Por HERNANDO ESCOBAR MEDINA
En Colombia cada vez resulta más frecuente escuchar a ciudadanos reclamar de todo y por todo, la actuación de la Policía Nacional, noble institución a cargo de la seguridad pública de nuestra República.
Y tal vez tengan razón en hacerlo, dado que las personas, cuando se encuentran en situación extrema, de riesgo o calamidad, claman a gritos por la presencia de la Policía Nacional para que les auxilie, socorra o proteja.
De conformidad con lo preceptuado en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Artículo 20), la ACTIVIDAD DE POLICIA “es el ejercicio de materialización de los medios y medidas correctivas, de acuerdo con las atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias conferidas a los uniformados de la Policía Nacional, para concretar y hacer cumplir las decisiones dictadas en ejercicio del poder y la función de policía, a las cuales está subordinada. La actividad de policía es una labor estrictamente material y no jurídica, y su finalidad es la de preservar la convivencia y restablecer todos los comportamientos que la alteren”.
En Ciénaga (Magdalena), por cuenta de la inoperancia del mandatario municipal, Luis Alberto Tete Samper, la Policía Metropolitana se haya gravemente afectada y maniatada para desarrollar esa Actividad de Policía con la que, el coronel Oscar Fabián Solarte Castillo, su Comandante, los Oficiales, Suboficiales y Personal del Nivel Ejecutivo, pretenden resguardar la convivencia pacífica entre los cienagueros y perseguir todos los comportamientos que intenten alterarla.
Las unidades de la Policía Metropolitana acantonadas en Ciénaga, en ejercicio de sus funciones y en cumplimiento de su misión, no pueden imponer comparendos a los infractores del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y, específicamente, del Decreto 457, de 22 de marzo de 2020, “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la Pandemia del CORONAVIRUS COVID-19 y el mantenimiento del orden público”, en virtud de que su abúlico alcalde, Tete Samper, tres meses después de haberse posesionado, aún no hace entrega a la Institución Policial de los FORMATOS DE ORDEN DE COMPARENDO O MEDIDA CORRECTIVA Y ANEXO 1 (Comparenderas), siendo que esa es su imperativa e inexcusable obligación legal, tal como taxativamente lo impone el artículo 4 de la Resolución No. 00012, de enero 2 de 2020, expedida por la Dirección General de la Policía Nacional.
Por cuenta de la grave omisión del alcalde Tete Samper, con connotación delictiva por incurrir en la comisión de la conducta punible tipificada como Prevaricato Por Omisión y disciplinaria por cometer Grave Falta, en Ciénaga los infractores del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y de la norma que dispuso el confinamiento obligatorio de los ciudadanos, en todo el territorio nacional, como una medida para atender la Pandemia del Coronavirus y mantener el orden público, se burlan de las Unidades de la Policía Metropolitana, quienes se encuentran incapacitados para imponer los comparendos a tales infractores.
P.D.: ¿Qué dirán los cienagueros cuando conozcan cómo, en el primer gobierno de Luis Alberto Tete Samper, se giraron multimillonarios recursos por concepto de combustibles y lubricantes y servicios de alimentación y hospedaje que nunca recibió la Policía Metropolitana? Son más de mil doscientos millones de pesos ($1.200´000.000,00) del tesoro municipal de Ciénaga los que fueron apropiados por manos criminales. Esperen los resultados de esas investigaciones.