay programas de fortalecimiento agrícola, no se han gestionado recursos del SGR para proyectos productivos, no se ha aprovechado la condición de ZOMAC para atraer inversiones mediante Obras por Impuestos, y no se ha articulado con los programas de la Gobernación como Guardianes de Bolívar para promover emprendimientos locales. Los ingresos tributarios propios cayeron un 43% entre 2024 y 2025, lo que demuestra no solo la falta de crecimiento económico sino una contracción de la actividad económica registrada. La calificación es extremadamente baja porque no hay evidencia de que la administración haya priorizado el desarrollo económico como línea estratégica de su gestión, a pesar de ser este un factor determinante para que el municipio deje de depender del 100% del gobierno central.


Cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)

El análisis del cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en Alto del Rosario durante la gestión 2024-2025 revela un panorama de omisión sistemática. No existe un informe de autoevaluación ODS publicado por la alcaldía, ni una articulación documentada entre el Plan de Desarrollo (que, recordemos, no está publicado) y la Agenda 2030. A continuación, evaluamos los ODS más relevantes para este municipio:

ODSMetaEstado en Alto del RosarioAvance
ODS 1 – Fin de la PobrezaReducir pobreza multidimensionalIPM Bolívar 17% (vs 9,9% nacional); NBI rural ~88,5%Sin avance
ODS 2 – Hambre CeroSeguridad alimentariaAgricultura de subsistencia; sin programas de seguridad alimentariaSin avance
ODS 3 – Salud y BienestarCobertura universal de saludSin hospital; centro de salud ex alto riesgoMínimo
ODS 6 – Agua LimpiaAcceso universal al aguaAcueducto en construcción (57%); sin agua potable continuaParcial
ODS 8 – Trabajo DecenteEmpleo formalInformalidad >94%; ingresos propios cayeron 43%Sin avance
ODS 11 – Ciudades SosteniblesVivienda y movilidadSin vías; déficit habitacional; inundacionesMínimo
ODS 16 – Paz y JusticiaInstituciones eficientesAlcalde y 2 secretarios suspendidos; sin programa anticorrupciónRetroceso

Tabla 6. Evaluación ODS en la gestión 2024-2025 de Alto del Rosario


Análisis Jurídico: Prevaricato por Omisión

El Código Penal colombiano, en su Artículo 414, tipifica el delito de prevaricato por omisión de la siguiente manera: «El servidor público que omita, retarde o rehuse efectuar un acto propio de sus funciones, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a ciento ocho (108) meses, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo término». Este tipo penal se configura cuando el funcionario, teniendo el deber legal de actuar, decide no hacerlo, causando un daño o poniendo en peligro bienes jurídicos tutelados. En el caso de la gestión del alcalde Juan Carlos Romo Pérez, existen al menos cinco conductas omisivas que, analizadas de manera conjunta, permiten afirmar que nos encontramos ante un patrón de prevaricato por omisión sistemático y generalizado.

Primera conducta omisiva: No publicar el Plan de Desarrollo 2024-2027. La Ley 152 de 1994 (Ley Orgánica del Plan de Desarrollo) establece que todo alcalde debe adoptar su Plan de Desarrollo Municipal dentro de los primeros cuatro meses de su mandato, mediante acuerdo del Concejo Municipal. El alcalde Romo Pérez asumió el cargo el 1 de enero de 2024, y a la fecha de este análisis (junio de 2026), más de dos años después, el Plan de Desarrollo no ha sido publicado en la página web municipal. Esta omisión no es un simple formalismo burocrático: el Plan de Desarrollo es el instrumento rector de la gestión municipal, el que define las prioridades, las metas, los recursos y los indicadores con los que la ciudadanía puede ejercer control social. Sin Plan publicado, no hay rendición de cuentas posible, no hay participación ciudadana efectiva y no hay transparencia.

Segunda conducta omisiva: No implementar un programa anticorrupción. La Ley 190 de 1955 (Estatuto Anticorrupción) y la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Nacional Anticorrupción) obligan a todas las entidades públicas a implementar mecanismos de prevención de la corrupción, incluyendo programas anuales de integridad, mapas de riesgo de corrupción y comités de ética. Según Corrupción al Día, en Alto del Rosario «nunca se han implementado programas anticorrupción en sus gobiernos», lo que convierte a este municipio en un espacio sin controles, donde la contratación pública es «blanco de serios reparos». Esta omisión no es inocente: la ausencia de controles facilita la malversación de recursos y permite que convenios como el FRSI-001 con EMPSAR SAS ocurran sin supervisión alguna. La estimación de Corrupción al Día es que, sin programas anticorrupción, los presupuestos territoriales son «desangrados por actores corruptos en exceso del 19%», lo que para Alto del Rosario representaría aproximadamente $5.364 millones anuales perdidos en corrupción.

Tercera conducta omisiva: No publicar información en la web municipal. La Ley 1712 de 2014 (Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública) obliga a todas las entidades públicas a publicar información de forma proactiva, incluyendo presupuestos, contratos, planes de acción, rendiciones de cuentas y datos abiertos. La página web del municipio (altosdelrosario-bolivar.gov.co) no publica el Plan de Desarrollo, ni los planes de acción, ni las rendiciones de cuentas de la administración actual, ni la ejecución presupuestal, ni la información contractual detallada. Ni siquiera el Concejo Municipal mantiene al día su sección de la web. Esta omisión constituye una violación flagrante de la ley y un atentado contra el derecho de los ciudadanos a vigilar la gestión pública.

Cuarta conducta omisiva: No gestionar los recursos de salud para la construcción del hospital. Como se analizó en la sección 7.2, el municipio no tiene hospital y la administración no ha realizado las gestiones mínimas necesarias —legalización del terreno, formulación del proyecto, gestión ante el OCAD Paz— para acceder a los recursos disponibles para su construcción. Esta omisión es particularmente grave porque los recursos existen (a través del SGR, el OCAD Paz, el Fondo de Adaptación y los programas PDET), pero la voluntad de gestión no. En un municipio donde la atención en salud es literalmente cuestión de vida o muerte, no gestionar un hospital es una omisión que tiene consecuencias mortales.

Quinta conducta omisiva: No fiscalizar el convenio EMPSAR SAS ni prevenir la irregularidad contractual. La suspensión del alcalde, del Secretario de Hacienda y del Secretario de Planeación sugiere que la administración no solo omitió los controles necesarios sobre el convenio FRSI-001, sino que participó activamente en su configuración irregular. Sin embargo, incluso si se acepta la presunción de inocencia, la omisión de supervisar adecuadamente un convenio de $504 millones en un municipio de sexta categoría constituye, en sí misma, una conducta omisiva gravísima. El deber de supervisión y control es inherente a la función administrativa y su omisión genera responsabilidad penal, disciplinaria y fiscal.

En conjunto, estas cinco conductas omisivas configuran un patrón sistemático de inacción que favorece la opacidad, facilita la corrupción y vulnera los derechos fundamentales de los habitantes de Alto del Rosario. El prevaricato por omisión no requiere demostrar un ánimo de lucro o una intención dolosa específica: basta con la omisión injustificada de un deber legal que causa daño o pone en peligro bienes jurídicos protegidos. En este caso, el daño es evidente: miles de ciudadanos sin agua potable, sin hospital, sin vías, sin vivienda digna y sin desarrollo económico, mientras los recursos públicos son administrados sin transparencia y, en al menos un caso documentado, sin que el supuesto contratista reconozca haber recibido los dineros.


Calificación Forense Consolidada

Figura 8. Calificación forense por problema prioritario

Problema PrioritarioCompromisoEjecuciónCalificaciónAdjetivo
1. Agua Potable y Acueducto8/105,7/105,7Regular
2. Salud (Sin Hospital)6/102,0/102,0Mediocre
3. Vías e Infraestructura5/103,0/103,0Mediocre
4. Vivienda y Hábitat5/104,0/104,0Regular
5. Desarrollo Económico3/101,5/101,5Mediocre
PROMEDIO PONDERADO3,2/10MEDIOCRE

Tabla 7. Calificación forense consolidada de la gestión 2024-2025

Figura 9. Calificación forense consolidada – Gestión 2024-2025

Escala de calificación: 0 a 2,9 = Pésimo | 3,0 a 3,9 = Mediocre | 4,0 a 5,9 = Regular | 6,0 a 7,9 = Bueno | 8,0 a 10 = Excelente


Metodología y Fuentes

Este análisis forense sigue la metodología estandarizada de Corrupción al Día para la calificación de gestiones municipales en Colombia, aplicada en los análisis de los municipios de El Piñón (Magdalena), Abejorral (Antioquia) y Andes (Antioquia), entre otros. La metodología cruza cinco fuentes independientes de información para garantizar la verificabilidad y replicabilidad de los hallazgos:

FuenteDatos ObtenidosURL / Referencia
1. CHIP-CUIPO (Contaduría General)Ejecución presupuestal (ingresos y gastos), reservas, cuentas por pagarchip.gov.co / datos.gov.co
2. SECOP I y SECOP IIContratación pública, modalidades, contratistas, valorescolombiacompra.gov.co / secop2.gov.co
3. SGR / DNP / FoncolombiaRegalías, proyectos OCAD, asignaciones directas, anticiposdnp.gov.co / SGR portal
4. Procuraduría General de la NaciónSuspensiones, investigaciones disciplinarias, expedientesprocuraduria.gov.co / Caracol Radio / El Universal
5. Prensa y periodismo investigativoContexto social, denuncias, protestas, Contraloríacorrupcionaldia.com / El Universal / Revista El Congreso

Tabla 8. Fuentes independientes cruzadas para el análisis forense

La calificación se realizó utilizando la siguiente escala, consistente con la metodología de Corrupción al Día: 0 a 2,9 puntos = Pésimo; 3,0 a 3,9 puntos = Mediocre; 4,0 a 5,9 puntos = Regular; 6,0 a 7,9 puntos = Bueno; 8,0 a 10 puntos = Excelente. Cada problema prioritario se califica de manera independiente considerando tres factores: el compromiso del alcalde (promesas de campaña y Plan de Desarrollo), la ejecución real (obras, proyectos, inversiones verificables) y el impacto social (mejora efectiva en la calidad de vida de los habitantes). La calificación final es el promedio ponderado de las cinco calificaciones individuales.


Conclusión

La gestión del alcalde Juan Carlos Romo Pérez en sus dos primeros años de gobierno (2024-2025) en Alto del Rosario, Bolívar, obtiene una calificación forense consolidada de 3,2 sobre 10, clasificada como MEDIOCRE. Esta calificación no es arbitraria ni ideológica: está sustentada en datos verificables de fuentes oficiales que demuestran un patrón de omisión institucional, opacidad presupuestal, contratación irregular y dependencia creciente del gobierno central. De los cinco problemas prioritarios identificados, tres obtuvieron calificación mediocre (Salud 2,0; Vías 3,0; Desarrollo Económico 1,5) y dos regular (Agua 5,7; Vivienda 4,0). Ninguno alcanza el umbral de «bueno».

Los hallazgos forenses más graves incluyen: un convenio de $504 millones con una empresa que niega haberlo suscrito (EMPSAR SAS), la suspensión del alcalde y dos secretarios por la Procuraduría, la suspensión de giros del SGP por el Ministerio de Hacienda, la caída del 43% en ingresos tributarios propios, la tasa de irregularidad del 51,6% en el programa de vivienda Invihami, la no publicación del Plan de Desarrollo 2024-2027, la ausencia permanente de un programa anticorrupción y el estancamiento de la gestión del hospital que el municipio necesita con urgencia vital. Estos hallazgos, considerados en conjunto, configuran indicios de prevaricato por omisión sistemático, tipificado en el Artículo 414 del Código Penal colombiano, y de otras posibles conductas punibles que la Procuraduría y la Fiscalía están llamadas a investigar con rigor y celeridad.

El pueblo de Alto del Rosario merece algo mejor que un alcalde que se autoproclama «de la gente» pero cuya gestión deja a la gente sin agua, sin hospital, sin vías, sin vivienda y sin oportunidades económicas. Los números no mienten: $5.364 millones estimados perdidos anualmente en corrupción, un convenio fantasma de $504 millones, tres funcionarios suspendidos y una calificación de 3,2/10 son la radiografía de una gestión mediocre que, en un municipio de pobreza extrema como Alto del Rosario, roza lo delictivo. La justicia colombiana tendrá la última palabra, pero la ciudadanía ya tiene los datos para exigir respuestas.

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